La versión del Comando II Ejército fue que Herzog se había suicidado, lo que fue corroborado por la jurisdicción castrense. En 1992, hubo una nueva investigación, la que fue archivada en aplicación de la Ley de Amnistía de ese año. El año 2007, el Ministerio Público Federal de Brasil recibió una petición para investigar el caso, tras la publicación del Informe de la Comisión de Muertos y Desaparecidos Políticos.
La solicitud fue archivada dos años después tomando como base la existencia de cosa Juzgada material, en referencia a la ley de amnistía; la inexistencia del tipo penal de crímenes de lesa humanidad en la legislación brasileña en el momento en que ocurrieron los hechos, y la prescripción de la acción penal en relación con los tipos penales que consideraba aplicables.El 4 de julio recién pasado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró al Estado de Brasil responsable por la falta de investigación, juzgamiento y sanción de los responsables de la tortura y asesinato del periodista Vladimir Herzog, así como por la aplicación de la Ley No. 6.683/79 ("Ley de Amnistía"). La Corte también consideró responsable al Estado por la violación al derecho a conocer la verdad y a la integridad personal en perjuicio de los familiares de Vladimir Herzog, quien había trabajado en el diario O Estado de Sí£o Paulo, y en la BBC de Londres. También era profesor universitario.
En 1978 el Sindicato de Periodistas Profesionales del Estado de Sao Paulo instituyó el premio Vladimir Herzog, que reconoce el trabajo de periodistas que colaboran en la defensa y promoción de la Democracia, de la Ciudadanía y de los Derechos Humanos y Sociales. Varias lecciones deja la sentencia de la Corte Interamericana para El Salvador. En el caso concreto del periodismo hay varios casos en los que podría aplicarse, aunque en particular me refiero al ocurrido hace casi cuatro décadas. El 11 de julio de 1980 sujetos armados ingresaron al café Bella Nápoles, punto de encuentro cotidiano de poetas, literatos, y periodistas en el centro de San Salvador.Raptaron a Jaime Suárez Quemain, de 30 años, junto a César Najarro, de 24, jefe de redacción y fotógrafo de La Crónica del Pueblo.
Los cuerpos de los comunicadores fueron encontrados horas después con señales de tortura, un hecho que anticipaba la brutalidad del conflicto armado. En esos días, El Salvador vivía bajo estado de sitio permanente, había toque de queda, y las condiciones para ejercer el periodismo eran cada vez peores. A miembros de cuerpos de seguridad combinados de la época, Policía Nacional, Guardia Nacional y Policía de Hacienda (desmantelados por los acuerdos de paz del 16 de enero de 1992), se les atribuye al menos 6 allanamientos entre el 24 de febrero y el 19 de noviembre de 1980, como parte de la espiral de violencia diaria. Queman y Najarro fueron víctimas de secuestro, tortura y homicidio por parte de supuestos miembros de cuerpos de seguridad, luego de varios actos de intimidación, semanas previas.
La situación socio política de El Salvador de esos años se ubica en el contexto de una realidad permanente en caso toda América Latina: los gobiernos estaban en manos de dictaduras militares en varios países, como Brasil Chile, Uruguay y Argentina, que aplicaron una política de combate feroz a los opositores políticos, en plena guerra fría; una de sus manifestaciones fue la Operación Cóndor. La caída de las dictaduras militares, la llegada de la paz a los países con conflictos armados, supuso aires democráticos; pero también la aplicación de amnistías con la lógica de perdón y olvido. La sentencia de la Corte Interamericana muestra la necesidad de conocer la verdad, obligación a la que están obligados los Estados, que la amnistía no valida el cometimiento de crímenes instigados y cometidos desde el Estado, el primer responsable de salvaguardar la integridad de los habitantes de un país.