viernes, 13 diciembre 2024

Ordenan millonario embargo en los bienes de Astaldi por caso “El Chaparral”

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El tribunal analizó las peticiones de la parte querellante en el sentido de ordenar el embargo de los bienes de las personas naturales y jurídicas involucradas en este proceso.

El Juzgado Noveno de Instrucción de San Salvador ordenó un millonario embargo en contra de los bienes de la empresa constructora italiana Astaldi, por estar involucrada en el caso “El Chaparral”. En este juicio es procesado el expresidente Mauricio Funes Cartagena y otros 5 involucrados.

En el proceso, el tribunal analizó las peticiones de la parte querellante en el sentido de ordenar el embargo de los bienes de las personas naturales y jurídicas involucradas en este proceso.

Por lo tanto, la juzgadora emitió embargo preventivo sobre los bienes de Mario federico Pieragostini y José Leopoldo Samour. Además, fueron embargados US$227 millones 675 mil 113 de los fondos de Astaldi

Asimismo, se exoneró de rendir caución económica a la querella, ya que se defiende un bien del estado.

“Emítase la asistencia judicial recíproca a la República de Italia, a fin de que sea traducida por el perito propuesto por la parte interesada y posteriormente se realicen las gestiones correspondientes”, reza un extracto de la resolución.

En otra parte de la resolución, la Aplicadora de Justicia, consideró que la presente resolución está fundamentada en los lineamientos de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción, ya que es un tratado multilateral de la Organización de las Naciones Unidas con el fin de prevenir y combatir la corrupción política y de la cual El Salvador e Italia, la han firmado y ratificado de manera oportuna.

Es así como, la referida Convención establece que los Estados parte se prestarán la más amplia asistencia judicial recíproca respecto de investigaciones, procesos y actuaciones judiciales con los delitos comprendidos en la misma.

“… este juzgado considera procedente emitir la solicitud de asistencia judicial a la República de Italia, a fin de que se materialice el embargo preventivo en bienes propios de ASTALDI S.P.A. siendo su presidente Paolo Astaldi en dicho país”, señala otra parte de la resolución.

De igual forma, en la decisión judicial se fundamenta que, en relación a la persona jurídica, esta responde por los daños y perjuicios derivados de los hechos punibles cometidos por su representante con motivo del desempeño de su cargo, ya que la condición del representante legal lo vincula con la persona jurídica específica y que en este caso es ASTALDI.

En este caso figuran como imputados Carlos Mauricio Funes Cartagena, José Leopoldo Samour Gómez, José Miguel Antonio Menéndez Avelar, Mario Pieragostini Maiocchi, José Efraín Quinteros y Ada Mitchell Guzmán Sigüenza.

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Redacción ContraPunto
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Nota de la Redacción de Diario Digital ContraPunto
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