martes, 16 abril 2024

Diputados acuerdan prorrogar la declaración de renta hasta 30 de junio

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La medida surge luego que el Gobierno presentara esta iniciativa al Parlamento para definir medidas fiscales que alivien a personas naturales y empresas afectadas por la emergencia nacional.

Los diputados de la Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa aprobaron por unanimidad ampliar el plazo para declarar estos impuestos hasta el 30 de junio, esto por medio de la Ley Transitoria para facilitar la presentación y pago del Impuesto sobre la Renta (ISR).

La medida surge luego que el Gobierno presentara esta iniciativa al Parlamento para definir medidas fiscales que alivien a personas naturales y empresas afectadas por la emergencia nacional.

De los cinco proyectos económicos presentados por el Ejecutivo, este fue el único que admitió en estudio el congreso salvadoreño.

Con esta ley, el Gobierno pretende dar un plazo adicional para declarar el Impuesto sobre la Renta del ejercicio fiscal 2019 -que se presenta hasta el 30 de abril próximo-; hasta el 30 de junio de 2020, según se explica en el artículo 1.

«Esta comisión de Hacienda aprobará las medidas que alivien su presentación de declaración y otras obligaciones fiscales para que se posterguen, que es lo que está preocupando a las empresas y también a personas naturales», aseguró la diputada de la fracción legislativa de ARENA, Margarita Escobar.

Con esta disposición se prorroga también el plazo para pagar el Impuesto sobre la Renta, cuando los contribuyentes soliciten pago a plazos ante la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Esta dependencia deberá dar un plazo máximo de siete cuotas mensuales y sucesivas para el pago del impuesto, debiendo cancelar la primera cuota del 10 % en junio. Este pago no tendría intereses, ni recargos, ni multas.

Si ya declaró, el contribuyente también tendría derecho a un pago en siete cuotas, aunque lo tendría que solicitar a Tesorería.

La prórroga también beneficiaría a grandes contribuyentes, aunque el plazo máximo será de cuatro cuotas y el pago de la primera cuota sería el 30 % del impuesto liquidado.

Asimismo, se daría una exoneración del anticipo a cuenta del ISR de abril, mayo y junio a sujetos clasificados como medianos o como «otros contribuyentes», aunque persisten los plazos de declaración.

Los plazos para nombrar el auditor fiscal en 2020, presentar dictamen fiscal, estados financieros, conciliaciones tributarias de acuerdo al Código Tributario se prorrogarían hasta el 31 de julio de 2020. También, se ampliaría por dos meses las obligaciones formales contenidas en las leyes tributarias no contempladas en el decreto y relativas a tributos internos y aduaneros que venzan en marzo a julio de 2020.

A pesar que el dictamen se aprobó por unanimidad, los grupos parlamentarios acordaron que solicitarán más información al ministro de Hacienda, Nelson Fuentes, sobre el artículo 8. Este apartado expone que ninguno de los beneficios fiscales sería aplicable a sujetos pasivos cuya actividad económica haya sido autorizada para su funcionamiento en la emergencia.

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