Por Alessia Genoves
“Esme” fue separada de su hija de 7 años de edad, y permaneció bajo prisión preventiva durante 2 años. Fue sentenciada a 30 años de prisión, tras ser vencida en juicio por el delito de homicidio agravado, en contra de su recién nacido. Sin embargo, organizaciones sociales sostienen que la condena es injusta; y argumentan que los hechos se trataron de un aborto producido por una “emergencia obstétrica”.
La condena sería la “primera en 7 años”, en que el sistema de justicia impone una sanción por homicidio agravado, en contra de un mujer que perdió a su no nato, por complicaciones en su salud. La opinión la sostiene la Agrupación Ciudadana por al Despenalización del Aborto, que además señala que el país estaría en desacato con las demandas que estableció la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (Corte-IDH), para “adecuar la pena relativa del infanticidio” y “tomar medidas necesarias para garantizar la atención integral en casos de emergencia obstétrica”.
“La condena a ‘Esme’ a 30 años de cárcel es un duro golpe en el camino por superar la criminalización de las emergencias obstétricas que, como ya señaló la @CIDH deben ser tratados como problemas de salud pública y de garantía de derechos de las mujeres”: @MorenaHerrera_
— Las 17 | #NosFaltanLas17 #BringHomeThe17 (@Las17ElSalvador) May 10, 2022
La Pena
La pena “Esme” no responde al delito de aborto; ni a hechos culposos que derivan en la muerte del no nacido; imputaciones que tienen sanciones de 2 a 6 años de prisión, de acuerdo con el artículo 137 del Código Penal. La tipificación de sus cargos responde a un “homicidio agravado”, en perjuicio de un “descendiente”, cuya pena es de 30 años de prisión, de acuerdo con el artículo 129, literal 1 del Código Penal.
Sin embargo, los hechos estarían precedidos de “emergencias de salud durante el embarazo”, según lo juzga la Agrupación. Al mismo tiempo, el Juzgado de Sentencia “actuó con parcialidad, privilegiando la versión ofrecida por la Fiscalía General de la República, que estuvo cargada de estigmas y estereotipos de género”, sostiene la abogada de “Esme”, Karla Vaquerano, según se cita del comunicado oficial de la agrupación.
La Agrupación declara que apelará al caso, agotando los mecanismos legales pertinentes. La titular de la institución, Morena Herrera, señala que la determinación del arbitraje fue una “injusta decisión que roza con el ensañamiento judicial”.
El impacto de la Sentencia del caso Manuela Vs. El Salvador en Costa Rica https://t.co/vE2a0C2Fq7
— Centro de Derechos Reproductivos (@ReproRightsLAC) May 10, 2022
Denuncian criminalización
“Criminalización del aborto”, así es cómo las organizaciones sociales definen al juicio de “Esme”; y al de otras 181 mujeres acusadas de homicidio, desde el año 2000 al 2022, de acuerdo con los datos del informe Del Hospital a la Cárcel (2019), y al último informe divulgado por la organización. De éstas mujeres, sin embargo, al menos 64 habrían sido absueltas, y liberadas de prisión.
La Agrupación sostiene la liberación de éstas mujeres preceden a procesos de apelación, por disconformidades a la resolución. En su lugar, los hechos habrían confirmado que fueron “enviadas injustamente a prisión por enfrentar emergencias de salud durante sus embarazos”, señala.