miércoles, 4 diciembre 2024

Expertos de la ONU reclamaron a Bolivia investigar actos de tortura de la crisis de 2019-2020

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De “las graves violaciones de los derechos humanos cometidas entre 1964 y 1982”, la ONU redobla las exigencias, agravadas durante la caída de Evo Morales y la entronización de Jeanine Añez.

Por: Juan Gasparini

En el contexto de las diligencias inconclusas sobre “las graves violaciones de los derechos humanos cometidas entre 1964 y 1982”, la ONU redobla las exigencias, agravadas durante la caída de Evo Morales y la entronización de Jeanine Añez.

El Comité contra la Tortura de la ONU, que vigila el cumplimiento de la convención internacional en la materia, le dio plazo al actual gobierno boliviano hasta el 3 de diciembre de 2022, para condenar a “los responsables de actos de tortura, malos tratos y uso excesivo de la fuerza” ocurridos incluso “con resultado de muerte”, sucedidos durante “la crisis socio política de 2019-2020”, expresa un documento difundido en Ginebra.

Los 10 expertos independientes que componen este Comité, elegidos por el voto secreto de los 173 Estados miembros de la ONU que han ratificado la aludida convención, reclamaron a su vez “asegurar que las víctimas reciban una reparación integral adecuada, conforme al daño sufrido”. Todo esto resulta del examen a la delegación del Estado que compareció en Ginebra, en el cual también intervinieron organismos de la sociedad civil, aportando testimonios de hechos aberrantes.

El Comité pidió además que Bolivia regule “la actuación de la policía y las Fuerzas Armadas conforme a criterios estrictamente profesionales y para garantizar su subordinación a las autoridades civiles”, debiendo desde luego sancionar “ataques y represalias contra el personal de la Defensoría del Pueblo”. Alentó por cierto al gobierno a renovar el mandato de la Oficina de la Alta Comisionada en el país, “a fin de acompañar la aplicación de las recomendaciones” de la ONU.

Estos expertos, que no son funcionarios de ONU, ni cobran sueldo, solo viáticos por su trabajo, expresaron preocupación por la “violencia de carácter racista” observada durante la citada crisis, en particular contra “mujeres indígenas por parte de grupos organizados”. Destacaron “las informaciones relativas a la represión policial contra la población movilizada, en su mayoría indígena y campesina, tal como ocurrió en Betanzos, Yapacaní, Montero, Sacaba y Senkata”.

Valoraron que se trata de expresiones del “delito de odio”, que deben ser “sistemáticamente” esclarecidas, “enjuiciar a los autores”, y si se los declara culpables, “se les castigue con penas que tengan en cuenta la gravedad del delito”. Tanto es así, que el Comité solicitó ,“impartir capacitación sobre los delitos de odio a los agentes del orden a fin de prevenir la tortura, los malos tratos y el uso excesivo de la fuerza”, e instó a que se suspenda de sus funciones a quienes hayan torturado.

El Comité aguarda “una revisión de la legislación antiterrorista, en particular una reforma de los tipos penales de sedición y antiterrorismo”, y de tal modo “garantizar que sean acordes al principio de legalidad y a los estándares internacionales de derechos humanos”. Espera que los represores sean “castigados sin importar su filiación política, y las víctimas obtengan acceso a la información y participación en los procesos y a una reparación integral”, y consigan protección ante riesgos de represalias.

El Comité estimó que el gobierno debe aportarle “cifras actualizadas por edad, origen étnico o nacionalidad” sobre la violencia de genero, trayendo a colación los casos de feminicidio, concretamente si hubiera “habido acciones u omisiones de autoridades del Estado u otras entidades que den lugar a responsabilidad internacional” de Bolivia. A propósito sugirió “modificar el tipo penal de la violación (artículo 308 del Código Penal)”.

Para profundizar la erradicación de los “abortos clandestinos”, el Comité invitó a Bolivia “a continuar revisando su legislación penal”, con el objeto “de garantizar el acceso legal, seguro y efectivo a la interrupción voluntaria del embarazo cuando llevarlo a término podría ocasionar” grave e irreversible “daño o sufrimiento a la mujer o niña embarazada”, especialmente” si el embarazo, “no sea viable”.

Al tiempo, el Comité le planteó a Bolivia que no se consideren penalmente responsables “a las mujeres que recurran a esta practica”, que debe ser respaldada por “servicios de salud de interrupción voluntaria de embarazo seguros y oportunos para todas las mujeres y adolescentes”, singularmente “en las áreas pobres y rurales”, velando sin distinción cuando se ha perpetrado “violación, estupro, incesto, rapto”, y “corra peligro la vida o la salud de la mujer”.

Al respecto, el Comité concluyó que Bolivia debe tomar peculiarmente en consideración “la alta incidencia de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes” y el gran número de los mismos a los que se obliga a contraer matrimonios y uniones tempranas como consecuencia del embarazo”, problema que “urge” resolver con la derogación del delito de estupro, y mediante el fortalecimiento del “Sistema Plurinacional de Protección Integral de la Niña, Niño y Adolescente”.

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Juan Gasparini
Juan Gasparini
Corresponsal de ContraPunto en Suiza - ONU-DDHH, escritor y experto en Derechos Humanos. Ex preso político de la dictadura en Argentina
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