martes, 16 abril 2024

Fallo contra Amnistí­a “congela” decisión de extradición

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España ha solicitado desde el 2011 la extradición de exmilitares salvadoreños involucrados en masacre Jesuita

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) decidió suspender temporalmente  el fallo sobre la extradición a España de 17 militares reclamados por haber asesinado en noviembre de 1989 a seis sacerdotes jesuitas y dos de sus empleadas, en un hecho considerado crimen de lesa humanidad.

La medida se adoptó después de la decisión de  Sala de lo Constitucional de la CSJ  de declarar inconstitucional la Ley de Amnistí­a de 1993, que impedí­a juzgar crí­menes cometidos durante la guerra civil (1980-1992).

 “Esa decisión (la extradición) estaba en agenda, pero la sentencia de la sala acerca de la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistí­a hizo que se sacara de  la agenda y quedara congelada”, dijo el magistrado Leonardo Ramí­rez Murcia.

El 16 de noviembre de 1989 un batallón élite del ejército salvadoreño penetró en las instalaciones de la Universidad Centroamericana (UCA) -regentada por la Compañí­a de Jesús- y asesinó a sangre frí­a a seis jesuitas, cinco de ellos de origen español, y entre ellos el destacado teólogo Ignacio Ellacurí­a; además ultimaron a dos de sus colaborados, Elba y Celina Ramos.l

Actualmente cuatro de los exmilitares solicitados por España se encuentran deetenidos a espera de conocer su destino judicial. Mientras que otro está detenido en Estados Unidos a la espera de ser extraditado. 

Los cuatro capturados hasta el momento son el exsargento Tomás Zarpate Castillo, excoronel Alfredo Benavides Moreno, exsargento Antonio Ramiro Ávalos Vargas, y Ángel Pérez Vásquez. Los detenidos fueron puestos a disposición del Juzgado Primero de Paz el seis de febrero y luego trasladados a las bartolinas de la Dirección de Tránsito de la Policí­a Nacional Civil (PNC).

La sentencia de la Sala de lo Constitucional indica expresamente que la Amnistí­a es "contraria al derecho de acceso a la justicia, a la tutela judicial o protección de los derechos fundamentales, y al derecho a la reparación integral de las ví­ctimas de los crí­menes de lesa humanidad y crí­menes de guerra constitutivos de graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario".

En otra de sus partes indica que la Amnistí­a de 1993 violó lo establecido en los Acuerdos de Paz que pusieron fin al conflicto armado, de poder juzgar los crí­menes de lesa humanidad, como el asesinato del Arzobispo Oscar Romero y la Masacre de los Jesuitas.

Benjamí­n Cuéllar, exdirector del Instituto de Derechos Humanos de la UCA (IDHUCA), dijo que si los militares "no serán extraditados, abre la posibilidad de que sean juzgados en El Salvador".

De acuerdo a las convenciones internacionales, los delitos de lesa humanidad son no amnistiables e imprescriptibles. Por lo tanto, anulada la ley de amnistí­a, será posible abrir los casos como el asesinato del ahora Beato Oscar Romero, la masacre de cuatro monjas estadounidenses y las masacres campesinas.

La guerra salvadoreña terminó el 16 de enero de 1992 y dejó cerca de 75.000 muertos; 8.000 desaparecidos y un millón de refugiados.

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