viernes, 26 abril 2024

44 municipios así definen la nueva administración territorial

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44 municipios definen la nueva administración territorial. Habrá 2 concejales en municipios con 200,000 habitantes; 6 concejales en municipios con hasta 400,000 habitantes; y 8 concejales en municipios con más de 400,000 habitantes

Por Alessia Genoves


44 municipios definen la distribución territorial de El Salvador. La nueva administración territorial supone la centralización de los recursos municipales del Estado, y la reasignación de los 262 alcaldías municipales en direcciones distritales, a través de una modificación de la “Ley Especial para la Reestructuración Municipal”. Ello se consigue sin perjuicio del espacio geográfico que corresponde a cada distrito, tal y como lo establece la “Ley Única de Régimen Político” (art. 1).

La discusión parlamentaria tiene lugar durante la Sesión Plenaria Ordinaria No. 110, que tuvo lugar en la Asamblea Legislativa, tras su correspondencia propuesta por el titular del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, Juan Carlos Bidegain, en la Sesión Plenaria No. 109. Los diseños tampoco se ausentaron en su discusión en la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto, que decretó el Dictamen Favorable No. 16 en la fecha del lunes 11 de junio.  

¿A qué estarán sujetos los municipios?

La nueva disposición municipal no omite la regulación de las normativas en los haberes, obligaciones y del patrimonio de las Alcaldías que permanecen vigentes. Ello incluye la aplicación de normativas tales como la “Ley de la corte de Cuentsa de la República, y sus reglamentos especiales, Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de los Empleados Públicos, Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; Ley Especial Reguladora de la Emisión del Documento Único de Identidad, Ley de la Carrera Administrativa Municipal; Ley General Tributaria, Ley Reguladora del Endeudamiento Público Municipal” (art. 2), y otras en competencia. 

Añade, también, el dictamen que los procesos judiciales vigentes “continuaran con normalidad, pero a partir del primero de mayo de 2024”, conforme a lo dispuesto en el art. 88 del Código Municipal. Hasta esa misma fecha también los tribunales judiciales seguirán teniendo competencia en los territorios actuales; por lo que no deberían existir cambios asociados con la nueva administración. (art.3).

En otra orden de cosas, también se verá impactado la contabilidad de los distritos. Según lo establece el artucklo 5 de la ley, ésta “se llevará separada de los demás distritos, pero deberá ser integrada a la contabilidad del municipio, de conformidad a las reglas de contabilidad gubernamental y municipal”. Por otra parte, el patrimonio municipal de los 262 municipios actuales pasará a la contabilidad de los 44 municipios. 

Organización 

También la organización de las alcaldías estará sujeta a un Concejo con “carácter deliberante y normativo, que se integrará con un Alcalde, un Síndico, dos regidores propietarios y cuatro regidores suplentes para sustituir preferentemente a los propietarios del mismo partido” (art. 4). Además, se establece que cada municipio será organizado por:

  • 2 concejales o regidores, en los municipios que tengan más de 200,000 habitantes
  • 6 concejales o regidores, en los municipios que tengan más de 200,000 hasta 400,000 habitantes
  • 8 concejales o regidores, en los municipios que tengan más de 400,000 habitantes.

Por otra parte, establece el decreto que será el Tribunal Supremo Electoral (TSE) el que “establecerá el número de concejales o seguidores, en cada municipio, con base al último censo nacional de población” – del año 2007-, y lo notificará a los partidos políticos legalmente inscritos”. Y se establece que es el “Concejo Municipal la utoridad máxima del municipio y de sus distritos”, y que “será presidido por el Alcalde y se asentará en el territorio del municipio, estableciéndose allí el Palacio Municipal”, con las instalaciones ya existentes. 

Establece también su rol en los escenarios electorales, delegando a los Concejos Municipales la incorporación en las planillas “al mayor número de representantes posibles de candidatos residentes en los distritos que integran el municipio”. 

Además, los Distritos serán organizados “por el Concejo Municipal, por un Jefe o Director, auxiliado por un subjefe o subdirector, acompañado por el personal administrativo y técnico que considere necesario el Concejo Municipal”.  También amplía la posibilidad de que los “regidores propietarios y suplentes de un municipio, podrán a su vez, dirigir o administrar el distrito de su residencia”, condicionado con la aprobación del Concejo Municipal, conforme al artículo 30 del Código Municipal. 

Readministración Territorial 

ContraPunto observa que existen cambios en la readministración territorial, así como en otros elementos del contenido, respecto de la propuesta tramitada por el ministro de Gobernación y la que corresponde al Dictamen Favorable No. 16. Ello responde a que los diputados conmensuraron en hacer cambios en a definición de los distritos en las 44 alcaldías, quedando de organizada de la siguiente forma:

San Salvador

San Salvador Norte: Aguilares, El Paisnal y Guazapa.

San Salvador Oeste: Apopa y Nejapa.

San Salvador Este: Ilopango, San Martín, Soyapango, Tonacatepeuqe

San Salvador Centro: Cuscatancingo, Ayutuxtepeque, Mejicanos, San Salvador

San Salvador Sur: Panchimalco, Rosario de Mora, San Marcos, Santo Tomás; Santiago Texacuangos

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

La Libertad

La Libertad Norte: Quezaltepeque, San Matías y San Pablo Tacachico.

La Libertad Centro: San Juan Opico y Ciudad Arce.

La Libertad Oeste: Colón, Jayaque, Sacacoyo, Tepecoyo y Talnique.

La Libertad Este: Antiguo Cuscatlán, Huizúcar, Nuevo Cuscatlán, San José Villanueva y Zaragoza.

La Libertad Costa: Chiltiupán, Jicalapa, La Libertad, Tamanique y Teotepeque.

La Libertad Sur: Comasagua y Santa Tecla.

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

San Miguel

San Miguel Norte: Ciudad Barrios, Sesori, Nuevo Edén de San Juan, San Gerardo, San Luis La Reina, Carolina, San Antonio del Mosco y Chapeltique.

San Miguel Centro: San Miguel, Comacarán, Uluazapa, Moncagua, Quelepa y Chirilagua.

San Miguel Oeste: Chinameca, Nueva Guadalupe, Lolotique, San Jorge, San Rafael Oriente y El Tránsito.

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

Chalatenango

Chalatenango Norte: La Palma, Citalá, San Ignacio, San Fernando

Chalatenango Centro: Nueva Concepción, Tejutla, La Reina, Agua Caliente, Dulce Nombre de María, El Paraíso, San Francisco Morazán, San Rafael y Santa Rita.

Chalatenango Sur: Chalatenango, Arcatao, Azacualpa, Comalapa, Concepción Quezaltepeque, El Carrizal, La Laguna, Las Vueltas, Nombre de Jesús, Nueva Trinidad, Ojos de Agua, Potonico, San Antonio de la Cruz, San Antonio Los Ranchos, San Francisco Lempa, San Isidro Labrador, San José Cacasque, San Miguel de Mercedes, San José Las Flores y San Luis del Carmen.

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

Ahuachapán

Ahuachapán Norte: Atiquizaya, El Refugio, San Lorenzo y Turín.

Ahuachapán Centro: Ahuachapán, Apaneca, Concepción de Ataco y Tacuba.

Ahuachapán Sur: Guaymango, Jujutla, San Francisco Menéndez y San Pedro Puxtla.

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

Cuscatlán

Cuscatlán Norte: Suchitoto, San José Guayabal, Oratorio de Concepción, San Bartolomé Perulapía y San Pedro Perulapán.

Cuscatlán Sur: Coatepeque, San Rafael Cedros, Candelaria, Monte San Juan, El Carmen, San Cristóbal, Santa Cruz Michapa, San Ramón, El Rosario, Santa Cruz Analquito y Tenancingo.

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

Cabañas

Cabañas Este: Sensuntepeque, Victoria, Villa Dolores, Guacotecti y San Isidro.

Cabañas Oeste: Ilobasco, Tejutepeque, Jutiapa y Cinquera.

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

La Paz

La Paz Oeste: Cuyultitán, Olocuilta, San Juan Talpa, San Luis Talpa, San Pedro Masahuat, Tapalhuaca y San Francisco Chinameca.

La Paz Centro: El Rosario, Jerusalén, Mercedes La Ceiba, Paraíso de Osorio, San Antonio Masahuat, San Emigdio, San Juan Tepezontes, San Luis La Herradura, San Miguel Tepezontes, San Pedro Nonualco, Santa María Ostuma y Santiago Nonualco.

La Paz Este: San Juan Nonualco, San Rafael Obrajuelo y Zacatecoluca.

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

La Unión

1. La Unión Norte: Anamorós, Bolívar, Conceción de Oriente, El Sauce, Lislique, Nueva Esparta, Pasaquina, Polorós, San José La Fuente y Santa Rosa de Lima.

2. La Unión Sur: Conchagua, El Carmen, Intipucá, La Unión, Meanguera del Golfo, San Alejo, Yayantique, Yucuaiquín.

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

Usulután

Usulután Norte: Santiago de María, Alegría, Berlín, Mercedes Umaña, Jucuapa, El Triunfo, Estanzuelas, San Buenaventura y Nueva Granada.

Usulután Este: Usulután, Jucuarán, San Dionisio, Concepción Batres, Santa María, Ozatlán, Tecapán, Santa Elena, California y Ereguayquín.

Usulután Oeste: Jiquilisco, Puerto El Triunfo, San Agustín y San Francisco Javier.

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

Sonsonate

Sonsonate Norte: Juayúa, Nahuizalco, Salcoatitán y San Catarina Masahuat.

Sonsonate Centro: Sonsonate, Sonzacate, Nahulingo, San Antonio del Monte y Santo Domingo de Guzmán.

Sonsonate Este: Izalco, Armenia, Caluco, San Julián, Cuisnahuat y Santa Isabel Ishuatán.

Sonsonate Oeste: Acajutla.

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

Santa Ana

Santa Ana Norte: Masahuat, Metapán, Santa Rosa Guachipilín y Texistepeque.

Santa Ana Centro: Santa Ana.

Santa Ana Este: Coatepeque y El Congo.

Santa Ana Oeste: Candelaria de la Frontera, Chalchuapa, El Porvenir, San Antonio Pajonal, San Sebastián Salitrillo y Santiago de la Frontera.

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

San Vicente

San Vicente Norte: Apastepeque, Santa Clara, San Ildefonso, San Esteban Catarina, San Sebastián, San Lorenzo y Santo Domingo.

San Vicente Sur: San Vicente, Guadalupe, Verapaz, Nuevo Tepetitán, Tecoluca y San Cayetano Istepeque.

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

Morazán

Morazán Norte: Arambala, Cacaopera, Corinto, El Rosario, Joateca, Jocoaitique, Meanguera, Perquín, San Fernando, San Isidro y Torola.

Morazán Sur: Chilanga, Delicias de Concepción, El Divisadero, Gualococti, Guatajiagua, Jocoro, Lolotiquillo, Osicala, San Carlos, San Francisco Gotera, San Simón, Sensembra, Sociedad, Yamabal y Yoloaiquín.ç

Fotografía: Asamblea Legislativa de El Salvador.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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