Los diputados de la Asamblea Legislativa de El Salvador dieron luz verde a importantes modificaciones a la Ley Especial sobre Trasplante de Células, Tejidos y Órganos Humanos, con el objetivo de mejorar el acceso a tratamientos médicos relacionados con injertos y fortalecer el sistema nacional de donación. La normativa recibió el respaldo de 56 parlamentarios durante la sesión plenaria.
Entre los aspectos más relevantes de esta reforma destaca la garantía de mayor equidad en el acceso a trasplantes, gracias a un registro más inclusivo y con criterios claros de inclusión y exclusión, lo cual también incentivará la donación de órganos, tejidos y células.
Pacientes con enfermedad renal crónica, los más beneficiados
El ministro de Salud, Francisco Alabi, explicó ante la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente que los principales beneficiarios de esta reforma serán los más de 52,000 pacientes con enfermedad renal crónica, una de las afecciones que más impacta a los salvadoreños.
“Este procedimiento consiste en salvar vidas y mejorar el estilo de vida de las personas, especialmente cuando las enfermedades crónicas ya no responden a medicamentos”, declaró el diputado de Nuevas Ideas, David Cupido, quien respaldó la reforma.
Principales reformas a la Ley Especial de Trasplantes
Las modificaciones incorporadas abarcan aspectos técnicos y administrativos que permitirán una mejor implementación del sistema de donación y trasplante:
- Cambio de nombre del registro: Se sustituye “Registro Único de Compatibilidad para Trasplantes” por “Registro Único para Trasplantes” en varios artículos clave (4, 10, 12, 18, 48 y 49).
- Inclusión de salvadoreños en el exterior: Todo salvadoreño residente fuera del país podrá ser incorporado al registro, cumpliendo los criterios del reglamento respectivo.
- Nuevo ente avalador: El Comité Hospitalario de Donación y Trasplante será el encargado de validar a los pacientes aptos para recibir trasplantes, reemplazando a la Junta de Delegados del Consejo Salvadoreño de Trasplantes.
- Terminología actualizada: Se modifica el término “cadavérico” por “fallecido” en el Capítulo V.
- Enfoque humanitario: Se enfatiza el carácter voluntario, altruista y solidario en la promoción de la donación, de acuerdo con la reforma al artículo 39.
Derogación de definiciones
También fue derogado el numeral 21 del artículo 4, que definía “reacción adversa grave”, término considerado innecesario en el marco de la nueva normativa.