jueves, 7 noviembre 2024

Multas severas a quienes no pongan identificación y dejen deambulando a sus perritos

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Los diputados aprobarían el martes el dictamen favorable a reforma al Código Penal para castigar con prisión a los maltratadores de animales.

La falta de placa o microchip en un perrito y que este ande deambulando en la calle, le generará una severa multa de entre US$365 hasta los US$ 1 mil 95 al propietario del canino, según una de las medidas que la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales emitió para que se reforme los artículos 261 y 263 del Código Penal.

El no tener un animal de compañía debidamente identificado será infracción leve, ya que la ley anterior, contenía la identificación obligatoria, tenía como multa máxima de $365.

Sin embargo, la falta de identificación será infracción “muy grave” cuando el propietario permita que el animal “esté en la vía pública sin identificación y sin supervisión” a excepción de los gatos que pueden “permanecer sin supervisión”. En este caso, la multa oscilará entre US$2,190 y US$3,650 (6 y 10 salarios mínimos).

Las multas serán impuestas por una unidad que será creada en cada una de las 262 alcaldías, estas tienen un plazo de 30 días después de la vigencia de la ley para emitir una ordenanza.

La nueva Ley especial de protección y bienestar animal aprobada el 25 de enero de 2022 por la Asamblea Legislativa menciona al microchip como una alternativa de identificación a la tradicional placa, aunque la ley anterior no lo prohibía. La obligación “g” del artículo 10, de las obligaciones de los responsables de los animales de compañía, reza: “g) Identificar a su animal de compañía mediante una placa o microchip”.

El microchip es un pequeño sistema electrónico con un código que contiene los datos del animal y se inserta debajo de su piel. Este puede detectarse con un dispositivo de escaneo.

En todo caso, lo obligatorio sigue siendo que los animales anden identificados con cualquiera de los mecanismos, placa o microchip. Lo nuevo de la ley del 25 de enero, en este tema, es que las alcaldías están obligadas a aprobar una ordenanza que aplique multas: tienen 30 días para hacerlo.

Esta nueva normativa, que inicia su vigencia dos meses después de su publicación en el Diario Oficial, crea el Centro de Bienestar Animal (IBA) que llevará un registro de los animales de compañía reportados por sus responsables, dará permisos a comercios, criaderos y servicios de animales, y además custodiará los animales silvestres en un nuevo lugar distinto al Parque Zoológico Nacional de El Salvador.

También, las enmiendas buscarán castigar con prisión de dos a cuatro años a toda persona que cause maltrato o acto de crueldad, mutile, lesione de forma permanente, mate a un animal de compañía o practique zoofilia.

Las reformas incluyen la redacción del artículo 261-A y enmiendas al artículo 263 del Código Penal fueron presentadas al parlamento en enero pasado por el Gobierno del presidente Nayib Bukele.

“Este Gobierno está con ustedes y sepan que desde las instituciones de justicia estamos firmes en combatir estos delitos”, dijo en aquella ocasión el ministro de justicia y seguridad pública, Gustavo Villatoro.

Las reformas a la ley penal también establecen, paralelamente a lo condena por prisión, que los juzgados no puedan tener animales durante el tiempo que dure la condena que ha sido dictada por un juez.

Las enmiendas al Código Penal son avaladas luego de la aprobación de la ley de bienestar animal que también contempla sanciones económicas y trabajo de utilidad pública para quienes maltraten animales de compañía.

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