sábado, 13 abril 2024

Presidencia no tiene potestad para convocar a plenaria por crédito dice Ponce

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El choque entre la Asamblea y el Ejecutivo lejos de disminuir se ha intensificado. El Palacio Legislativo le respondió al Consejo de Ministros que convocar al pleno el domingo por el préstamo de $109 millones para la fase III del Plan Control Territorial “no constituye emergencia constitucional”.

Una fuerte tensión se ha desatado entre el Órgano Ejecutivo y el Legislativo por el préstamo de $109 millones que desde el 6 de enero, la Presidencia a través del Ministerio de Hacienda, presentó al Congreso para que autorice su negociación con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

Todo comenzó cuando el Consejo de Ministros, liderado por el presidente Nayib Bukele, acordó, con base al artículo 167, ordinal 7, “Convocar extraordinariamente a la Asamblea Legislativa, cuando los intereses de la República lo demanden”.

Y el interés de nación, a juicio del gobernante es el préstamo ya mencionado, que será utilizado para modernizar a la Policía Nacional Civil (PNC) y a la Fuerza Armada, en su lucha contra la criminalidad.

Como era de esperar, esta convocatoria no fue aceptada por los diputados, que de inmediato hicieron su respectivo estudio con el equipo de asesores, para refutar las pretensiones del Ejecutivo, que en esencia es la de convocar a una plenaria extraordinaria para el domingo 9 a las 3:00 de la tarde.

Los políticos desde el pasado jueves, que se llevó a cabo la plenaria ordinaria, comenzaron a planificar su estrategia para pagarle “con la misma moneda” al mandatario, que en las últimas semanas a través de su cuenta de Twitter ha escrito palabras subidas de tono contra los parlamentarios al grado de llamarlos “malditos”, luego que dirigentes de Alianza Republicana Nacionalista (ARENA) y del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), han sido acusados por la Fiscalía General de la República (FGR), por negociar con pandillas a cambio de favores electorales.

Incluso el expresidente de la Asamblea, excandidato presidencial 2014 y exalcalde de San Salvador por el partido tricolor, Norman Quijano, ha sido acusado de fraude electoral y negociaciones ilícitas, por lo que el Ministerio Público ha pedido su desafuero y antejuicio.

No obstante, los diputados lejos de tomar en cuenta la orden constitucional emanada del Ejecutivo para que instalen una sesión plenaria, el presidente de la Asamblea Legislativa, Mario Ponce, convocó para el viernes en la mañana a la Comisión de Hacienda e invitó al titular de las finanzas públicas del Estado, Nelson Fuentes, para que explicara en qué usarán el crédito. También hizo llamamiento para sesionar el pleno a las 12:30, en donde el punto único sería precisamente los recursos que está solicitando el gobernante.

La instancia legislativa se reunió tal como estaba previsto y el ministro de Hacienda llegó para dar, en la medida de lo posible, detalles del crédito.



“Pareciera que hay algunas consultas con respecto al crédito con el BCIE por 109 millones de dólares para financiar la modernización tecnológica para el Ministerio de Defensa y para la Policía Nacional Civil; y esto es prioritario para el Gobierno central y es por tanto, importante contar con el apoyo y el esfuerzo de la Asamblea Legislativa”, dijo el ministro Fuentes.

El funcionario en esencia explicó lo que ya se ha dicho en reiteradas ocasiones cuando han llegado también representantes del gabinete de Seguridad Pública. El ambiente en la comisión fue de respeto y cordialidad. La reunión duró 24 minutos 42 segundos y al final, Fuentes dijo que haría las consultas con el ministro de Justicia y Seguridad, Rogelio Rivas para trasladarlas el lunes 10, cuando en horas de la tarde  se reúna nuevamente la mesa legislativa.

Los parlamentarios se quedaron debatiendo y al final acordaron que no emitirían un dictamen hasta que queden claros algunos puntos en los que tienen dudas.

Antes de la plenaria, el presidente de la Asamblea, Mario Ponce, convocó a los medios de comunicación en el Salón Cuscatlán para fijar una posición con respecto al pronunciamiento de Bukele.



Aclaró que la Comisión Política que él preside, tomó la decisión de que se iba a llamar a sesión plenaria solo para hacer las convocatorias de las comisiones de la otra semana, dado que la Comisión de Hacienda no tenía un dictamen con respecto a los $109 millones.

“Lo que les puedo decir es que hay compromiso para sacar dictamen el día lunes y el jueves llevarlo al pleno para su posible aprobación”.

Asimismo, expresó que con respecto a la convocatoria que hizo el Consejo de Ministros para el domingo era improcedente, porque si bien la Constitución le da esa facultad con base al artículo 167, ordinal 7; es cuando hay una situación de calamidad pública, como una epidemia, catástrofe e incluso una declaración de guerra. 

Pero en el caso particular que solicita el presidente Bukele es por endeudamiento y ese tema necesita de debate “porque es comprometer a las generaciones futuras del pago de esa deuda; eso no significa que no exista disposición de apoyarlo. Los diputados están dispuestos a dar sus votos para que el Gobierno negocie esos ciento nueve millones de dólares”.

Ponce insistió que el artículo constitucional al que hace alusión el presidente, no le da potestad para convocar a plenarias para cualquier tema, es exclusivamente para atender situaciones de calamidad pública provocadas por fenómenos naturales o por la invasión de nuestro territorio por fuerzas armadas de otro país. En ese caso, se convoca de forma urgente e inmediata al Órgano Legislativo.

Es más. Le sugirió al presidente y a su equipo de asesores indagar bien los preceptos constitucionales, pues da la impresión que tomaron en cuenta disposiciones que estaban en la Carta Magna de 1950 y 1962 “y fueron tomadas textualmente y en esas épocas habían recesos en la Asamblea de un mes y por eso se creó esa figura, para convocarla, explicó.

El diputado presidente concluyó diciendo que: “Nuestra democracia se basa en la independencia de poderes. Vamos a dar nuestros votos para seguir dando la seguridad a nuestros querido país.

El presidente Bukele mientras tanto, siguió arremetiendo contra los legisladores a través de su cuenta de Twitter. “Increíble cuantos autodenominados “defensores de la Constitución; están pidiendo abiertamente que no se cumpla lo que TEXTUALMENTE dice la Constitución”.

Por si fuera poco, instó a la ciudadanía a la insurrección al escribir en las redes sociales que: “El orden constitucional aún no ha sido roto, la convocatoria está vigente y la plenaria debe realizarse el domingo a las 3 p.m.

Si los diputados no asisten, estarían rompiendo el orden constitucional y el pueblo tendrá la facultad de aplicar el artículo 87 de la Constitución.

El artículo 87 de la ley primaria de nuestro país establece que: “Se reconoce el derecho del pueblo a la insurrección, para el solo objeto de restablecer el orden constitucional alterado por la transgresión de las normas relativas a la forma de gobierno o al sistema político establecidos, o por graves violaciones a los derechos consagrados en esta Constitución.

El ejercicio de este derecho no producirá la abrogación ni la reforma de esta Constitución y se limitará a separar en cuanto sea necesario a los funcionarios transgresores, emplazándolos de manera transitoria hasta que sean sustituidos en la forma establecida por esta Constitución.

Las atribuciones y competencias que corresponden a los órganos fundamentales establecidos por esta Constitución, no podrán ser ejercidos en ningún caso por una misma persona o por una sola institución”. 

El diputado efemelenista Jorge Schafick Handal consideró que el presidente quiere que se le cumplan sus “caprichos y berrinches”. Añadió que Bukele lo único que quiere demostrar es que él manda y desconoce la Constitución: a parte que pareciera que no tiene buenos asesores.

“Todo eso no son más que argucias del presidente para hacer creer que es el que manda, está fuera de tono y yo lo que le aconsejo a él y a sus asesores es que lean bien la Constitución”.

Nidia Díaz, jefa del grupo parlamentario del FMLN indicó que no están en  la lógica de no colaborar en materia de seguridad e incluso precisó que han dado sus votos para transferencias presupuestarias por más de $200 millones.



“Nosotros somos los más interesados en que exista una independencia de poderes que fortalezcan el país”.

Rodolfo Parker, del Partido Demócrata Cristiano (PDC), sostiene que no hay duda de que el presidente Bukele tiene una intención clara de mantener una confrontación con el Legislativo y por ello, esta situación la manejarán con madurez e inteligencia y no como lo ha venido haciendo el mandatario.

“Muy mal por el presidente Bukele, espero que la Asamblea no entre en el ritmo de esa intención del mandatario”.

Parker, que además es abogado constitucionalista, explicó que el Consejo de Ministros en efecto tiene esa atribución que menciona el Ejecutivo pero en asuntos de interés público, pero en lo que atañe a créditos no tiene atribuciones, Se trata de un préstamo que está siendo debidamente discutido por los canales adecuados”.



El diputado de ARENA, René Portillo Cuadra, también abogado especialista en derecho constitucional, lamentó que el presidente Nayib Bukele inste a la insurrección. Ese tipo de comentarios a la larga será el pueblo quien deberá juzgar, “más allá que nosotros tengamos una opinión sobre el tema, el pueblo es el que tiene la respuesta más sabia; ¿Qué necesitan los salvadoreños, insurrección o empleo, o vivienda, medicinas o agua potable o seguridad?

Portillo Cuadra recalcó que la gente no está pensando en insurrecciones o sublevaciones, sino en cómo resolver sus problemas de desempleo e inseguridad.

El jefe del grupo parlamentario de Gran Alianza por la Unidad Nacional (GANA), Guadalupe Vásquez, afirmó que están listos para dar sus votos para autorizar al Gobierno la negociación del préstamo (necesita de 43 votos en primera vuelta).

Está convencido además, que el Consejo de Ministros tiene la facultad de convocar a una plenaria a la Asamblea, pero en casos de emergencia nacional, calamidad pública o catástrofe y “por el momento no vemos nada de eso”.


¿Qué opinan otros sectores?


Pedro Martínez, abogado constitucionalista, manifestó que el artículo 167 ordinal 7 establece que el presidente de la República puede convocar a la Asamblea Legislativa de manera extraordinaria. “No es para que lo use de manera arbitraria a su antojo. Eso sería un abuso de las atribuciones que la Constitución establece del Consejo de Ministros.

El constituyente expresó que debe ser de forma extraordinaria para habilitar al primer mandatario para que convoquen a los diputados de la Asamblea Legislativa. “El peligro es que lo extraordinario se convierta en ordinario y se quiebre el orden constitucional”.

El Centro de Estudios Jurídicos (CEJ), acotó que la independencia y separación de los poderes y la colaboración entre los Órganos Fundamentales del Estado no debe poner en riesgo el orden constitucional.

La jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional establece que la Constitución postula la división de poderes como cláusula esencial de la organización estatal, cuya finalidad es evitar los riesgos que conlleva el monopolio del Poder del Estado en una sola institución. Se trata de un mecanismo organizativo que se caracteriza por asignar atribuciones y competencias a diferentes órganos, para que estos se controlen entre sí al ejercer el poder público.

Por ello resulta inadmisible que el Ejecutivo intente obligar a otro Órgano del Estado a realizar funciones encomendadas a efectuarse de manera libre.

La Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), expuso que el ordinal 7 del artículo 167 de la Constitución, tiene un carácter de aplicación restrictiva, es decir, no está abierta a interpretaciones amplias que pudieran dar lugar a decisiones arbitrarias. Por lo que convocar a la Asamblea Legislativa a una sesión extraordinaria, cuando este Órgano está reunido permanentemente, sesiona habitualmente, está en funcionamiento normal y ordinario; puede constituir un exceso que pone en riesgo el principio de independencia, que consiste en que cada Órgano de Estado ejerce las atribuciones y competencias que le confiere la ley independientemente de los demás.

El Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional Sección El Salvador, dijo en un comunicado que los motivos esgrimidos por el Consejo de Ministros, son insuficientes para ejercer la potestad prevista en el artículo 167, ordinal 7 de la Constitución, ya que proveer seguridad es una función fundamental del estado, y la seguridad material es un derecho constitucional de todos los salvadoreños, en este caso, en realidad, la potestad indicada se está ejerciendo con el solo fin de obtener la aprobación de un préstamo.

Siendo así, no existen condiciones materiales que justifiquen la convocatoria extraordinaria a la Asamblea Legislativa, ya que no basta la simple invocación de la seguridad, para habilitar el ejercicio de una potestad que, en observancia del principio de separación de poderes, debe utilizarse de manera excepcional, debidamente motivada y, sobre todo, ante la concurrencia de reales circunstancias fácticas que acrediten el interés de la República.


La respuesta de la Asamblea al Ejecutivo


 El Palacio Legislativo concluyó que al analizar las razones que motivan al Consejo de Ministros para hacer la referida convocatoria, como lo es la discusión y aprobación del Dictamen N° 278 de la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto, para autorizar la suscripción de un préstamo, se estima que no obstante el tema de seguridad tiene una alta prioridad para este Pleno, la autorización de un préstamo no constituye emergencia constitucional, sino que ello implica endeudamiento y para lo cual la Asamblea Legislativa, de conformidad a la Constitución, está facultada para hacer un control en las finanzas públicas.

Además, en consideración a lo anterior se hace referencia al estudio realizado por el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional, Sección El Salvador, donde se considera que los motivos esgrimidos en el acuerdo del Consejo de Ministros son insuficientes para ejercer la potestad prevista en el artículo 167 ordinal 7°,  ya que proveer de seguridad es una obligación del Estado y la seguridad material es un Derecho Constitucional de los salvadoreños; en este caso, en realidad la potestad indicada se está ejerciendo con el solo fin de obtener la autorización para suscribir un préstamo.



En tal sentido, no existe condiciones materiales que justifiquen la convocatoria extraordinaria, ya que no basta la simple invocación de la seguridad para habilitar el ejercicio de una potestad, en observación del principio de separación de poderes que debe utilizarse de modo excepcional, debidamente motivada y sobre todo ante concurrencia de reales circunstancias fácticas que acrediten el interés de la República.

De lo anterior pudiera existir vicio de inconstitucionalidad en la convocatoria hecha por el Consejo de Ministros, y pondría en riesgo que la sesión de la Asamblea Legislativa se contamine, lo cual también afectaría a una eventual aprobación por parte de la Asamblea Legislativa la suscripción del préstamo de $109,000,000, de abordarse en dicha sesión.

Por último le menciona lo que dice el artículo 86 de la Constitución: “El poder público emana del pueblo. Los órganos del Gobierno lo ejercerán independientemente dentro de las respectivas atribuciones y competencias que establecen esta Constitución y las leyes. Las atribuciones de los órganos del Gobierno son indelegables, pero éstos colaborarán entre sí en el ejercicio de las funciones públicas.

Los órganos fundamentales del Gobierno son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial.

Los funcionarios del Gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley.”

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Carlos Ramos
Carlos Ramos
Periodista salvadoreño
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