miércoles, 11 diciembre 2024

CRISTOSAL y FESPAD avalan aprobación de Ley de Desplazamiento Forzado por la Violencia

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Este jueves ingresa al pleno el dictamen favorable de la Comisión de Legislación para que sea avalada por los diputados. El financiamiento para atender a las víctimas saldrá de partidas presupuestarias del Ministerio de Hacienda.

CRISTOSAL ve con satisfacción que la Comisión de Legislación de la Asamblea Legislativa haya aprobado por unanimidad un dictamen favorable para la Ley de Desplazamiento Forzado Interno por la Violencia.

El contenido, a juicio de dicha organización de derechos humanos, el contenido de la nueva normativa observa estándares mínimos contemplados en la normativa internacional sobre la materia, como los principios rectores de Naciones Unidas sobre desplazamiento interno.

En ese sentido, solicitó a todos los partidos políticos que se unan para aprobar la legislación en la sesión plenaria. Así como también, a aprobar este año los fondos que garanticen la atención directa a las víctimas.

Sin embargo, CRISTOSAL advierte como debilidad, que la normativa no establezca un monto presupuestario específico, ni el origen de los fondos. Pero  considera que esto no debería propiciar un retraso en la aprobación.

Celia Medrano, directora de CRISTOSAL opinó que el financiamiento de programas de este tipo de leyes carece de fondos en el Presupuesto General de la Nación por lo que reiteró que espera que sea aprobada la propuesta de ley de protección integral de personas en condición de desplazamiento forzado interno.

Mientras, Abraham Ábrego, manifestó que es una legislación integral, que va a abarcar el tema de la prevención, protección y soluciones duraderas. Considera que, aunque puede mejorarse en algunos aspectos, la aprobación es importante.

La aprobación de la Ley vendría a recocer oficialmente a las víctimas de violencia en condición de desplazamiento Forzado y no tendría lugar el veto.

Medrano recordó que únicamente en 2019 atendieron a más de 500 víctimas de desplazamiento forzado y en los últimos 3 años han atendido a 3 mil personas siendo en su mayoría mujeres de San Salvador , San Miguel , La Paz entre otras zonas.

El proyecto de ley que será sometido al pleno, reconoce, garantiza y protege los derechos fundamentales de las personas en condición de desplazamiento forzado interno, y aquellas que se encuentren en riesgo de serlo, mediante el establecimiento de procedimientos de prevención y articulación de un sistema de atención eficiente y con enfoque humanitario que incluya soluciones duraderas.

Queda claro en el anteproyecto de ley, que las personas desplazadas tienen derecho a solicitar y recibir asistencia humanitaria durante y después del desplazamiento.

En ese sentido, se proporcionará asistencia a las personas afectadas, si estas no contasen con los elementos y recursos necesarios para su subsistencia mínima, a partir de un análisis de necesidades relacionadas a la atención médica y psicológica, alimentación, vestido, aseo personal, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina, transporte de emergencia y alojamiento, entre otras prerrogativas.

Por su parte la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), sostiene que el desplazamiento forzado es un fenómeno presente en el país desde hace décadas, como consecuencia de las múltiples violencias que lo han causado. El Estado ignoró por mucho tiempo su responsabilidad de proteger jurídicamente a las miles de personas afectadas; ante tal desatención, otros actores fueron quienes contribuyeron a afrontar las diferentes afectaciones de los derechos humanos que el fenómeno genera.

Esa omisión estatal se modificó con la resolución del “amparo 411-17 de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que ordenó a distintas instancias estatales: a) reconocer a las víctimas y categorizarlas normativamente; b) diseñar e implementar políticas públicas y protocolos de actuación orientados a prevenir el desplazamiento; c) realizar medidas de protección a personas desplazadas y garantizarles la posibilidad de retorno a sus residencias; d) celebrar convenios de cooperación a nivel nacional e internacional para asegurar la protección de víctimas y testigos..

Consideramos positiva la decisión legislativa de acelerar el proceso de emisión de la Ley, siendo necesario robustecer los procedimientos de consulta a diversos actores, fundamentalmente a las víctimas de desplazamiento forzado que conocen de primera mano las graves afectaciones que genera el fenómeno.

No obstante la connotación positiva de la decisión legislativa, creemos que aún hay aspectos que deben ser mejorados en el texto de la ley para garantizar la adecuada protección de las víctimas de desplazamiento.

Es importante reforzar la propuesta de Ley teniendo en cuenta los Principios rectores de desplazamiento interno de las Naciones Unidas, que constituyen una guía básica para abordar la problemática. Algunos aspectos de los Principios pueden ser incorporados en el artículo 5 del proyecto de ley que trata sobre los derechos de las víctimas.

En lo que respecta al ente encargado de la atención y protección de las víctimas de desplazamiento forzado denominado “Sistema Nacional de Atención y Protección Integral a personas en condición de desplazamiento forzado interno” (SINAPI), FESPAD considera que debería incluirse como parte de la Comisión Técnica Interinstitucional para la Atención y Protección de las Personas en Condición de Desplazamiento Forzado Interno, al Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISMDEMU), al Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (CONNA) y a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), y buscar la representación de las municipalidades dentro del sistema.

Se espera que el dictamen sea avalado por todos los grupos parlamentarios para que la normativa entre en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado que el plan de gastos del estado 2020 ya fue aprobado, el Ministerio de Hacienda deberá contemplar un refuerzo presupuestario para atender a las víctimas. Para el 2021, los fondos para la ejecución de la ley tienen que ir contemplados en el proyecto de Presupuesto General, cuando se presente en septiembre de este año.

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Carlos Ramos
Carlos Ramos
Periodista salvadoreño
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