lunes, 6 mayo 2024
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Recomendación a futuras personas magistradas

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Las personas que próximamente asumirán en las magistraturas de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, deberán tener claridad que su principal responsabilidad es juzgar, en los diferentes ámbitos del máximo tribunal nacional, respetando y cumpliendo la Constitución y las leyes de la República.

Jamás deberán resolver a la ligera los diversos recursos que presenta la ciudadaní­a, los que dentro del tiempo prudencial que establece el debido proceso deberán estudiar con acuciosidad teórica y fundamentados en la Ley para hacer lo que se espera que hagan: “Vigilar que se administre pronta y cumplida Justicia, para lo cual adoptara las medidas que estime necesarias” lo dice el numeral 5to. Del art. 182 de la Constitución.

Posiblemente no siempre se sientan satisfechos de las resoluciones dictaminadas, sobre todo cuando la Ley no responda a sus deseos, pero al haber aceptado la responsabilidad de asumir las exigencias de hacer cumplir las leyes de la República, la Magistrada y/o el Magistrado deberá actuar profesionalmente, ser respetuoso de la institucionalidad y controlar el cumplimiento de la Constitución por el funcionariado que ejerce el gobierno del Estado.

Las personas que asumen las magistraturas en la Corte Suprema de Justicia saben o deben saber que, en el desempeño de la función pública su único sometimiento es a la Constitución y demás leyes de la República como lo establece el art. 172 de la C en el inc. 3ro. cuando estipula: “Los Magistrados y Jueces, en lo referente al ejercicio de la función jurisdiccional, son independientes y están sometidos exclusivamente a la Constitución y a las leyes.”

Lo anterior los exime de sentirse comprometidos con intereses partidarios, corporativos, religiosos u otros que solo benefician a determinados sectores de la sociedad, que por ambición de poder, mezquindad, beneficios inmerecidos, falta de solidaridad, fanatismo, megalomaní­a, u otras deficiencias de la naturaleza humana apartan u olvidan el bien común que es el valor fundamental del Derecho en que se fundamentan las Repúblicas.

La función que desempeñan en las diferentes magistraturas la deberán cumplir con la autonomí­a que les otorga la Ley, pero además tienen que ser valientes en el sentido de no dejarse someter por poderes fácticos que pudieran, con matonerí­as u ofrecimientos monetarios o de otro tipo, corromper su trabajo institucional y su dignidad como profesionales probos.

Quienes sean elegidos por méritos propios deben sentirse libres e independientes de polí­ticos y/ o fracciones polí­ticas que votaron para su elección, es obligación de la función legislativa y ustedes no les deben ningún favor, vuestra única responsabilidad en la magistratura es con la Republica que es de todas y de todos, la cosa del común, en donde lo que debe de prevalecer es la justicia que es otro valor fundamental en los Estados Constitucionales de Derecho.

Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia al ser personas honestas o como dice la Constitución de “moralidad y competencia notoria” art. 176 C. estarán en la capacidad de demostrar en la práctica su honradez personal e institucional y no permitirán que la corrupción prolifere en la República.

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El contenido de este artículo no refleja necesariamente la postura de ContraPunto. Es la opinión exclusiva de su autor.

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