sábado, 13 abril 2024
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¿Quién es Manuela?

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En 2008 "Manuela", una campesina de 33 años, que vivió en la pobreza extrema, analfabeta y embarazada, estaba lavando ropa en el rí­o cuando se cayó y se golpeó fuertemente en el estómago

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En 2008 “Manuela” (seudónimo), una campesina  de 33 años, que vivió en la pobreza extrema, analfabeta y embarazada,  estaba lavando ropa en el rí­o cuando se cayó y  se golpeó fuertemente en el estómago.  Al dí­a siguiente fue a la letrina detrás de su casa y tuvo una emergencia obstétrica,  un parto precipitado extra hospitalario en que se murió el feto. Ella se desmayó de la hemorragia y su familia la llevó al hospital esperando un trato médico, pero lo que inició fue la serie de injusticias que terminó con su muerte en prisión en 2010  mientras pagaba una sentencia de 30 años por un supuesto homicidio agravado.  Dejó en la orfandad a sus dos hijos pequeños que todaví­a viven con la madre y el padre de Manuela. El padre de los hijos salió para Estados Unidos varios años antes, y no se  responsabilizó por ellos.

La Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto conoció el caso y  la familia en 2011.  Con el Centro de Derechos Reproductivos (CDR) de Nueva York, La Agrupación y  la familia  iniciaron  en 2012 la demanda contra el Estado salvadoreño por las violaciones de sus derechos humanos bajo varios convenios internacionales y leyes nacionales.

En  marzo de 2017 la Comisión Inter American de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA)  admitió el caso donde ahora está esperando  un fallo. 

La admisión del caso es un reconocimiento de las múltiples violaciones de los derechos humanos cometidos por el sistema de salud, por los órganos judiciales, y como resultado de la misoginia que saturó todo el proceso. “No es un caso único,”  observó  Marta González, Asesora Legal con el CDR en un foro sobre Manuela en San Salvador.  “Es una muestra de las violaciones estructurales en los sistemas del estado” que afectan a todas las mujeres en condiciones como las de Manuela: la pobreza, la  falta de educación  y  servicios de salud, y  los impactos de las leyes y prácticas culturales que conforman la subordinación de las mujeres.

El personal médico empezó a acusarla a Manuela de haberse provocado un aborto desde el momento que llegó al hospital sangrando fuertemente. La médica que la atendí­a introdujo en su expediente clí­nico valoraciones personales basadas en lo que Manuela contó como paciente, violando el secreto profesional.  La Doctora afirmó en su informe médico que el embarazo era “producto de una infidelidad,” comentarios basados en sus concepciones morales  personales.  La médica fue la testigo principal en la audiencia donde “la infidelidad” fue mencionada varias veces, y también los estereotipos de la “súper-madre” que salvaguarda la vida de su feto aunque ella se está muriendo. 

Según el CDR, Manuela sufrió de cáncer  antes de su emergencia,  pero no fue diagnosticada aunque habí­a pasado consulta repetidas veces en su comunidad.   Solo fue diagnosticada linfoma de Hodgkins,  un cáncer,  cuando su salud se deterioró rápidamente en la cárcel. Pero tampoco fue tratado adecuadamente  en la cárcel, aunque “el estado tiene una responsabilidad especial para personas encarceladas.”  Tampoco le dieron la oportunidad de pasar sus últimos dí­as de vida con la familia, como dicta la ley, sino esposada a la cama donde se murió en condiciones infrahumanas.  “Esto constituya la tortura,” enfatizó González.

“La justicia a nivel interno fue insuficiente e ineficaz,” valoró González. El  derecho a la presunción de inocencia de Manuela nunca fue respetada. Sus defensores públicos nunca hablaron con Manuela para representar su versión de los hechos.   Las autopsias fueron basadas en prejuicios.  Utilizaron pruebas descatalogadas desde hace más de 100 años.   Además,  la policí­a manipuló a su padre, un hombre analfabeto, a poner su huella en un documento sin decirle que era una declaración en contra de su hija que  iban a utilizar en el juicio.   La Fiscalí­a nunca presentó pruebas de hechos delictivos. 

Según González, es “un caso de una realidad estructural,” y esperamos “producir un cambio estructural en la realidad de El Salvador y servir como referente a otros paí­ses.”  Agregó que El Salvador firmó voluntariamente  convenios internacionales  que “obligan al estado a adaptar sus leyes y también sus prácticas a los estándares internacionales.”

La CIDH puede exigir reparaciones para la familia y también al nivel estructural.  Estos podrí­an incluir mejorar los servicios de salud para mujeres en sus comunidades y en  prisión. Puede obligar al estado salvadoreño a reformar la ley que prohí­be el aborto, revisar las sentencias de las mujeres encarceladas por estos delitos, e implementar polí­ticas para acabar con el uso de los estereotipos de género en el sistema judicial.

Concluye González, hay que ir “a la raí­z del problema y no solo poner parches, pero hacer  cambios estructurales.” Angélica Rivas, abogada con la Agrupación insiste que, “La familia de Manuela merece saber que ella fue inocente” y  es el sistema que tiene la responsabilidad.

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Kathy Bougher
Kathy Bougher
Colaboradora

El contenido de este artículo no refleja necesariamente la postura de ContraPunto. Es la opinión exclusiva de su autor.

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