CSJ no se someterá a obligaciones de revelar información pública

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Debido al amparo aceptado por la Sala, la CSJ no está obligada a dar información sobre la reunión sostenida con dueños de medios de comunicación

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió dos amparos en los que deja sin efecto dos resoluciones del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) que obligaba a la CSJ a revelar información sobre la reunión que magistrados de la Sala de lo Constitucional sostuvieron con directores de medios de comunicación, y sobre la base legal de las respuestas del examen de notariado administrado en 2013.

Las dos demandas de amparo fueron presentadas por los 15 magistrados que integran la CSJ el pasado 16 de marzo, y cuatro dí­as después habí­an sido admitidas por tres magistrados suplentes de dicha Sala.

Sobre la reunión con empresarios de medios de comunicación, de acuerdo con Jaime Campos, comisionado del IAIP, los mismos magistrados dijeron ante el IAIP que se trataba de una actividad propia de ese tribunal por lo que dicho instituto considera que si se trata de una actividad propia de un tribunal, debe estar en agenda y por lo tanto la información solicitada era de fácil obtención y pública.

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“Cuando un funcionario en horas laborales asiste a una reunión, por lo menos existe algún archivo o documento de quiénes convocaron a la reunión. El asunto es tan sencillo pero revela resistencia de parte de algunos funcionarios”, expresó Campos a ContraPunto.

No obstante, el amparo establece que no se ha violentado la Ley de Acceso a la Información Pública porque al menos la información de dicha reunión, “escapa del ámbito de aplicación de la Ley de Acceso a la Información” ya que no existe ninguna disposición legal que les obligue a documentar las reuniones no oficiales a las que asistan.

La otra demanda de amparo admitida, es contra otra resolución del IAIP quien ordenó a la CSJ revelar la base legal de las respuestas correctas en el examen de notariado que la CSJ administró en 2013, a raí­z de una petición ciudadana. En este caso, el IAIP inició un proceso sancionatorio de oficio tras negar la información solicitada.

Para este 22 de marzo estaban señaladas las dos audiencias públicas y orales en ambos casos con lo que los procesos sancionatorios iba a finalizar pero tras la admisión de los amparos, las audiencias quedan suspendidas.

Campos calificó ambos amparos como un retroceso en materia de acceso a la información en el paí­s.

“La CSJ no está dispuesta a someterse al escrutinio público que hace la Ley de Acceso a la Información Pública. Es un mal mensaje y me atreverí­a a decir que quizás son los dos precedentes más lamentables en los cuatro años de existencia del IAIP”, expresa,

De acuerdo con el titular del IAIP, serán respetuosos de la decisión manifestó que esperarán un fallo definitivo de la Sala de lo Constitucional para acatarlo.

 

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Mario Beltrán
Mario Beltrán
Periodista sección PolÃítica en ContraPunto. Graduado de Comunicaciones en Universidad Cristiana de las Asambleas de Dios.
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