martes, 11 febrero 2025

Aprueban ley que permitirá ejecutar proyectos de infraestructura en los 262 municipios

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La ley permite que luego de admitida la demanda por parte de la DOM el juez podrá “autorizar los trabajos correspondientes a las obras o proyectos que se requiera ejecutar”

La Asamblea Legislativa avaló con 62 votos la Ley de Dominio Eminente para Obras Municipales e Institucionales con la que se busca desarrollo económico y social en todo el país, a través de la ejecución de diferentes obras de infraestructura.

La normativa reforzará el trabajo que ejecutará la recién creada Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM), que se encargará de verificar la calificación, aprobación, contratación y ejecución de los proyectos de interés social.

Según la nueva normativa, la DOM se encargará de aprobar, gestionar, ejecutar y vigilar que los proyectos y obras solicitados por las 262 alcaldías ejecuten con transparencia para disminuir la situación precaria en la que se encuentran alguna de las comunidades del país.

La diputada Marcela Pineda, de la bancada cian, destacó que la ley es parte esencial para la ejecución de proyectos municipales.

“La ley de Dominio Eminente de Inmuebles para Obras Municipales se suma a ser una herramienta fundamental para el DOM, esto le permitirá a dicha institución ejecutar los debidos procedimientos para el desarrollo de las diferentes obras en los territorios”, dijo.

La ley, en sus 12 artículos, se refiere a la ejecución de obras municipales y su base radica en la Constitución, por lo que se establece con un marco judicial el cual aporta garantías, como defensa y seguridad jurídica.

Por su parte, la diputada de Nuevas Ideas, Rebeca Santos, aseguró que los opositores tienen un discurso equivocado ante el significado de la ley.

“El compromiso de la bancada cian es grande y estamos aquí para hacer un cambio. (…) Son unos hipócritas al hablar de leyes que ya estaban. Cuando ven que, por fin, habrá una dirección que garantizará las obras y proyectos en los municipios, la oposición solo busca excusas. Antes, nunca funcionaron a promover el desarrollo local ”, señaló.

El artículo 1 de la Ley de Dominio Eminente de Inmuebles para Obras Municipales establece que “los propietarios o poseedores de inmuebles, que se consideren de interés público, podrán ser privados de sus derechos de propiedad o intereses patrimoniales legítimos, previa declaración de utilidad pública o de interés social y con una justa indemnización”.

Por su parte, el artículo 2 se menciona que “será competente para conocer los procesos de dominio eminente de inmuebles para obras municipales, el juez de primera instancia con jurisdicción en materia civil, del domicilio del demandado o del lugar donde se encuentra situado el inmueble”.

La ley también permite que luego de admitida la demanda por parte de la DOM el juez podrá “autorizar los trabajos correspondientes a las obras o proyectos que se requiera ejecutar”.

Además en el artículo 6, la ley expresa que dos peritos “valuarán detalladamente los bienes incluyendo todos los accesorios del predio y deberán pronunciarse sobre el importe de la indeminización a pagar por cada uno de los inmuebles”.

“Esta Ley que aprobarán da respaldo legal para que la DOM quite su propiedad o su casa, lo legal sería hacerlo bajo la vía judicial. En el art. 5 ya dan por hecho que quitarán el inmueble que les parezca y a los salvadoreños solo les quedará aceptar el dinero que les dé”, expresó la diputada por ARENA, Rosy Romero.

Por su parte, el oficialista Felipe Interiano, mencionó que “esta iniciativa de ley es una de las herramientas que necesita la DOM para realizar proyectos que mejorarán la calidad de vida de los salvadoreños en los diferentes municipios”.

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Redacción ContraPunto
Redacción ContraPunto
Nota de la Redacción de Diario Digital ContraPunto

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