sábado, 13 abril 2024

Carriles del SITRAMSS serán habilitados para uso público

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La Sala de lo Constitucional consideró que la medida ayudará a mejorar la circulación vehicular a partir de su entrada en vigencia

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) estableció este lunes una medida cautelar para que a partir del jueves 11 de mayo, los carriles segregados del Sistema Integrado de Transporte (SITRAMSS) puedan ser utilizados sin restricciones en el desplazamiento vehicular por la población. Además hizo un llamamiento a las autoridades a procurar la fluidez del mayor número de vehí­culos a fin de que permita hacer uso de dichos bienes públicos.

“A partir del dí­a once de mayo del presente año, además de los carriles actualmente utilizados, se debe habilitar el uso público libre de los carriles segregados para la circulación del SITRAMSS. Como consecuencia, las autoridades competentes ““entre ellas el Viceministerio de Transporte y la Policí­a Nacional Civil”“ deberán adoptar de inmediato las medidas que sean necesarias a fin de garantizar la seguridad de las personas, así­ como el ordenamiento y el uso racional y equitativo de las arterias vehiculares afectadas a partir de la implementación del SITRAMSS”, expresa parte de la medida.

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De acuerdo con la Sala la decisión se fundamenta en la existencia de un interés público en el que deben resguardarse simultáneamente los intereses de los demandantes y la Presidencia de la República. En el caso se encuentran involucrados bienes de uso público; están en juego varios derechos de la colectividad, tales como, la libre circulación y el disfrute de bienes de uso público; está de por medio el servicio de transporte público de pasajeros.

“La Sala consideró que es un hecho notorio y evidente que la organización del tráfico vehicular en el área metropolitana de San Salvador constituye uno de los grandes problemas históricamente no resueltos, que genera una serie de efectos colaterales en la vida cotidiana de los habitantes, afectando la economí­a, las actividades laborales y estudiantiles ordinarias, la salud mental, la seguridad ciudadana y el orden básico de una sociedad, entre otros”, expresa por medio de un comunicado.

La medida cautelar fue firmada por los cuatro magistrados de la Sala. El magistrado José Óscar Armando Pineda manifestó que concurrí­a con su voto a formar parte de la anterior resolución, excepto en lo relativo a la adopción de la medida cautelar.

En su escrito consideró que la medida cautelar ahora adoptada no es idónea, ya que podrí­an haberse establecido “otros mecanismos que concilien o aproximen ambos intereses” y que podrí­an haber incidido en menor medida en los usuarios del sistema de transporte público que utiliza el carril segregado.

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Redacción ContraPunto
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Nota de la Redacción de Diario Digital ContraPunto
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