La Cámara Primera de lo Penal resolvió que el expresidente Alfredo Cristiani no fue juzgado en España por la masacre de la UCA, por lo que rechazó el argumento de la defensa sobre un supuesto doble juzgamiento y confirmó que el proceso penal en El Salvador debe continuar.
Zarko Pinkas | Más de tres décadas después de la masacre en la UCA, el tiempo judicial vuelve a moverse. No con prisa, sino con esa lentitud densa con la que avanzan los casos que nunca terminan de irse.
La Policía Nacional Civil informó sobre la captura de José Ricardo Romero Chávez, de 37 años, y Cecilia Elizabeth Palacios, de la misma edad, acusados de quitarle la vida a una persona por motivos pasionales.
La jueza en su resolución señala que “en el mensaje presuntamente difundido por Jeanette Aguilar Villamariona no se observa ninguna frase difamatoria”.
El Constitucional, que también dio 10 días a la Sala de lo Penal para que "modifique" una resolución de 2020 en la que cerraba el caso, señala que se "violó el derecho de acceso a la justicia de las víctimas".
El mensaje en Twitter que la diputada establecía como prueba no contenía ninguna frase difamatoria que atentara contra su persona, según la resolución.
La resolución ordena además al juez especializado, realizar una nueva audiencia para que se pronuncie sobre las medidas que se tomarán respecto a los bienes.
Según la FGR, el departamento que más homicidios contra agentes de seguridad reportó en esos 9 años es San Salvador con 74, seguido de La Libertad con 42 y de San Miguel con 31.
Ministro de Seguridad dice que todos los medios de comunicación tergiversaron sus palabras, respecto a la postura de "una relación directa entre jóvenes-droga-pandilla".
Las autoridades disciplinarias acordaron destituirlos porque en una marcha organizada en 2017 “se violentó la tranquilidad de la población y se obstaculizó el tráfico”.
La Fiscalía realizó la apertura del proceso donde se les acusa por el delito de robo agravado en perjuicio de tres víctimas con régimen de protección "Ángel", "1234" y "Reloj" quienes viajaban en los microbuses de las rutas 45AB Y 109.
Las mujeres fueron identificadas únicamente como Karen, Kathy y Evelyn, quienes fueron liberadas, mediante la "conmutación de pena y libertad ordinaria".
El ministerio público acusa a Josué Alvarado como reo ausente y solicita que en la audiencia inicial se le decrete detención provisional y se emita orden de captura.