El Consejo de Derechos Humanos de la ONU encomendó a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, que le informe sobre el racismo sistémico, la “brutalidad policial” contra los afrodescendientes, y la violencia frente las protestas pacíficas, consecuencia de la repercusión internacional del asesinato de George Floyd en Estados Unidos, el 25 de mayo pasado.
Tras un debate promovido por los países africanos, en el que intervino por video conferencia, Philonise Floyd, hermano de la víctima, el texto de la resolución fue adoptado sin votación, por los 47 Estados integrantes del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, pese a que República Checa y Bahrain se disociaron del consenso, después de la adopción.
Según une repartición proporcional de acuerdo a las cinco regiones en el mundo en que se divide la ONU, América Latina y el Caribe, ocupan 8 escaños de los 47 que integran el Consejo. Se trata, por orden alfabético, de Argentina, Bahamas, Brasil, Chile, México, Perú, Uruguay y Venezuela. Todos sus miembros se van rotando anualmente y son elegidos por el voto secreto de la Asamblea General en Nueva York, el parlamento de Naciones Unidas. En las deliberaciones en Ginebra participaron la totalidad de 193 Estados que componen la ONU, que así lo quisieron.
El mandato otorgado a Michelle Bachelet estipula que debe presentar dos informes orales al Consejo, en septiembre próximo y en marzo del 2021, y un informe final escrito en junio siguiente, cuando se volverá a examinar la situación para apreciar sus resultados y resolver de su eventual continuidad, o finalización. Le recomendaron trabajar de común acuerdo con la decena de Relatores Especiales de la ONU concernidos por la problemática, expertos independientes quienes días atrás se expresaron de forma conjunta condenando el homicidio del afronorteamericano.
La resolución no apunta expresamente a los Estados Unidos, que renunció a formar parte del Consejo en 2018, pero su presencia es evidente a los largo del documento, donde el caso de George Floyd es mencionado cinco veces. Se lo vincula a la “continuidad” de la “discriminación racial” y a las “violentas practicas perpetradas por las “agencia legales” contra “los afrodescendientes”. Reclama particularmente que se “examine” la conducta sobre “el presunto uso excesivo de la fuerzas contra manifestantes, espectadores y periodistas”.
El documento recuerda también que la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 reconoce que todos los habitantes del planeta deben disfrutar de los derechos individuales y las libertades públicas, sin distinción de raza, color de piel, u origen nacional. Resalta particularmente una resolución de la Asamblea General de 1964 que puso en evidencia la “discriminación racial” existente en Estados Unidos, y pone en relieve la declaración de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) del 8 de junio último condenando el hecho.
Específicamente la resolución subraya la utilidad de los manuales difundidos desde el seno de la ONU sobre el respeto de los derechos humanos en el uso proporcionado de la fuerza por las agencias de “aplicación de la ley”, especialmente el empleo de armas de fuego, y los cuidados que deben observar las fuerzas de seguridad para con “los sospechosos y otras personas en custodia”.