Una sencilla selección de artículos de la constitución promulgada en 1983, pretende demostrar las incongruencias jurídicas exhibidas por una de las cinco salas que componen la Corte Suprema de Justicia que originan la cacofonía en el título de este texto.
Cuatro de cinco magistrados de la sala de lo constitucional saldrán el próximo 18 de julio luego de 9 años de exhibir una desconcertante critarquía (gobierno de los jueces) que echó por tierra la institucionalidad de la incipiente democracia salvadoreña.
La sala de lo constitucional, se arrogó atribuciones que competen a otros órganos de Estado transformando su actuar jurídico en político. La sala legisló por ejemplo reformando el código electoral para impedir la esencia del organismo colegiado del TSE que es el pluralismo político partidario establecido en la misma constitución en el artículo 85: “El sistema político es pluralista y se expresa por medio de los partidos políticos, que son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo dentro del Gobierno. Las normas, organización y funcionamiento se sujetarán a los principios de la democracia representativa. “. La sala hasta intervino en las atribuciones del ejecutivo emitiendo "resoluciones exprés" en aspectos presupuestarios con claras motivaciones políticas ideológicas.
Entre las resoluciones más polémicas de esta sala dominada por cuatro individuos se encuentran la separación de funcionarios/as de segundo grado electos en el pleno legislativo a razón de su presunta vinculación partidaria aún y cuando la Constitución establece en el artículo 7 que “los habitantes de El Salvador tienen derecho a asociarse libremente y a reunirse pacíficamente y sin armas para cualquier objeto lícito”. La sala además viola el artículo 8 obligando a hacer lo que la ley no manda o prohíbe: “Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni a privarse de lo que ella no prohíbe”, es decir no prohíbe la vinculación partidaria para optar a cargos públicos una vez cumplidos los requisitos de ley.
Tales resoluciones perjudicaron a funcionarios/as presumiblemente vinculados al ejecutivo o al partido oficial y favorecieron sólo a aquellos funcionarios/as vinculados al conservadurismo, al partido ARENA y a los tradicionales gremios empresariales del país y sus fundaciones de fachada. Como si la filiación ideológica se llevara tatuada en la frente o como si los funcionarios/as de segundo grado sólo deben pertenecer a una filiación política e ideológica: de derechas o conservadoras. El artículo. 72 señala claramente que: “Los derechos políticos del ciudadano son: 1- Ejercer el sufragio; 2- Asociarse para constituir partidos políticos de acuerdo con la ley e ingresar a los ya constituidos; 3- Optar a cargos públicos cumpliendo con los requisitos que determinan esta Constitución y las leyes secundarias.”.
En la cuenta se fueron los magistrados y presidente de la corte de cuentas; el director del concejo directivo de la SIGET; El presidente del Concejo Nacional de la Judicatura y magistrados del Tribunal Supremo Electoral. La elección de funcionarios/as de segundo grado dependerá de la configuración de la Asamblea Legislativa electa por la vía popular. No hay truco, eso es lo que dice la Constitución el artículo 191: “elegir por votación nominal y publica a los siguientes funcionarios: presidente y magistrados de la corte suprema de justicia, presidente y magistrados del tribunal supremo electoral, presidente y magistrados de la corte de cuentas de la república, fiscal general de la república, procurador general de la república, procurador para la defensa de los derechos humanos y miembros del consejo nacional de la judicatura”
Este sencillo articulado constitucional demuestra claramente las aberraciones jurídicas en las que cayó la sala con total impunidad. Pero, ¿quién escruta el actuar jurídico-político de la sala de lo constitucional? Todo indicaría que para los magistrados salientes, la opinión pública y la ciudadanía en general, son una bola de imbéciles que no leen la constitución.
Lo importante es que usted y yo, leamos la "carta magna" y construyamos conclusiones propias y no las que los medios tradicionales de información y sus repetidoras gremiales e ideológicas quieren que tengamos en la cabeza.