martes, 14 mayo 2024
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Inaceptable manipulación de la Ley de Acceso

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La pandemia por COVID-19 ha puesto bajo candado el acceso a la información pública al incluir los procesos en la suspensión de plazos administrativos

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Los datos personales sensibles son protegidos por disposición de la Ley de Acceso a la Información Pública. Incluye credo, religión, origen étnico, filiación política, preferencias sexuales, estado de salud física, mental, situación moral y familiar. En esencia, es todo dato íntimo similar, o que pudiera afectar derechos como el honor, la intimidad propia, de la familia o la imagen del sujeto.

La pandemia por COVID-19 ha puesto bajo candado el acceso a la información pública al incluir los procesos en la suspensión de plazos administrativos. De modo que toda petición sobre asuntos relacionados a la gestión pública será tramitada luego de la crisis; pese a directrices emitidas por el Instituto de Acceso a la Información Pública.

No existe similar actitud en cuanto a la divulgación de datos sensibles. La administración pública ha divulgado información personal sensible al anunciar cifras de víctimas por COVID-19. Los tweets (forma unidireccional de comunicación establecida por el gobierno) del Ministerio de Salud han abundado en datos de ese tipo cuando se trata de personas vinculadas a un partido político opositor.

Antes, fueron divulgados detalles de ese tipo en víctimas no pertenecientes a partidos, que desembocaron en estigmatización hacia los familiares. O cuando fue conocido el primer caso, en marzo, hubo expresiones de odio y prácticamente linchamiento en la zona de residencia del contagiado; una carga adicional al padecimiento. 

Divulgar tal tipo de información es una falta muy grave, de acuerdo con la Ley. Hacerlo no puede ser justificado en la máxima publicidad, uno de los principios establecidos en la normativa. En particular, la divulgación de datos de archivos médicos es una invasión a la privacidad de la persona y es una distorsión inaceptable.

El efecto concreto de la divulgación de casos recientes sobre miembros de partidos políticos ha sido expresiones en redes sociales de alegría por los fallecimientos e insultos a las víctimas; una perversa extensión de las animadversiones partidarias permanentes que se respiran cada día, y que se mantendrán hasta las elecciones del 2021.

En plena emergencia sanitaria por los efectos del COVID- 19 y el paso de dos tormentas tropicales, pareciera que la atención de muchos está puesta en asuntos que fácilmente pasan al ámbito de la politiquería, donde no hay argumentos, se multiplican las desacreditaciones e incitaciones a la violencia; lo que afecta la convivencia social.

La ley de acceso es una conquista que llevó muchos años alcanzarla. Venimos de una cultura de secretismo, de años en los que la consigna era “la mejor ley es la que no existe”; de años en los que, habiendo sido aprobada, hubo intentos de reforma para reducir su alcance. 

La importancia del acceso a la información radica en que es un requisito fundamental para que funcione la democracia en el país. Si se le agrega una mayor transparencia y una buena gestión pública, el ciudadano puede ejercer sus derechos.

No crea que hacer esto solo es ir a votar cada cierto tiempo. En realidad, el ciudadano debería ser capaz de exigir a todo funcionario que cumpla su trabajo en todo momento y circunstancia. No se vale usar la ley a conveniencia, para estigmatizaciones o ataques partidarios; tampoco convertirla en letra muerta amparados en emergencia. En estos momentos es cuando aflora el talante democrático o el culto al secretismo. 

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Carlos Domínguez
Carlos Domínguez
Periodista salvadoreño; defensor de los derechos humanos. Colaborador y columnista de ContraPunto

El contenido de este artículo no refleja necesariamente la postura de ContraPunto. Es la opinión exclusiva de su autor.

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