Se avecinan las elecciones del 2024, un acontecimiento que sentará un nuevo precedente en la historia de El Salvador y que pondrá a prueba una vez más al sistema electoral del país en cuanto a efectividad, confiabilidad y transparencia, pues se implementarán nuevas modalidades de voto para la diáspora salvadoreña, que están consignadas en la reciente Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero, aprobada el 18 de octubre en la Sesión Plenaria Ordinaria nº 78 de la Asamblea Legislativa y en vigencia desde el pasado 16 de noviembre. Corresponden a la votación remota por internet y la electrónica presencial.
Como ya ha sido anunciado, dicha ley será aplicable únicamente en la elección de presidente y vicepresidente de la República, así como diputados a la Asamblea Legislativa, que serán celebradas el 4 de febrero de 2024, según lo anunciado por la magistrada presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Dora Martínez, en agosto de este año.
Se deja fuera a la diáspora, por lo tanto, de la posibilidad de emitir el sufragio para la elección de los diputados del Parlamento Centroamericano (PARLACEN) y los Consejos Municipales, que se desarrollarán en una fecha aparte, el 3 de marzo de 2024, de acuerdo con Martínez. Esto indica que aún falta trabajo por hacer para perfeccionar el marco jurídico.
En efecto, elegir a los gobernantes es un derecho de los salvadoreños, independientemente si se encuentran dentro o fuera del territorio que los vio nacer; en ese sentido, deben generarse condiciones de accesibilidad y confiabilidad en el proceso electoral. Al menos eso es lo que promete la nueva normativa, un sistema de votación que garantice el ejercicio libre, igualitario, transparente, personal y secreto.
El reto del Tribunal Electoral es grande, pues son comicios que demandarán más esfuerzo y planificación que lo usual, por ende, es preocupante el tiempo que dispone para preparar todo el equipo humano e informático, que aseguren un evento electoral libre de errores, donde se respete la decisión del soberano y, principalmente, en el que prevalezca la transparencia como mecanismo de autenticidad y credibilidad de la actividad democrática.
Según la referida ley, el sistema de votación remota por internet y de votación electrónica presencial deberán estar definidos por el TSE al menos ocho meses antes de las elecciones, incluyendo todos los mecanismos de auditoría informática; esto significa que tienen que estar listos a más tardar en junio de 2023, es decir, dentro de pocos meses.
A esto se le suma que el Tribunal deberá contratar a un tercero, para ejecutar la implementación del sistema de votación desde el exterior. De momento se desconocen empresas candidatas para asumir tal responsabilidad, pero es importante mencionar que la futuramente seleccionada cuente con un récord limpio, fuera de señalamientos de fraude, sino al contrario, un historial de procesos exitosos.
Por otro lado, el TSE tiene que garantizar un mecanismo de auditoría o de comprobación, donde los diferentes partidos políticos en contienda puedan constatar la veracidad de los datos en el sistema.
En definitiva, el voto en el exterior bajo estas modalidades ha sido avalado por unos y criticado por otros. Queda en manos de las autoridades electorales del país que este proceso democrático tenga la credibilidad que demanda la población. Esto solo se logrará a través de la transparencia antes, durante y después de los comicios; asimismo, de la efectividad del sistema de votación y resultados, los cuales previamente tendrán que someterse a una serie de pruebas, para descartar errores que reduzcan la confianza del evento electoral.