El titular de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), David Morales, pidió a la Fiscalía General de la República (FGR) que investigue con “celeridad, diligencia y efectividad” las denuncias interpuestas por las familiares de víctimas de desaparición forzada durante el conflicto armado salvadoreño (1980-1992).
Asimismo insta a la Fiscalía a que identifique e individualicen responsabilidades de los violadores de derechos humanos durante la guerra. El llamado lo hizo en el marco de la conmemoración de la “Semana internacional de las víctimas de desaparición forzada”, cuyo fin es incidir ante las instituciones del Estado a cumplir con el compromiso de preservar la memoria de las víctimas, el conocimiento de la verdad, la justicia y las reparaciones.
Morales llamó a la entidad a que haga valer lo ordenado en las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en los casos de niñas y niños desaparecidos durante el conflicto armado, para que los familiares accedan a la justicia en estos casos.
El Salvador ya ha recibido sentencias por desapariciones forzadas, La primera sentencia que recibió el Estado por la niñez desaparecida de la guerra fue el 1 de marzo de 2005 por el caso de la desaparición forzada de las hermanitas Serrano Cruz. En su dictamen la CorteIDH dijo que el Estado violó el derecho a la integridad personal, asimismo le impuso que debía pagar por concepto de indemnización del daño inmaterial ocasionado a las víctimas y sus familiares, entre otras.
La segunda sentencia fue dada a conocer en octubre de 2011 y contiene la denuncia de las desapariciones forzosas de Ana Ramírez y Carmelina Mejía, desaparecidas en 1981; Gregoria, Serapio Cristian y Julia Contreras, en 1982 y José Rubén Rivera, quien desapareció en la Hacienda La Joya en San Vicente. Todas las desapariciones fueron atribuidas a miembros de la Fuerza Armada.
La última sentencia recibida fue por a la desaparición de cuatro niños y una niña entre los años 1980 y 1982. El caso por el que el país recibió la sentencia lleva por nombre “Caso Rochac Hernández y Otros”.
“En relación a las medidas y programas de reparación a las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos, especialmente a las madres y familiares de los desaparecidos, iniciadas por el gobierno y en el cumplimiento de las recomendaciones de las Sentencias de la Corte IDH; manifestó que deben ejecutarse con celeridad y efectividad”, cita el comunicado de la PDHH.
Por otro lado, Morales insta a la Sala de lo Constitucional, a no seguir retardando la justicia en relación al proceso de inconstitucionalidad sobre la Ley de Amnistía.
La desaparición forzada es considerada por el derecho internacional como una de las peores formas de violaciones a los derechos humanos, constituye un crimen de lesa humanidad y un delito continuo y permanente, cuyos efectos se prolongan en el tiempo mientras no se establezca el paradero de la víctima o sus restos mortales. Esto lo hace un delito imprescriptible y respecto del cual no son aplicables las amnistías u otras excluyentes de responsabilidad penal.