domingo, 14 abril 2024

Sala resolverá prórroga solicitada por la AL esta semana

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El magistrado del tribunal constitucional, Aldo Cader, dijo a ContraPunto, que con base a lo presentado por los diputados, harán sus propias valoraciones, y aclaró que hasta cierto punto no era esencial que en el escrito especificaran cuánto tiempo necesitan para aprobar la Ley Especial de Justicia Transicional y Restaurativa para la Reconciliación Nacional.

Luego de que la Asamblea Legislativa cayera en desacato por no aprobar el 13 de noviembre pasado la Ley Especial de Justicia Transicional y Restaurativa para la Reconciliación Nacional, este viernes esperan una repuesta de la Sala de lo Constitucional para que les notifique de cuánto tiempo contarán para comenzar nuevamente el estudio del proyecto de ley.

Como ya se sabe, en el 2016, la Sala de lo Constitucional declaró violatoria de la Carta Magna la Ley de Amnistía General de 1993; y en la sentencia estableció que la Asamblea debía crear una normativa apegada a cuatro principios: a la verdad, a la justicia, a la reconciliación y al compromiso de no repetición de crímenes de lesa humanidad.

La Sala emitió una resolución en julio de 2018 obligando a la Asamblea a elaborar una ley que repare el daño a las víctimas de la guerra y para ello, le dio un año a la Asamblea, hasta el 13 de julio de 2019, sin embargo, los diputados no cumplieron el mandato. Entonces los magistrados les otorgaron cuatro meses más, periodo que venció el 13 de noviembre.

La discusión de este tema ha sido complicada desde sus inicios. En mayo de este año, la Comisión Política creó una subcomisión para que estudiara los insumos que dejó la desactivada comisión ad hoc que analizó la sentencia contra la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz (1993) y elaborara un anteproyecto de ley de reconciliación.

La subcomisión quedó integrada por los diputados Roberto Angulo del Partido de Concertación Nacional (PCN), como coordinador; Julio Fabián de Alianza Republicana Nacionalista (Arena), Damián Alegría del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), y Jorge Mazariego del Partido Demócrata Cristiano (PDC).

Comenzaron entonces a construir una calendarización de trabajo. Tomaron en cuenta los insumos obtenidos en los foros consultivos y la base los dos proyectos de ley.

Los proyectos en referencia, fueron trabajados por la subcomisión retomando el trabajo que realizó la Comisión Ad hoc que estudió la sentencia en referencia y que fue avalado por (ARENA, PCN y PDC); y el otro se derivó del trabajo de las organizaciones sociales de derechos humanos y asociaciones de víctimas del conflicto armado, apoyado por el FMLN y Cambio Democrático.

A la postre, la labor encomendada por la Comisión Política a la subcomisión especial, no cumplió con los parámetros que se habían fijado e incluso, el mismo coordinador de la instancia, el diputado Angulo mostró su decepción.

Hoy, la Sala de lo Constitucional los debe sacar del atolladero en el que está la Asamblea que cayó en desobediencia al no cumplir con el mandato de los magistrados.

 El magistrado Cader manifestó que ya tienen en sus manos los dos proyectos, también los parlamentarios presentaron constancias del trabajo que realizaron “y son insumos que nos van a servir para tomar la decisión más correcta”.

Reconoció que en estos casos, en donde se ven involucrados por parlamentos, como en todas partes del mundo, los tribunales constitucionales deben ser receptivos y evaluar por qué no se cumplió con la ley o los plazos.

Además, Cader recordó que una organización humanitaria había pedido prórroga. Se refiere al Laboratorio de Investigación y Acción Social Contra la Impunidad, que lideran Benjamín Cuéllar y Pedro Martínez, que también será tomada en cuenta para valorar si procede o no y tomar una decisión. La misma entidad humanitaria interpuso otro recurso igual el 16 de octubre del presente año, a fin de que se prorragara el estudio de la referida ley.

Extraoficialmente, se ha conocido en la Asamblea, que algunos diputados tienen interés en derogar la Ley de Reconciliación Nacional aprobada el 23 de enero de 1992 y que aún está vigente, ya que contempla la acción penal contra los que cometieron crímenes de lesa humanidad y violaciones a los derechos humanos durante el conflicto armado (1979-1992).

Esta normativa de 9 artículos, establece en la disposición número 6: “No gozarán de esta gracia (suspensión de las acciones penales), las personas que, según el informe de la Comisión de la Verdad, hubieren participado en graves hechos de violencia ocurridos desde el 1º de enero de 1980, cuya huella sobre la sociedad, reclama con mayor urgencia el conocimiento público de la verdad, independientemente del sector a que pertenecieren en su caso.

Así mismo, no se aplicará esta gracia a los que hubieren sido condenados por el Tribunal del Jurado por cualquiera de los delitos cubiertos por esta amnistía.

El magistrado constitucionalista precisó que en efecto, esta ley contempla la acción penal contrario a la que se declaró inconstitucional, es decir, la de 1993. Recalcó que estarán atentos para tomar la mejor decisión la otra semana.

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Carlos Ramos
Periodista salvadoreño
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