jueves, 10 octubre 2024

Proyecto de ley reconciliación debilita herramientas jurí­dicas para aplicarla

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Los procesos inician y se desarrollan con base en un marco legal que el documento de la subcomisión ha dejado ambiguo, a pesar de las claras indicaciones de la Sala de lo Constitucional.

La subcomisión que trabaja en un anteproyecto de ley que se aplicará a los crí­menes de la guerra dejó un vací­o en su más reciente propuesta, que hará más difí­cil aplicar la normativa, según el análisis que un experto abogado constitucionalista compartió en exclusiva con Contrapunto, pero bajo condición de anonimato.

En 2016, la Sala de lo Constitucional resolvió que la Ley de Amnistí­a General (1993) era inconstitucional. En su sentencia, la Sala estableció que se debí­a sustituir esa ley por una que sí­ permitiera resolver los crí­menes y sancionar en función de la verdad, justicia, reparación y garantí­as de no repetición. Esta responsabilidad la asumió la Comisión Polí­tica de la Asamblea, que designó una subcomisión para encargarse de este anteproyecto especí­fico.

El abogado constitucionalista, que conoce con detalle este tema, señaló que la más reciente propuesta de la subcomisión eliminó dos elementos fundamentales para poder aplicar la ley con éxito. “Se suprime del anterior anteproyecto, lo relativo al ámbito de aplicación personal de la ley, y lo que se refiere al derecho penal y procesal penal aplicable”, sostuvo.

Significa que ya no incluye las herramientas para indicar a qué personas imputar en un proceso, ni con qué código se desarrollarán los procesos penales, es decir, cuando el caso ya se ha activado en los tribunales de justicia.

Ya este mismo experto habí­a criticado la versión de la normativa de la comisión ad hoc, por considerar que habí­a dejado “ví­as de escape” para la impunidad. Ahora, señaló, están casi en lo mismo. “El texto del nuevo anteproyecto de ley sigue siendo el mismo que proviene de la Comisión ad hoc conformada por la Asamblea Legislativa”, detalló.

En el primer proyecto, el de la comisión ad hoc, se estableció que estarí­an sujetos a la ley todos aquellos que hubiesen cometido crí­menes de guerra o graves violaciones a los derechos humanos, sin importar el bando del que formaban parte. Para ello delimitó la fecha que la misma Sala definió en su sentencia: desde el 1 de enero de 1980 hasta el 16 de enero de 1992. Este nivel de detalle fue eliminado.

“Al suprimirse el ámbito de aplicación personal de la ley, se genera una confusión o indefinición de los sujetos a quienes se les va a aplicar la misma, lo cual contradice la sentencia de la Sala de lo Constitucional”, advirtió el constitucionalista. Pero este cambio “contradice la sentencia de la Sala de lo Constitucional, que sí­ determina claramente que son los autores materiales e intelectuales de ambas partes, los que deben responder” con sanciones penales y civiles, sin opción a amnistí­a.

Pero el autor del análisis, que tiene amplio conocimiento de cómo ha evolucionado esta situación en el paí­s, advirtió que también va en contra de los Acuerdos de Paz, en su Capí­tulo I, punto 5, bajo el tí­tulo “Superación de la Impunidad”. El texto de esa parte de los Acuerdos consigna que “las Partes igualmente reconocen, de que hechos de esa naturaleza, independientemente del sector al que pertenecieren sus autores, deben ser objeto de la actuación ejemplarizante de los tribunales de justicia, a fin que se aplique a quienes resulten responsables de las sanciones”.

Con la reciente propuesta de la subcomisión también quitaron la especificación sobre los instrumentos de derecho a utilizar para las etapas del proceso en las que el caso está armado y se lleva ante la justicia (derecho sustantivo aplicable y derecho procesal aplicable). Los crí­menes ocurrieron cuando en el paí­s estaban vigentes códigos y otras normas que ya están actualizadas o fueron sustituidas. En la versión anterior, quedaba claro que se usarí­a la normativa vigente, pero ahora en este informe no es posible identificarlo.

“Al omitirse la determinación del derecho penal y procesal penal aplicable en los casos sujetos a investigación, juzgamiento y sanción penal, se genera incertidumbre y confusión respecto al derecho aplicable en los casos del pasado”, comentó el experto. Esta confusión ha sido un obstáculo para los 13 casos de crí­menes de guerra que se han vuelto a abrir. Esta especie de área gris también fue una de las preocupaciones de la ONU a principios de mayo, precisamente sobre la elaboración de una nueva ley de reconciliación.

La subcomisión continúa activa. Los diputados que la integran esperan tener resultados lo más pronto posible, pues el lí­mite para entregar resultados es el 13 de julio. Sin embargo, la meta que se han trazado es aprobar la ley antes del cambio de Gobierno el 1 de junio.

Este nuevo proyecto se llama “Ley de justicia transicional y restaurativa para la reconciliación nacional”, indicó el abogado que envió su análisis a Contrapunto.

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Redacción ContraPunto
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Nota de la Redacción de Diario Digital ContraPunto
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