sábado, 27 abril 2024

LGBT: ¿Es imparcial la justicia con la paternidad/maternidad trans?

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Carmen, mujer trans, denunció discriminación a la Cámara de Familia tras no resolver a favor sus demandas para reconocer la maternidad de su hija. Al 2022, Aspidh enumera un 68% de casos de discriminación a personas trans.

Por Alessia Genoves


Carmen, mujer trans, reclama el reconocimiento de la paternidad de su hija. Sin embargo, su requerimiento es desconocida por su ex-pareja, Dinora, en una demanda formal interpuesta ante la Cámara de Familia de la Sección Oriente de San Miguel, junto con el representante legal de la menor, Valeria. Carmen ha externado su preocupación ante los resultados preliminares sosteniendo, según su abogado, Roger Antonio Chávez Parada, que las resoluciones de la Cámara, que no son favorables para reconocer su derecho a parental, son tienen un “eventual interés personal” y una “posible falta de imparcialidad”.

ContraPunto informa a sus lectores que éstos nombres han sido sustituidos por unos alternos, con el fin exclusivo respetar la integridad de las partes; pero que la versión pública puede constarse en el expediente “01231-22-SM-F1-85-(156)-22-014-Prc” de la referida Cámara de Familia. En el documento se halla el reclamo interpuesto por Carmen, siendo consistente en un recurso de casación, al cuestionar la imparcialidad de la justicia. Alega el abogado, pues, que la demandada se sintió “ofendida por discriminación de la jueza al momento de administrar justicia, y no realizar ninguna de las peticiones realizadas por el hecho de ser transgénero”.

La Cámara, no obstante, no falló a favor de Carmen. De acuerdo con la resolución del 22 de noviembre de 2022, ésta consideró que “no se evidencian actuaciones que hubiera faltado a los principios de impacialidad e independencia judicial”. Las demandas de Carmen, por otra parte, también tienen contexto en las condiciones sociales y políticas del país; y no es ajena a esa realidad, pese a que la recusante es además doctora de profesión, y residente en Nueva York, la Asociación Salvadoreña para Impulsar el Desarrollo Humano (Aspidh) Arcoiris Trans ha llegado a reportar que un 68% de los casos documentados corresponden a discriminación y el 8% a acoso contra la población trans, de acuerdo con su reciente informe titulado “Perseguides en Democracia. Indocumentades, Excluídes y Marginades por el Gobierno”.

Carmen: Trans y la paternidad/maternidad

Maritza del Carmen Santos Menjivar es el nombre de la Jueza del proceso, según se detalla en el expediente, y a quién Carmen refiere en su recurso de casación. Sin embargo, la Cámara realizó un análisis jurídico de las actuaciones procesales y determinó que los señalamientos de dicha audiencia se hicieron dentro de los plazos establecidos por la Ley Procesal de Familia. Por ello, ésta última consideró que “no habían elementos suficientes para recusar a la funcionaria judicial, ya que no se evidencian actuaciones que hubiera faltado a los principios de imparcialidad e independencia judicial”.

Uno de los principales alegatos presentados por el Licenciado Roger Antonio Chávez Parada para recusar a la Jueza del caso, fue que esta supuestamente tenía “adelantado criterio” debido a un conflicto previo con Carmen, quien es una persona transgénero. Específicamente, la recusante argumentó que en un proceso anterior de Pérdida de Autoridad Parental, desde 2014, la Jueza no quiso recibir a los testigos ofrecidos por la parte demandante, negándose según el recusante a incorporar prueba testimonial en la audiencia de sentencia.

Ello, a juicio del Licenciado Chávez Parada, demostraría un trato discriminatorio de la Jueza hacia su representado por su condición de persona transgénero, lo que implicaría que tiene un “criterio adelantado” en contra de los derechos de paternidad/maternidad de esta población. Sin embargo, la Cámara de Familia desestimó estos alegatos al no encontrar evidencia de discriminación en el acta de la referida audiencia de 2014. Según consignó la Cámara, si bien existía contradicción entre lo dicho por la Jueza y el recusante sobre la comparecencia de los testigos, ello debió impugnarse en su momento mediante los recursos legales y no mediante una re-cusación.

También la Cámara consideró que ni en la audiencia de 2014 ni en la denuncia interpuesta por Carmen, en la Procuraduría de Derechos Humanos (PDDH), constaba que la Jueza le hubiera manifestado expresiones discriminatorias por su condición de persona transgénero. En cuanto a la resolución de la recusación, la Cámara de Familia finalmente declaró sin lugar la solicitud al no encontrar argumentos serios y razonables que evidenciaran falta de imparcialidad de la Jueza en la administración de justicia.

Ordenó que la Jueza continuara con el conocimiento de la causa. En síntesis, aunque los alegatos del recusante intentaron vincular la supuesta falta de imparcialidad con la condición de persona transgénero del demandado, la Cámara no encontró elementos que demostraran un trato discriminatorio que vulnerara su derecho a la paternidad/maternidad. La resolución ejemplifica las complejidades que esta población enfrenta en El Salvador para ejercer derechos parentales, en un contexto donde no se ha aprobado aún una ley para el reconocimiento de su identidad de género.

Identidad de Género

Carmen es referida con pronombres y nombre masculinos, asignados al nacer. Jurídicamente, su expediente no deja patente un precedente en el que elle hubiera buscado el cambio de nombre y/o de género en sus documentos de identidad. Sin embargo, sí expresa sentirse ofendida a lo que ella presumió como un trato discriminativo, por parte de la institución pública. Y, aunque éstas condiciones no son ajenas a una generalizada proporción de personas trans en el país, es conocido que al menos 5 personas trans en el país han conseguido cambiar su nombre en sus documentos de identidad, coforme a su identidad de género.

Sin embargo, el cambio de nombre registral, y una eventual aprobación a una Ley de Identidad de Género -propuesta por la Mesa Permanente por una Ley de Identidad de Género-, no serían suficientes para mejorar las condiciones sociales de las personas trans. Ésta realidad se vio patente en el caso de la primera mujer en conseguir re-asignar su nombre y género en sus documentos de identidad, Karla Guevara, quien recibió una resolución favorable por parte del Juzgado Primero de Familia de San Salvador, pero que su caso sigue siendo controvertido por la Unidad de Registro de la Alcaldía de San Salvador, tras la imposición de una demanda de amparo. Otro hecho aconteció en contra del primer hombre trans, en similares circunstancias, Aldo Alexander Peña, que no estuvieron ausentes de la demanda.

El caso de Carmen no sería distinto, en el reconocimiento de su derecho a la no discriminación, y legitimidad parental. Aspidh, particularmente, sostiene que en El Salvador las personas trans viven en condiciones de exclusión, criminalización y vulneración sistemática de sus derechos humanos. El citado informe señala que en El Salvador “las personas trans siguen viviendo en la pobreza extrema, la exclusión, marginación y criminalización por el simple hecho de ser personas trans en una sociedad heterocisnormada que violenta, sexualiza e invalida la existencia de las mujeres en su diversidad y más aún a las personas trans”.

Discriminación trans

Aspidh, afirma que la falta de una Ley de Identidad de Género perpetúa la discriminación. Y que a pesar de que la Sala de lo Constitucional ordenó legislar sobre el cambio de nombre de las personas trans, “la Asamblea Legislativa aún no se ha pronunciado, ni ha reconocido la necesidad de legislar” al respecto. Ésta observación responde a un imperativo divulgado por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que ordenó a la Asamblea Legislativa, desde febrero de 2022, el emitir una reforma a la Ley del Nombre y de la Persona Natural (LNPN) a favor del derecho a la identidad de género auto-percibido de personas trans.

Ausentes las condiciones sociales y jurídicas favorables, el informe expone algunas consecuencias que se han hecho patentes en la realidad del país. Según lo detalla, el 68% de los casos de discriminación contra reportados corresponden a discriminación contra personas trans; el 10% a agresiones físicas y el 8% al acoso en su contra. También detalla que, al cierre del año fiscal 2022, el 5% de las vulneraciones provienen de cuerpos uniformados, 2% de agentes del Estado y 1% del personal penitenciario.

En ese escenario, la resolución de la Cámara de Familia de San Miguel cobra especial relevancia, pues el reconocimiento de la identidad de género en procesos judiciales es indispensable para garantizar el acceso a la justicia de la población trans. La decisión de no recusar a la Jueza por su presunta parcialidad envía un mensaje positivo sobre la importancia de que el sistema judicial actúe con imparcialidad en casos que involucran los derechos humanos de personas trans.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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