lunes, 15 abril 2024
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Protección al consumidor gracias al Acuerdo de Paz

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A pesar de los importantes avances logrados a la fecha, todavía hay varias áreas de mejora del marco legal e institucional de protección al consumidor en el sentido amplio, como por ejemplo, la necesidad de fortalecer la protección de los usuarios de servicios financieros y servicios de telecomunicaciones

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A pesar de que la Constitución de la República, desde 1983, establecía la obligación del Estado de defender los derechos de los consumidores, tal acción estatal brilló por su ausencia durante toda la década de los 80, lo que fue más sensible a mediados de 1989, cuando empezaron políticas que eliminaron controles de precios, liberalizaron la economía y privatizaron empresas en sectores estratégicos.

La afectación que esas medidas provocaron en la economía familiar impulsó la organización y acción ciudadana para defender los derechos de los consumidores, iniciativa que en su momento fue considerada por algunos sectores políticos y económicos como idea de locos, y hasta como acción de grupos de fachada que solo buscaban afectar al gobierno.

En esa época la desprotección al consumidor era tan evidente que el Acuerdo de Paz firmado el 16 de enero de 1992 incluyó que "El Gobierno de El Salvador se compromete a adoptar políticas y a crear mecanismos efectivos tendientes a defender a los consumidores, de acuerdo con el mandato de la parte final del inciso 2° del artículo 101 de la Constitución. Para el cumplimiento de este precepto constitucional, el Gobierno se compromete a presentar a la Asamblea Legislativa, dentro de 60 días de la firma del presente acuerdo, un proyecto de ley de protección al consumidor que contemple fortalecer al Ministerio de Economía, y que pudiera marcar un primer paso en la dirección de la eventual creación de una Procuraduría General de Defensa del Consumidor”.

Como resultado del estudio de las propuestas de ley presentadas por el gobierno y por la sociedad civil, el 19 de junio de 1992 la Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad la primera Ley de Protección al Consumidor, que incluyó la creación de la Dirección de Protección al Consumidor (DPC), adscrita al Ministerio de Economía. Luego de su aprobación, la respuesta de una parte del sector empresarial no se hizo esperar, pues los periódicos, la radio y la televisión se llenaron de noticias y de campos pagados en contra de la aprobación de la ley o de algunos de los artículos ahí contenidos.

En respuesta a esa presión empresarial, el 1 de julio de 1992, el ex Presidente Cristiani devolvió al Congreso el referido decreto con varias Observaciones, la mayoría de las cuales eran cambios de contenido que afectaban el alcance de esta normativa. La Asamblea Legislativa decidió incorporar algunas Observaciones y rechazar otras. Así fue como la primera Ley de Protección al Consumidor fue publicada en el Diario Oficial del 31 de agosto, siendo vigente desde el 9 de septiembre de 1992, lo que marcó un hito en la historia del país, pues casi una década después de la citada disposición Constitucional se promulgaba una legislación que establecía regulaciones tendientes a evitar los fraudes y abusos en el mercado en perjuicio de los consumidores.

En junio de 1995, gracias al impulso ciudadano, la Asamblea Legislativa aprobó una reforma a la normativa de protección al consumidor, pero ese Decreto Legislativo fue observado por el ex Presidente Calderón Sol, posición complementada con una campaña de un sector de la empresa privada en contra de estas reformas, lo que provocó un congelamiento del proceso de formación de ley. En diciembre del mismo año el Congreso recibió nuevas propuestas de actualización de esta normativa proveniente de la sociedad civil y del gobierno, lo que permitió que el 14 de marzo de 1996 se aprobara una nueva Ley de Protección al Consumidor, norma que no superó todos los vacíos existentes, pero desarrolló algunos de los derechos internacionalmente reconocidos a los consumidores, como los derechos a la información, la elección y el derecho a la seguridad en los bienes y servicios.

A pesar de las limitaciones en el marco legal e institucional de protección al consumidor, no fue sino hasta agosto de 2005 que se aprobó una nueva Ley de Protección al Consumidor, norma que entró en vigencia el 8 de octubre del mismo año, dando paso a la creación de la Defensoría del Consumidor, como una institución autónoma, a diferencia de la DPC que dependía del Ministerio de Economía, estableció el Sistema Nacional de

Protección al Consumidor y amplió en forma sustantiva el reconocimiento de los derechos básicos de los consumidores.

Como se apuntó arriba, el Acuerdo de Paz estableció que la Ley de Protección al Consumidor debía fortalecer al Ministerio de Economía como un primer paso en la dirección de la eventual creación de una Procuraduría General de Defensa del Consumidor, espíritu del Acuerdo de Paz que sin lugar a dudas se logró con la instalación de la Defensoría del Consumidor en 2005.

Las capacidades legales e institucionales del marco de protección al consumidor se vieron fortalecidas con las reformas a la Ley de Protección al Consumidor, vigentes desde el 28 de febrero del 2013, que entre otras disposiciones agregaron el derecho de retracto, fortalecieron la protección contractual y establecieron nuevas obligaciones a los proveedores de servicios financieros.

En agosto de 2018 entraron en vigencia nuevas reformas a la normativa de protección al consumidor, entre otras disposiciones se agregaron regulaciones para proteger al consumidor en las transacciones de comercio electrónico, en las gestiones de cobro y en temas asociados al historial de crédito.

A pesar de los importantes avances logrados a la fecha, todavía hay varias áreas de mejora del marco legal e institucional de protección al consumidor en el sentido amplio, como por ejemplo, la necesidad de fortalecer la protección de los usuarios de servicios financieros y servicios de telecomunicaciones, así como evitar que las prácticas anticompetitivas sigan encareciendo los productos y servicios afectando los intereses de los consumidores; aún así queda claro que, gracias al texto y espíritu del Acuerdo de Paz, en los últimos 29 años el país muestra una tendencia positiva en materia de protección de los derechos de los consumidores.

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Armando Flores
Armando Flores
Economista, columnista y analista de ContraPunto

El contenido de este artículo no refleja necesariamente la postura de ContraPunto. Es la opinión exclusiva de su autor.

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