domingo, 12 mayo 2024

LPG: 53.9% de salvadoreños votarían a Nuevas Ideas

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80.8% de la población tiene preferencias por Nayib Bukele. Nuevas Ideas es el favorito para las Elecciones Legislativas (48.7%) y para las Municipales (41.9%).

Por Alessia Genoves


53.9% de los salvadoreños votarían por Nuevas. Ésta proporción responde a las preferencias por una figura presidencial, de acuerdo con un resultado de estudio de opinión pública elaborado por el equipo de investigación LPGDatos, de La Prensa Gráfica. Los resultados han sido divulgados en el artículo “Nuevas Ideas amplía su favoritismo electoral”, por el periodista Edwin Segura, también hacen notar que el presidente salvadoreño, Nayib Bukele es la figura política con mayor aceptación popular, así consignado por la población, en un saldo del 80.8%.

74.7% de la población salvadoreña, en el mismo sondeo, afirma que “siga gobernando el mismo partido”; en éste caso, obedece al contexto del gobierno actual, de cara a las Elecciones Presidenciales del año 2024. Y, al mismo tiempo, la población -respaldada en el estudio- asevera tener una simpatía del 65.5%; un resultado sostenido desde noviembre de 2022, fecha en la que se divulgaría una anterior encuesta, bajo el mismo criterio. Por otra parte, LPG Datos hace notar que Arena ha perdido un caudal de representación, aún siendo la segunda opción partidaria, ya que en el mismo intervalo de tiempo bajó del 2.6% al 1.5%.

Fuente: La Prensa Gráfica. https://www.laprensagrafica.com/lpgdatos/Nuevas-Ideas-amplia-su-favoritismo-electoral-20230312-0078.html?utm_source=cmsmedios&utm_medium=newsletter&utm_campaign=5am. La imágen ha sido publicada con fines expositivos y no comerciales.

Bukele, el favorito

Nayib Bukele reafirma su favoritismo. El 85.5% de una población representativa de 1,500 personas han rendido opiniones favorables a su figura; mientras que un 4.7% de ellas reservan opiniones malas o muy malas. El saldo, como se ha informado, da un valor del 80.8% de la evaluación popular. Por otra parte, resultados como los de LPG Datos han sido recurrentes en diferentes estudios de opinión; el último de ellos lo consignó la empresa Cid Gallup, en la que, de unas 1,200 personas, un 90% expresó su afinidad por el mandatario, siendo el primero de entre los 13 presidentes evaluados por su desempeño.

Fuente: La Prensa Gráfica. https://www.laprensagrafica.com/lpgdatos/Nuevas-Ideas-amplia-su-favoritismo-electoral-20230312-0078.html?utm_source=cmsmedios&utm_medium=newsletter&utm_campaign=5am. La imágen ha sido publicada con fines expositivos y no comerciales.

92% de salvadoreños rindieron una opinión favorable en el estudio de opinión de Gallup, publicado el pasado 28 de febrero. El registro, que buscaba responder a la premisa de las “personalidades públicas con mayor opinión favorables” definió, nuevamente, a Bukele como el presidente más popular. Los 13 mandatarios fueron evaluados con una muestra representativa de igual proporción, representados por 1,200 conciudadanos.

Cid Gallup, en otras encuestas, también ha rendido resultados de percepción pública favorables, en anteriores ocasiones. De hecho, hasta el mes de septiembre del año 2022, dio a conocer que un 95% del los salvadoreños estarían a favor de las políticas de seguridad pública que desarrolla; de toda su administración, que fue aprobada por el 84% de aprobación popular.

También es, Nayib Bukele, definido como el presidente con mayor aprobación popular, desde las últimas 4 décadas que el país ha tenido representación presidencial. La agencia también desarrolló un análisis comparativo de la historia presidencial, que divulgó el pasado 20 de octubre del año 2022. El estudio concluyó que Bukele obtendría un índice del 80% de la aprobación popular; el cuádruple del 20% que consiguió el ex-presidente Mauricio Funes Cartagena (2009-2014).

Nuevas Ideas, el favorito

Nuevas Ideas es el partido político con mayor afinidad nacional. Un 74%, de entre los 1,500 salvadoreños encuestados, declara su preferencia a la premisa de que “siga gobernando el mismo partido”, en respuesta a una de las interrogantes que reza: “qué le conviene más al país”. De acuerdo al registro histórico divulgado por LPG, hace notar que ésta preferencia ha evolucionado de forma creciente; pues en la encuesta anterior, la posición la compartía el 70.2%.

53.9% de la población, por su parte, considera que Nuevas Ideas es su opción partidaria. Ésta respuesta se dio bajo la premisa de que la elecciones se celebraran “el próximo domingo”. Entretanto, la segunda fuerza partidaria, en éste ámbito electoral, es Arena, con una aprobación del 2.9%; un resultado que, sin embargo, es inferior a la preferencia del 3.7% definido en la anterior encuesta.

La Prensa Gráfica, por otra parte, ha titulado una segunda entrega al mismo estudio como “Salvadoreños creen que es más conveniente una Asamblea plural”. La premisa responde a un estudio sobre la participación de los partidos políticos, en búsqueda de un curul en la Asamblea Legislativa. En ésta entrega, las valoraciones favorables eran del 48.7%, un resultado que incrementó desde la anterior encuesta, que le consignaba un 44.3%.

Fuente: La Prensa Gráfica. https://www.laprensagrafica.com/lpgdatos/Salvadorenos-creen-que-es-mas-conveniente-una-Asamblea-plural-20230312-0079.html?utm_source=cmsmedios&utm_medium=newsletter&utm_campaign=5am . La imágen ha sido publicada con fines expositivos y no comerciales.

Sin embargo, los resultados que favorecerían a Nuevas Ideas serían controvertidos con los de un último gráfico, en el que un 47.5% de población sostuvo que “en su opinión” conviene una Asamblea Legislativa en la que haya “una representación de distintas tendencias políticas”. No obstante, el artículo no es explícito, ya que el planteamiento del instrumento de la investigación no refiere a una diversidad político-partidaria, sino que amplía en concepto a “distintas tendencias políticas”; aunque, por contexto, el estudio cita a otros entes partidarios participantes como el FMLN, Arena y Gana.

35.6% de las personas que respondieron a la misma premisa, declararon su preferencia por que en la Asamblea Legislativa haya “una sola tendencia política”, mientras que el resto de la población no respondió o declaró no saber. Ésta respuesta, al igual que la anterior, no explícita al definir el concepto de “tendencia política”, que pudiere verse manifestada en institutos político-partidarios que responden cada uno a principios y valores determinados; o a las actitudes y convicciones individuales de cada uno de los participantes de una sola agrupación partidaria.

Entretanto, un 50.5% de la población declara su afinidad porque “haya más diputados del gobierno”. En contraste por Arena votaría el 2.5%; por el FMLN, un 1.4% y por otros partidos un 2.7%, según se cita del artículo firmado por Edwin Segura. Asimismo, las preferencias por la representación por alcaldes municipales sigue siendo mayor en Nuevas Ideas, de acuerdo al 41.9% de los encuestados; mientras que por Arena votaría un 4.3%; por el Fmln, un 2.3% y por Gana un 1.9% y el resto, por otros partidos.

Controversias

A juicio de la Sala de lo Constitucional, la reelección presidencial es posible al término del primero período presidencial. Mientras que la opción está vedada a quienes aspiren a participar para “el período inmediato al anterior”, que refiere a los 5 años transcurridos de su gobierno.

Esa opinión a también la compara el Equipo de Asesorá Jurídica (EAJ) de Casa Presidencial, que hace notar cambios en la interpretación de la Constitución, desde la divulgación de la resolución 163-2013, que refiere a las prohibiciones en la reelección del ejercicio del cargo presidencial, del artículo 152 de la Constitución.

ArtículoTexto
Art. 152 ord. 1º.No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1o.- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial;
Art. 152 ord. 6º.No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 6o.- El Vicepresidente o Designado que llamado legalmente a ejercer la Presidencia en el período inmediato anterior, se negare a desempeñarla sin justa causa, entendiéndose que ésta existe cuando el Vicepresidente o Designado manifieste su intención de ser candidato a la Presidencia de la República, dentro de los seis meses anteriores al inicio del período presidencial
Art. 88.La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema político establecidos. La violación de esta norma obliga a la insurrección.
Art. 75 ord. 4ºPierden los derechos de ciudadano: 4o.- Los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del Presidente de la República, o empleen medios directos encaminados a ese fin;
Art. 131 ord. 16º.Corresponde a la Asamblea Legislativa: 16o.- Desconocer obligatoriamente al Presidente de la República o al que haga sus veces cuando terminado su período constitucional continúe en el ejercicio del cargo. En tal caso, si no hubiere persona legalmente llamada para el ejercicio de la Presidencia, designará un Presidente Provisional;
Art. 154El período presidencial será de cinco años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más.
Art. 248 inc. 3ºNo podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República

Con diferencia de la resolución 19-II-2021, ANEP cita dos resoluciones, en las que la Sala de lo Constitucional no hace posible el ejercicio de la presidencia por períodos continuos. Siendo, de tal modo, la Inconstitucionalidad 163-2013, publicada el 25 de junio de 2014; y la Inconstitucionalidad 6-2020, publicada el 23 de octubre de 2020.

Vale decir que una de ellas refieren a la postulación del expresidente por el partido FMLN, Salvador Sánchez Cerén, al ejercicio de la presidencia de la República en el año 2014; después de haber ejercido la vicepresidencia, en el año 2009, durante el período presidencial de Mauricio Funes Cartagena. También el válido comentar que ambas figuras presidenciales ahora son prófugas de la justicia, asilados en Nicaragua por señalamientos de robar al Estado montos estimados de $351 y $350 millones de dólares.

Sin embargo, hay que detallar que el artículo 152 no impide la posibilidad del ejercicio de una candidatura a la presidencia, salvo si se hiciera “sin justa causa”; o si éste “manifieste su intención de ser candidato a la Presidencia de la República, dentro de los seis meses anteriores al inicio del período presidencial”.

La Carta Magna también establece que la presidencia podrá volver a ser concursada, tanto por el presidente o vicepresidente, siempre y cuando su candidatura sea posterior a los “seis meses consecutivos”, de acuerdo con el artículo 152 y 154 de la Constitución. El vicepresidente de la República, dr. Félix Ulloa, ha reiterado ésta la discusión sobre la validez de ésta posibilidad.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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