miércoles, 24 abril 2024

Quinientos años de soledad

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El título, es el tiempo que ha corrido desde la invasión hispánica y su sistema colonial, más el tiempo del auto colonialismo, el cual parte de la farsa de la independencia hasta nuestros días.

La reforma de la Ley Fundamental, podría ser el primer paso hacia una verdadera independencia. La actual constitución está plagada de vacíos jurídicos y un exceso de privilegios en favor de la oligarquía.

 El método como la está llevando a cabo el Dr. F. Ulloa, vicepresidente de la República, creo que es la mejor de las formas posibles: participen las opiniones de todo aquellos que quieran opinar, y se desenvuelva el proceso en un nivel de transparencia al alcance de todos los interesados.

Pero veamos en concreto qué es lo que quiero decir. Comencemos con el artículo 1, del capítulo único, del título 1. Este dice, El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado… y continúa dándole atribuciones al Estado. Pero cuál es el carácter y naturaleza de mi país no me lo dice. En realidad se trata de lenguaje cifrado, para que el ejército, en esos tiempos el Estado, se ocupe en primer lugar de proteger los intereses de la oligarquía.

Este primer artículo, debería en vez, expresar algo parecido al siguiente concepto:

El Salvador es una república democrática, soberana, independiente y laica (o secular). La soberanía es atributo del pueblo. La república se funda en la labor productiva de sus ciudadanos.

El concepto de laica o secular nace del hecho de que en mi país y en el mundo, llamado occidental,  hay fuerzas que presionan por hacernos retroceder a la época colonial y feudal de existencia de una religión de estado, o estado confesional.

El segundo párrafo de este mismo artículo establece un criterio que no está en pie ni desde el punto de vista jurídico como tampoco científico. Dice: (En la constitución escrito en mayúsculas) ASIMISMO RECONOCE COMO PERSONA HUMANA A TODO SER HUMANO DESDE EL INSTANTE DE LA CONCEPCION. Esta frase le permite a un tribunal de condenar a una pobre mujer, que ha abortado, a ser condenada a treinta años de cárcel por aborto; porque ha “asesinado”, con todos los agravantes, a un ser humano. A una señora (o ita) con medios, eso no le importa, pues puede comprarse un boleto de avión y marcharse a un país en donde el aborto es legal. En América Latina: Uruguay, Chile, Guayana F., el estado de la ciudad de México y Cuba.

La república en su constitución tiene y deberá siempre, por un lado, mantener la libertad de creencias religiosas. Tiene también en muchos artículos puntos comunes con los valores morales de las iglesias. Pero en otros, hay divergencia de interés y competencia. La república, mediante su Estado, debe tutelar lo más que posible la libertad y posibilidades del pueblo y en esto último la libertad de decisión del género, específicamente de la mujer.

Escribe un pastor norteamericano, luterano, criticando a los evangélicos, estos fanáticos de “por la vida”, se ocupan de condenar el aborto, pero no les importa el mantenimiento ni la educación de los niños, no les importa crear oportunidades para las mujeres, no les importa la pobreza galopante del género, no les importa la desigualdad. En otros casos, es un moralismo hipócrita, cuando en sus filas serpentea la pedofilia y una iglesia ha adquirido con Wojtylia, el polaco, por haber tapado la plaga de pedofilia, el premio de convertirse en un santo protector de los pedófilos. Pobre papa Francesco, tuvo que hacerlo para apaciguar a la archi reaccionaria curia romana, y así poder iniciar el proceso de santificación de monseñor Romero.

El tercer párrafo, expresa “…es obligación del estado asegurar…(entre otros) el goce de la libertad, de la salud…etc. Ahora bien, es un concepto mal elaborado decir que el estado está obligado a hacer esto o aquello. La república, no el Estado, tutela el ejercicio de los derechos y obligaciones mediante el Estado, no el Estado en sí.

Ahora bien, los incompetentes magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, más ocupados en defender la partidocracia, que atenerse a la letra y espíritu de nuestra tambaleante constitución, no han reflexionado sobre este artículo ni otros, que le otorgan al ejecutivo poderes especiales en caso de epidemia, por ejemplo el art. 29.

La Sala de lo Constitucional se ha preocupado en defender, como derecho humano, a aquellos que quieren tomarse el riesgo del contagio del virus Corona V. ¿Pero qué pasa con mi derecho a defender mi salud, con el goce del derecho, constitucionalmente establecido de tutelar mi salud? Arena y FMLN, a ellos les importa poco mi salud, y estoy seguro, que la mayoría de los ciudadanos ponen también, en primer lugar, la propia.

Dada la pobreza general, muchos tienen que arriesgarse, contra viento y marea, a correr el riesgo, a rebuscarse, como decimos nosotros. Lo entiendo. Tampoco el mayor problema está en las empresas productivas, pues pueden organizar protocolos preventivos. El mayor problema se presenta en el tiempo libre. Pero la Sala de lo Constitucional, en su mega incompetencia, no me venga a decir que está defendiendo los derechos humanos. La violación de los derechos humanos los ha cometido, en su casi treinta años de poder, la pareja que maneja los hilos de sus decisiones, ARENA-FMLN, que no ha mejorado, sino empeorado, la situación del país.

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Redacción ContraPunto
Redacción ContraPunto
Nota de la Redacción de Diario Digital ContraPunto
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