Los diputados de la comisión financiera de la Asamblea Legislativa acordaron un dictamen favorable para reformar la Ley del Sistema de Tarjetas de Crédito, con el cual buscan eliminar las membresías y los sobregiros en estos productos financieros en un límite igual o inferior a los US$2,000.
Los diputados avalaron las enmiendas a la ley especial de tarjetas de crédito con las que se buscan corregir vacíos legales que daban paso a violaciones a los usuarios del llamado dinero plástico.
“Este es nuestro segundo acto de justicia financiera”, dijo la presidenta de la comisión y diputada por Nuevas Ideas, Dania González.
Las reformas, que serán llevada a votación en la sesión plenaria del próximo martes, también dan mayor protagonismo a la institucionalidad del Estado en lo relacionado a la regulación de cobros y a la vigilancia para el cumplimiento de la norma.
Al menos seis puntos contiene la reforma que pende de la aprobación del pleno legislativo. La incorporación de los términos “membresía” y “sobregiro” son uno de los aspectos que plantea la reforma, también agregan la prohibición que los emisores de tarjetas de crédito “la promoción reiterada o acoso en la oferta a tarjetas principales o adicionales que no hayan sido solicitadas expresamente por el cliente”.
Además, los parlamentarios de la Comisión de Hacienda explicaron el Banco Central de Reserva (BCR) tendrá un plazo de 30 días para emitir la normativa técnica correspondiente.
“Dentro de las reformas hemos dejado claro que se prohíbe, rotundamente, el cobro de membresías. Además, hemos especificado conceptos como los sobregiros”, diputada González.
Referente al tema de los sobregiros bancarios, es decir los pagos que se hace al banco tras exceder el saldo de la cuenta del tarjetahabiente, serán eliminados debido a que es una forma de enmascarar cobros adicionales para los salvadoreños.
Según las estadísticas obtenidas por los legisladores, el 50 por ciento de los salvadoreños llegan a sobregirar sus tarjetas de crédito.
Además, la reforma indica que la inactividad de una tarjeta no será causal para su cancelación, a menos que la entidad emisora o coemisora de la tarjeta notifica esta intención con 30 días de anticipación al titular; y que los cobros de esta inactividad quedan prohibidos también.
En cuanto a los sobregiros, los diputados establecen que queda prohibido la ejecución de operaciones con tarjetas de crédito cuando ya esté al límite máximo de su disponibilidad de de la línea de crédito aprobada. Sobre las membresías, fijan que están prohibidas siempre y cuando supongan un cobro adicional por el uso de la tarjeta asociada a una marca nacional o internacional.
Para que las entidades financieras hagan adendas respecto al tema de las membresías, la reforma establece una disposición transitoria que brinda 60 días para efectuarlas y notificar a los usuarios de las tarjetas de crédito.