El Fiscalía General de la República presentó ante la Asamblea Legislativa una pieza de correspondencia que contiene una denuncia de antejuicio y petición de desafuero contra Norman Quijano, actualmente diputado del PARLACEN.
“A esta persona se le están atribuyendo los delitos de Agrupaciones Ilícitas y Fraude Electoral, producto de una investigación de la Unidad Antipandillas, sobre esto se presentaron una serie de audios ante los tribunales de justicia”, indicó el fiscal general, Rodolfo Delgado.
El pasado 28 de octubre, de forma virtual, Norman Quijano fue juramentado como diputado del Parlamento Centroamericano (PARLACEN) pese a ser señalado de negociar con grupos terroristas por apoyo electoral durante la carrera presidencial del 2014.
“Esperamos que el pleno decida sobre la procedencia de la formación de una comisión de antejuicio para garantizar que el proceso se desarrolle de acuerdo a ley”, detalló Delgado.
Por su parte, la Asamblea Legislativa con 60 votos modificó agenda para ingresar pieza de correspondencia con solicitud de denuncia de antejuicio y desafuero en contra el diputado Norman Quijano.
Lo anterior pese a que el Tratado Constitutivo del Parlacen y su Reglamento Interno establecen que es el mismo Parlacen quien decide quitar el fuero a sus integrantes, no la Asamblea Legislativa.
Durante la sesión plenaria de este miércoles, el diputado Christian Guevara pidió incorporar en agenda la solicitud del desafuero presentada este mismo día por la Fiscalía General de la República (FGR) ante la Asamblea.
Sin embargo, el jefe de fracción del partido ARENA, René Portillo Cuadra, ha señalado que “la Asamblea no puede quitarle el fuero”.
De hecho, el artículo 22 del Tratado Constitutivo del Parlacen establece que “el Parlamento Centroamericano regulará el procedimiento para el levantamiento y suspensión de las inmunidades y los privilegios de los diputados, en un plazo no mayor a los 60 días”.
Además, mandata que el Parlacen, a solicitud de las autoridades competentes del país del cual el Diputado es nacional, podrá levantar y suspender las inmunidades y privilegios de sus Diputados.
Esto es reafirmado en el Reglamento Interno del Parlacen, ya que en el artículo 29 dice que: “La petición para la suspensión de la Inmunidad Parlamentaria de una Diputada o Diputado Centroamericano debe ser dirigida a la Presidenta o Presidente del Parlacen, contenida en un suplicatorio, que debe ser remitido, por la autoridad competente del Estado solicitante”.
Añade que esto debe hacerse “de conformidad y en absoluto respeto a las disposiciones normativas del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano, al ordenamiento jurídico del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), al Derecho Internacional Público, así como las normas constitucionales del Estado parte correspondiente”.
Ante estas declaraciones, el presidente de la República, Nayib Bukele, arremetió contra Portillo Cuadra en redes sociales.
“En primer lugar, la @AsambleaSV SÍ puede desaforar a un diputado del PARLACEN. Ya se ha hecho antes. Hay precedente y registro de eso.Pero lo más importante, es que el pueblo salvadoreño vea como esta rata defiende a la otra rata. ARENA no es más que una cueva de delincuentes”, publicó el mandatario en redes sociales.
Durante el desarrollo de la sesión plenaria de este miércoles, el presidente legislativo, Ernesto Castro, ha convocado a la Comisión de Legislación para que analice dicha pieza de correspondencia hoy mismo.
Además, la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ)) ratificó la nulidad absoluta del proceso penal en contra el diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y ex presidente de la Asamblea Legislativa, Norman Quijano, quien era acusado de haber negociado con las pandillas para que éstos grupos criminales le dieron su apoyo electoral cuando era candidato presidencial en 2014.
Con esta decisión, los tres magistrados de la referida Sala le dan la razón a la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador del 24 de septiembre pasado, que declaró nulo el proceso penal contra Quijano, por no haberse iniciado de manera legal.
La nulidad absoluta comprende desde el requerimiento fiscal, y todos los actos posteriores, con lo que se deja sin efecto todas las decisiones dictadas dentro del proceso, incluida la detención provisional, según lo resuelto por la Cámara.