lunes, 15 abril 2024

La institucionalidad debe respetarse

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Muchas veces me he referido al beneficio que implica para la ciudadaní­a que todas las personas sin ninguna distinción de cargo, posición u origen respetemos el Estado Constitucional de Derecho, el  que se fundamenta en la institucionalidad que le proporcionan las leyes a la Republica, creo que  ser reiterativa al respecto es válido, porque debemos tenerlo presente, siempre,  para no caer en inconstitucionalidades sobre todo los y las funcionarias del Estado que deben no solo predicar  el respeto a nuestras leyes, sino demostrarlo con el ejemplo vivido en sus diversas acciones.

El irrespeto a las leyes de la República por el funcionariado, sea este elegido o nombrado, por muy legí­timo y legalizado que sea su nombramiento se le puede revertir, porque las leyes son el asidero legal para legitimar sus polí­ticas públicas y al contrario si él o ella no dan debido cumplimiento a las leyes le están mandando un mal mensaje a la población quienes podrí­an hacer lo mismo e irrespetar, ellos también, las leyes que garantizan la institucionalidad del Estado Constitucional de Derecho.

Nuestra Constitución es la base fundante de nuestro Estado, en ella se tipifica su gobierno como Republicano, Democrático y representativo, art. 85 en donde las leyes secundarias y demás, son desglose o procedimientos para establecer los derechos fundamentales de la población.

La ciudadaní­a debe tener claridad que si no se respetan las leyes, estamos vulnerables y/o indefensos ante posibles arbitrariedades que poderes fácticos sean estos polí­ticos, económicos, religiosos u otros quieran y puedan imponer, decisiones que aun cuando la intensión  sea solucionar algunos problemas, pueden dar pie para destruir el Estado Constitucional de Derecho y viciar la institucionalidad haciendo un Estado en donde el poder de las fuerza prime sobre el poder de la racionalidad que se expresa en las leyes de la República.

Es real que no siempre las leyes son lo más adecuado para solventar situaciones diferentes a las vividas al momento histórico de su formulación legal, pero mientras están vigentes se  tienen y deben respetar, en tanto se pueda seguir los procedimientos que sean necesarios para hacer los cambios que respondan a las necesidades actuales de la población; si esto no se hace el quehacer polí­tico se vuelve arbitrario y peligroso porque no hay ninguna garantí­a para la generalidad ciudadana a quienes el funcionariado se debe.

Quienes ejercen la conducción del paí­s nunca deben olvidar que al ser delegados del pueblo sus facultades son las que expresamente les da la ley, lo dice el art. 86 de la Constitución en el último inciso, y que si se actúa al margen de ella se viola el principio de legalidad que es fundamental en todo Estado Constitucional de Derecho moderno.

Hay que tener la inteligencia, la voluntad y la decisión de actuar eficientemente sin violentar la Constitución y demás leyes de la República.

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