El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recordó la noche de este miércoles que el inicio del silencio electoral previo a los comicios presidenciales del próximo domingo 3 de febrero iniciaba a las 0:00 horas de este jueves 31 de enero, tal como estipula el artículo 175 del Código Electoral.
La ley salvadoreña establece que tres días antes de las elecciones, y en el propio día de las mismas, está prohibido hacer propaganda o solicitar el voto.
El ente colegiado apuntó que este silencio electoral "tiene por finalidad brindar a la ciudadanía el espacio necesario para la reflexión del ejercicio de su derecho al voto", por lo que "no deben mediar interferencias para la conformación de su decisión".
Durante el período de veda propagandística "queda terminantemente prohibida (…) la difusión o publicación de cualquier tipo de mensaje de propaganda electoral, política y gubernamental" en los medios de comunicación, sin referirse a las redes sociales.
La actual legislación electoral no contiene ningún tipo de regulación sobre la propaganda en redes sociales.
El artículo 245 del Código Electoral salvadoreño establece multas de entre $1.142 y $5.714 dólares por la violación de esta prohibición.