Las empresas de transporte público salvadoreño dejarán de operar a partir de este jueves, como parte del endurecimiento de las medidas de la cuarentena domiciliar, que ha puesto en marcha el gobierno salvadoreño por la pandemia del coronavirus.
Esta es acción está contenida en el decreto ejecutivo 22 “Habilitaciones previstas en el artículo 8 de la “Ley de regulación para el aislamiento, cuarentena, observación y vigilancia”, emitido el 6 de mayo por el ministro de Salud, Francisco Alabí.
Esta orden estará vigente 17 días contados a partir del 7 de mayo, es decir, hasta el 23 de mayo.
El artículo 3 numeral 5 permite solamente la circulación del transporte privado de personal, el transporte a domicilio de alimentos y productos farmacéuticos.
El artículo detalla 23 actividades que son permitidas durante la vigencia del decreto, entre los cuales se encuentran servicios médicos y de salud, agroindustria, agricultura y sus insumos, insecticidas y pesticidas, ganadería, apicultura, pescadería, call centers en determinados tipos de atención, industria de alimentos, bebidas y su cadena de distribución –excluye las boquitas-, panaderías solo artesanales –excluye cadenas–, servicios de agua, energía, combustibles, ingeniería civil solo en mitigación de riesgos y obras autorizadas, telecomunicaciones y puntos de venta de recarga de celular, recolección de desechos, medios de comunicación y prensa, funerarias, cementerios, y servicios de apoyo a la aviación.
Lo informado por el presidente Nayib Bukele
Pese a que no habrá transporte público ni se permitirá la circulación de taxis ni de UBER, "todas las personas con enfermedades crónicas, cáncer, insuficiencia renal, diabetes, terapias, etc., también tendrán trasporte gratuito, de su casa al hospital y de regreso. Solo deben llamar al 132, cuando les toque su cita (no importa si es con @SaludSV o con el @isss_gob_sv)", detalló Bukele en su cuenta de Twitter.