viernes, 26 abril 2024

ONU recuerda al país que debe presentar informe sobre derechos humanos

¡Sigue nuestras redes sociales!

El 6 de abril de 2020, tiene que explicar qué ha hecho para combatir en materia de graves violaciones a los derechos humanos durante el conflicto armado (1979-1992), ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas e interrupción voluntaria de embarazos en mujeres y niñas.

El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, solicitó a El Salvador en 2018, que facilite el 6 de abril del próximo año, información sobre la aplicación de las recomendaciones formuladas por dicha instancia, en el marco del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), que es uno de los principales tratados de derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

El Comité de Derechos Humanos es el organismo de supervisión del PIDCP, compuesto por 18 expertos independientes. Cada Estado parte del PIDCP, está obligado a presentar informes periódicos al Comité de Derechos Humanos sobre la implementación del Pacto. Los informes estatales son revisados por el Comité a través de un diálogo interactivo con representantes del Estado.

En marzo de 2018, el Comité revisó el séptimo informe periódico de El Salvador. En ese sentido, el país debe difundir ampliamente las observaciones finales a fin de conocer los derechos consagrados en el Pacto, a las autoridades judiciales, legislativas y administrativas, a la sociedad civil y a las organizaciones no gubernamentales, así como a la población civil en general, incluyendo a los miembros de comunidades minoritarias y pueblos indígenas.

En abril del otro año, el país tiene la responsabilidad de informar sobre tres temas: interrupción voluntaria del embarazo, graves violaciones de derechos humanos durante el conflicto armado y ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas.


Sobre la base de la información que proporcione el Estado y otras partes  como las ONGs, el Comité evaluará las medidas adoptadas por el Estado para implementar las recomendaciones de seguimiento. Al hacerlo, el Comité de Derechos Humanos otorgará calificaciones a cada acción tomada por el Estado con los siguientes criterios:

Respuesta/acción ampliamente satisfactoria

Respuesta/parcialmente satisfactoria

Respuesta/acción no satisfactoria

No hay cooperación con el Comité

La información a las medidas tomadas son contrarias


Aspectos positivos

El Comité acogió las medidas legislativas e institucionales adoptadas por el Estado salvadoreño en materia de derechos civiles y políticos, destacando:

La sentencia 44-2013/145-2013 del 13 de julio de 2016  de la Sala de lo Constitucional declarando inconstitucional la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz.

Sobre este punto cabe agregar que la subcomisión política responsable de crear una Ley Especial de Justicia Transicional y Restaurativa para la Reconciliación Nacional, entregó el miércoles pasado a la Comisión Política su informe y de ser avalado por la instancia el lunes próximo, emitirá un dictamen favorable y convocará el presidente de la Asamblea, el pecenista Mario Ponce a una sesión extraordinaria ese mismo día para aprobar la normativa antes del 13 de noviembre, fecha que le dieron los magistrados del tribunal constitucional al Palacio Legislativo para aprobar la citada ley.

La adopción del Plan El Salvador Seguro en el 2015 (durante la administración del efemelenista Salvador Sánchez Cerén), incluye ejes en prevención de la violencia, rehabilitación, atención y protección de víctimas.

La creación en 2013 del Programa de Reparación a Víctimas de Graves Violaciones a los derechos humanos ocurridas en el contexto del conflicto armado y de la Comisión de Búsqueda de Personas Adultas Desaparecidas en el marco de la guerra civil.

Modificación del artículo 63 de la Constitución en 2014, a través de la cual se reconoce a los pueblos indígenas, y la elaboración del Plan Nacional de Pueblos Indígenas de El Salvador.

La reforma en 2015 de los artículos 129 y 155 del Código Penal para incorporar el delito de odio por orientación sexual, identidad y expresión de género.

La creación del Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia en 2012.

La Política Nacional contra la Trata de Personas en El Salvador de 2012, y la Ley Especial contra la Trata de Personas en 2014.

La Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, que en sus artículos 45 y 46 incluye la definición de feminicidio y la creación en marzo de 2016 de la jurisdicción y los Tribunales Especializados para una vida Libre de Violencia y Discriminación contra las Mujeres.

El decreto 754 de agosto de 2017, a través del cual se introduce la prohibición de los matrimonios de los menores de 18 años en todos los casos.


Las preocupaciones y recomendaciones


El Comité tomó nota del hecho que los tribunales han invocado el Pacto al revisar la legislación interna, incluyendo la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Sin embargo, le preocupan los informes relativos a la falta de consistencia en la invocación del Pacto en los tribunales nacionales. También están preocupados porque la población civil no fue ampliamente consultada en la preparación del informe del Estado.

Preocupa al Comité que los recursos humanos y financieros asignados a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), no sean suficientes para llevar a cabo su mandato de manera efectiva, Por eso el Estado debe adoptar las medidas para garantizar la implementación de las resoluciones de la PDDH.

Además preocupa la ausencia de marcos jurídicos contra la discriminación contra personas afrodescendientes, indígenas, migrantes, personas con discapacidad, mujeres que ejercen la prostitución, lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales y las personas afectadas por el VIH, especialmente en las áreas de salud, educación y empleo.

El Comité está alarmado por el elevado número de casos de amenazas, agresiones, asesinatos, incluido por agentes estatales contra las personas del segmento ya mencionado.

Asimismo, hay preocupación por el aumento de la brecha salarial entre hombres y mujeres desde 2010, así como por la limitada participación de las mujeres en la vida política y pública y su subrepresentación  en los puestos de toma de decisión en cargos públicos y de elección popular, incluyendo en el Órgano Legislativo, Gobierno, administración pública y partidos políticos.

Si bien el Comité reconoce los esfuerzos para combatir la violencia contra la mujer, hay preocupación por la elevada tasa de violencia doméstica y sexual contra mujeres, adolescentes y niñas, incluida la explotación sexual por parte de las pandillas y el alarmante número de feminicidios anuales.

Otro punto es la criminalización total involuntaria del embarazo, lo que obliga a mujeres y niñas a recurrir a abortos inseguros que ponen en grave peligro sus vidas.


Es de hacer notar otra alerta. La resistencia de la Fuerza Armada a permitir el acceso a los archivos históricos con relación a graves violaciones a los derechos humanos y las intimidaciones a la Fiscalía General de la República (FGR), por parte de la entidad castrense, lo que resultó en la concesión de medidas cautelares por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

El aumento de personas asesinadas por la Policía Nacional Civil (PNC) y la Fuerza Armada, detenciones arbitrarias, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas y la existencia de “escuadrones de la muerte”, que operan dentro de la PNC y la Fuerza Armada y la impunidad de presuntos crímenes, son aspectos que para el Comité debe esclarecer a través de la investigación.


El estado debe garantizar a través de la legislación vigente, la protección de migrantes, personas solicitantes de asilo y personas desplazadas internamente por la violencia.

Para concluir, todos estos temas que han sido mencionados, deberán ser solucionados y el Estado tiene la responsabilidad de redoblar esfuerzos y cumplir con las observaciones efectuadas por el Comité, ya que de conformidad al artículo 71, párrafo 5 del reglamento del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, El Salvador tendrá que rendir el informe en abril del otro año y si ha cumplido las sugerencias y ha habido un cambio sustancial en los casos ya señalados.

El 6 de noviembre de 2023, el Gobierno de El Salvador tendrá que presentar el octavo informe; el Comité le transmitirá llegado el momento, una lista de cuestiones previa a la presentación del informe.

¡Hola! Nos gustaría seguirle informando

Regístrese para recibir lo último en noticias, a través de su correo electrónico.

Puedes cancelar tu suscripción en cualquier momento.

spot_img

También te puede interesar

Carlos Ramos
Carlos Ramos
Periodista salvadoreño
spot_img

Últimas noticias