El Pleno Legislativo avaló una reforma al artículo 22 de la Ley de la Carrera Policial, para eliminar las prácticas policiales para el personal con larga experiencia que participe en los cursos de ascensos a los distintos niveles en la Policía Nacional Civil (PNC).
Con esta modificación a la normativa en mención, quedan obligados a realizar dicha práctica solamente los interesados para ingresar al nivel básico en la categoría de agente, el cual será de cinco meses de formación teórica-práctica y de tres meses de entrenamiento en el servicio, en el lugar que designe el director general de la PNC.
Además, se aprobó una iniciativa transitoria a fin de que estas disposiciones sean aplicables a todos los cursos de ascensos de los distintos niveles y categorías que a la fecha de la entrada en vigencia del presente decreto hubiesen iniciado.
La enmienda a esa normativa fue aprobada con dispensa de trámite, a iniciativa de diputados de distintos grupos parlamentarios, a fin de reconocer el esfuerzo, sacrificio y profesionalismo que ha mostrado el personal policial en el desarrollo de los diferentes planes de seguridad, ejecutando con eficacia las funciones asignadas, según las categorías y especialidades en las que se desenvuelven.
Lo anterior busca promover los ascensos con el objeto fundamental del progreso humano del personal policial, se reitera en el dictamen correspondiente.