La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) estableció este martes al Tribunal Supremo Electoral (TSE) acate la Ley de Partido Políticos, y emita una resolución sobre la cancelación de los partidos Cambio Democrático (CD) y Partido Social Demócrata (PSD) al no cumplir los requisitos de ley en las elecciones legislativas y municipales de 2015 para seguir vigentes.
Los demandantes de la inconstitucionalidad y el TSE, quien inaplicó la norma, manifestaron que el artículo 47 inciso uno, litarles C y G de la mencionada ley, vulneraba el principio del pluralismo político al ordenar la cancelación de aquellos partidos políticos que ““individualmente considerados o en coalición”“ no logren alcanzar 50,000 votos válidos a su favor.
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Sin embargo, la Sala consideró que dicho artículo no es inconstitucional, ya que los demandantes evaden la medición de representación democrática es decir, la capacidad de los resultados electorales para evaluar el rechazo tácito de las ofertas electorales que no satisfacen las expectativas de los ciudadanos; Y en segundo lugar, porque no justifican por qué el artículo objetado es incompatible con la Constitución.
“El TSE debió aplicar dicha norma y, por tanto, tomar una decisión con base en ella. Al no hacerlo, debido a que la decisión no fue tomada con el quórum de votación necesario (mayoría calificada y no mayoría simple) se le ordena que emita las resoluciones correspondientes en cada uno de los procesos de cancelación de los partidos políticos, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 47 inciso 1 letras c y g de la Ley de Partidos Políticos y lo explicado en la sentencia”, expresa la Sala.
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Agrega que el propósito es reconocer los resultados electorales producidos en el proceso eleccionario legislativo del año 2015 y la capacidad de estos para, por una parte, medir el rechazo tácito de las ofertas electorales que no satisfacen las expectativas de los ciudadanos y, por otra, incidir en la configuración del sistema plural de partidos políticos.
Bukele y CD reaccionan
Tras esta resolución, Nayib Bukele, aspirante presidencial por el partido en formación Nuevas Ideas y en coalición con el CD, calificó esta decisión como golpe a la democracia.
“Para los que decían que nos estábamos victimizando, que la Sala no golpearía así nuestra democracia, que todo era un show para ganar votos: Este día, violando el artículo 77F de la ley de Procedimientos Constitucionales y el artículo 47 de la LPP, la Sala canceló el CD”, escribió Bukele en sus redes sociales.
Igual rechazo mostró Federico Anliker, secretario general del partido Nuevas Ideas.
“La Sala acaba de dar su resolución de cancelar al CD. Un claro ejemplo que la democracia en este país va hacia un abismo. A los mismos de siempre no les importa y lo hacen con descaro. ¡Dios ampare a este pueblo!”, dijo Anliker en su cuenta de Twitter.
Asimismo, el diputado y secretario general del CD, Juan José Martel, dijo que se trata de una sentencia política sin base jurídica.
“¿Cómo se puede ordenar al TSE que continúe un proceso que finiquitó hace tres años? El TSE declaró inaplicable un artículo de la Constitución. Además es la primera vez que se quiere señalar una inconstitucionalidad con efecto retroactivo. Esto es gravísimo para la seguridad jurídica”, dijo Martel.
Luego que Bukele anunciara su alianza con el CD para buscar la Presidencia de la República, la Sala revivió esta sentencia. Además, el máximo tribunal del país lo hace a cinco días de culminar sus nueve años de gestión.
Con esta sentencia, será el TSE quien tenga la última palabra sobre el futuro político tanto del CD como del PSD, este último, ya cancelado tras incumplir requisitos para seguir vigentes en la pasada elección del 4 de marzo
La sentencia de inconstitucionalidad fue firmada por unanimidad por los magistrados José Armando Pineda, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco y Rodolfo González.