viernes, 3 mayo 2024
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Las órdenes al Ejército y el acceso a la información

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La emboscada contra los periodistas holandeses fue precedida por un interrogatorio en la entonces Guardia Nacional. Su ejecución constituyó una violación a los derechos humanos, leyes y costumbres de guerra, aunque predominó la convicción de que su trabajo era para favorecer a la entonces insurgencia

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El Ministerio de Defensa debe brindar información sobre sucesos ocurridos durante los años previos al conflicto armado que concluyó en 1992.

El caso más reciente es la orden del Instituto de Acceso a la Información Pública para que brinde toda la documentación sobre actos cometidos entre 1970 y 1995 por el ejército y los desmantelados cuerpos de seguridad contra la Universidad de El Salvador.

La resolución enumera once casos, que incluyen entre otros, las intervenciones militares del campus en 1972, 1980 y 1989, el asesinato del rector Félix Ulloa y su acompañante en 1980, y el operativo contra una manifestación el 30 de julio de 1975; todas solicitadas por las autoridades de la universidad.

El Instituto es taxativo al ordenar que sea proporcionada toda la información contenida en documentos, archivos, datos, bases de datos, comunicaciones y todo tipo de registros que documenten el ejercicio de las fuerzas armadas en esas acciones. También establece que, en el caso de no encontrarse la información, el ministerio deberá ejecutar diligencias encaminadas a recuperar o reconstruir la información solicitada.

El Instituto ha dado cincuenta días a partir del 31 de julio, para que la información sea entregada. Otro suceso sobre el cual el Ministerio de Defensa debe brindar información es sobre la emboscada a cuatro periodistas holandeses ocurrida el 17 de marzo de 1982 en Santa Rita, Chalatenango, por miembros del extinto batallón Atonal.

El Instituto de Acceso resolvió el 18 de febrero pasado que la institución informe sobre sobre el plan de vuelos de los helicópteros (ala rotativa) desde enero a junio de 1982, especificando grado, nombre de tripulación, misión y tiempo de vuelo hacia y desde su despegue de la Cuarta Brigada de Infantería de El Paraíso, Chalatenango; el libro de novedades del capitán y cuartel o libro de novedades de la Cuarta Brigada del Batallón Atonal del mismo período.

Además, ordenó la búsqueda de información sobre la nómina o planilla del pago de personal de la Fuerza Armada (militar y civil), con nombre completo, cargo y grado que conformaba el Estado Mayor del Batallón Atonal en aquel período, con las unidades administrativas correspondientes, incluyendo todos los archivos de las unidades militares que pudieron estar involucradas en las áreas geográficas indicadas durante ese período.

Según resolvió el IAIP, el Ministerio de Defensa debía dejar constancia fehaciente de los procedimientos empleados para tal efecto y justificar debidamente los resultados obtenidos, y en caso la información no se encuentre el ministerio deberá ejecutar diligencias encaminadas a recuperar o reconstruirla.

El Instituto fijó un plazo de treinta días para la entrega de la información. El proceso se activó debido a que el oficial de información del ministerio de la Defensa afirmó que era inexistente, lo que el IAIP cataloga como restricciones al derecho de acceso a la información pública.

Ambos casos tienen como similitudes que fueron justificados en su momento como necesarios; aunque significara en uno, la paradoja que el Estado actuara contra su propia universidad, bajo el argumento de que era foco de la subversión.

La emboscada contra los periodistas holandeses fue precedida por un interrogatorio en la entonces Guardia Nacional. Su ejecución constituyó una violación a los derechos humanos, leyes y costumbres de guerra, aunque predominó la convicción de que su trabajo era para favorecer a la entonces insurgencia.

Es otra oportunidad para hacer valer el compromiso hecho público por el gobierno en noviembre de 2019, de abrir desde “la A a la Z” los archivos militares.  

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Carlos Domínguez
Carlos Domínguez
Periodista salvadoreño; defensor de los derechos humanos. Colaborador y columnista de ContraPunto

El contenido de este artículo no refleja necesariamente la postura de ContraPunto. Es la opinión exclusiva de su autor.

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