lunes, 15 abril 2024
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Eficacia del Estado salvadoreño en la guerra contra las organizaciones terroristas de pandillas

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Las pandillas eran una industria criminal normalizada, con grupos familiares integrados, con incidencia en las esferas públicas, con voz en la opinión pública y aguantada en resignación por las mayorías que eran afectadas diariamente por su accionar

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Por Francisco Martínez

“… Las principales organizaciones criminales de El Salvador…habían quedado disueltas y el país ha pasado en un año de ser uno de los más violentos del mundo a contar con días en los que no se contabiliza ningún homicidio” (Jacobo García. El País, España. P 19. 21-02-2023).

Aunque escondido en una maraña de distorsiones de la realidad salvadoreña, el “periodista” J. García, no puede más que confirmar la verdad actual de El Salvador: los grupos terroristas de las pandillas han sido derrotados, el país pasó de ser de los más violentos en el mundo a uno con menor tasa de homicidios.

Hasta hace un par de años, la violencia delincuencial de las pandillas era el problema principal de la sociedad salvadoreña, estos grupos controlaban importantes territorios e imponían en estos a base de terror las reglas de vida en las comunidades, mayoritariamente barrios populares urbanos y suburbanos; estos delincuentes, vivían de la amenaza, del chantaje, de la extorsión, del secuestro, del asesinato, y, se nutrían de la impunidad, la complicidad de la política clientelar y corrupta, y de la inacción del Estado.

Las pandillas eran una industria criminal normalizada, con grupos familiares integrados, con incidencia en las esferas públicas, con voz en la opinión pública y aguantada en resignación por las mayorías que eran afectadas diariamente por su accionar; poblaciones enteras estaban sometidas a vejaciones, restricciones, códigos de crimen. Todo esto, mientras las elites, los de mejores ingresos, los políticos, “la gente bien”, vivían en “burbujas de seguridad”. Las pandillas imponían el Estado del terror a cientos de miles de ciudadanos y el Estado cómplice promovía el buen vivir.

Los estudios de opinión al inicio de 2023 coinciden en: la acción pandilleril ha disminuido, el país va por el rumbo correcto, la seguridad, la educación, la salud, la política y la justicia han mejorado para bien; en un pueblo trabajador hay mayor optimismo de cara al presente y sobre el futuro (UFG febrero 2023/ CID GALLUP enero 2023).

Hoy, los problemas relevantes que se destacan son los de una sociedad en transición a su nuevo “normal” en el actual mundo de la poli crisis: la economía, costo de vida; y, localmente, por el desorden heredado y la falta de planificación urbana, el tráfico.

Ahora bien, este cambio de estado de situación ha requerido de cambios en la gestión de la política pública de la seguridad ciudadana, una estrategia denominada Plan Control Territorial (de 7 fases) que no es una simple repuesta de militarización ni punitiva, sino un plan integral, integrador, recuperador del territorio y reparador del tejido social, en busca de la cohesión y el empoderamiento comunitario.

Acciones militaristas, despliegue de tropa e infantería, discurso bravucón, reformas legales inconexas, es lo que intentaron los gobiernos anteriores en acciones reactivas ante las escaladas del accionar criminal, con diversos planes de mano dura, todos fallidos; pero sin una estrategia articuladora del Estado, prefirieron pasos paralegales como los pactos con pandillas, por no ir al centro del problema: combatir frontalmente a las pandillas como lo que son, organizaciones terroristas.

En 2015, teniendo en cuenta que “el ordenamiento jurídico del país ya ha proscrito por ley que distintas organizaciones criminales, independientemente de la denominación que adopten, e incluso cuando éstas no asumieren ningún tipo de identidad”, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, asumiendo que es un “hecho notorio que las organizaciones criminales antes mencionadas, realizan dentro de su accionar, atentados sistemáticos a la vida, seguridad e integridad personal de la población, incluidos contra las autoridades civiles, militares, policiales y penitenciarias; contra la propiedad, mediante la ejecución de delitos de extorsión a personas naturales o jurídicas; vulneraciones al derecho de todo ciudadano de residir en cualquier lugar del territorio, obligándoles a abandonar sus residencias mediante amenazas; en contra del derecho a la educación, puesto que se obliga a la deserción de estudiantes, debido al temor de ser víctimas de aquellas organizaciones; contra el libre tránsito, debido a que hay zonas específicas donde ciertas personas no pueden circular, bajo riesgos de sufrir atentados a su vida o integridad; modifican la distribución territorial realizada por el Tribunal Supremo Electoral, máxima autoridad en la materia según el art. 208 Cn., para efectos del voto residencial, y lo adecuan a la distribución de los territorios según es controlada por ellos; paralizan el transporte público de pasajeros, incluso a nivel nacional y con frecuencia atentan contra la vida del personal de los servicios de transporte público; impiden la libre realización de actividades económicas y laborales de amplios sectores de la población; entre tantas acciones realizadas de manera sistemática, planificada y organizada”. Por lo que esa Sala, estableció que:

“…son grupos terroristas las pandillas denominadas Mara Salvatrucha o MS-13 y la Pandilla 18 o Mara 18, y cualquier otra pandilla u organización criminal que busque arrogarse el ejercicio de las potestades pertenecientes al ámbito de la soberanía del Estado –v. gr., control territorial, así como el monopolio del ejercicio legítimo de la fuerza por parte de las diferentes instituciones que componen la justicia penal–, atemorizando, poniendo en grave riesgo o afectando sistemática e indiscriminadamente los derechos fundamentales de la población o de parte de ella; en consecuencia, sus jefes, miembros, colaboradores, apologistas y financistas, quedan comprendidos dentro del concepto de ‘terroristas’, en sus diferentes grados y formas de participación, e independientemente de que tales grupos armados u organizaciones delictivas tengan fines políticos, criminales, económicos (extorsiones, lavado de dinero, narcotráfico, etc.), o de otra índole…” (Sentencia de Inconstitucionalidad acumulación de procesos: 22- 2007/42-2007/89-2007/96-2007, del 24/8/2015).

En la misma Sentencia, se plantea por los jueces de lo constitucional, que es “la potestad exclusiva del Estado de ejercer el uso de la fuerza conforme al marco constitucional, <qué> es desafiada por esos actores que intentan disputar el poder del Estado, logrando de forma progresiva mantener una presencia territorial en el país. Y es que, la aspiración de estos grupos llega hasta el control de las mismas instituciones que han sido encargadas de su combate mediante la corrupción y el soborno”. Ya qué: “la creación y mantenimiento de una estructura organizada criminal, supone un incremento significativo del peligro para los bienes jurídicos de los habitantes de una nación y de la misma configuración democrática de los Estados modernos. Por ende, su combate – principalmente mediante el Derecho penal– está más que justificado”.

Frente a esta realidad, es que se debía proceder desde el Estado, no sólo desde el Ejecutivo y eso requería cambio de correlaciones de fuerza en los otros Órganos de Gobierno, pero eso sólo podía realizarse si se convencía al soberano, al pueblo elector, de la necesidad de ese cambio de correlaciones, y someterlo a consulta por las vías democráticas y ganar nuevas mayorías en la contienda electoral.

Ese es el cambio que Nayib Bukele ha sido capaz de provocar, en las elecciones de 2019 donde es elegido Presidente y en 2021 donde su partido ganó, en alianzas electorales, las mayorías legislativas y en los gobiernos locales, para así, poder cambiar la correlación de fuerzas y crear nuevas realidades institucionales en los órganos de gobierno, no es una autocracia, es una democracia en la que una nueva formación política fue capaz de desplazar a las viejas formaciones políticas cleptócratas e incapaces, e imponer una nueva forma de hacer política, eficacia y eficiencia en las políticas públicas.

Ya la Sala lo advertía, “…no resulta aceptable dentro del marco del respeto de la Constitución y la ley, la formulación de acuerdos de no persecución criminal o el establecimiento de alguna prerrogativa para dispensar la aplicación de las disposiciones jurídicas para quien las viole, pues ello pone en entredicho el mismo ordenamiento jurídico y el ejercicio de fidelidad al Derecho que todo funcionario y ciudadano debe tener en relación con este último. “En otras palabras, no resulta admisible desde las bases del Estado Constitucional de Derecho, el uso de mecanismos para-jurídicos que impliquen negociaciones con el crimen en general, y menos con el crimen organizado, bajo las condiciones de reducir los índices delincuenciales a cambio de beneficios que no encajan en el marco normativo penitenciario que informa la finalidad de la pena –art. 27 Cn.–; o a cambio de dejar sin efecto la vigencia y aplicación de la legislación penal”.

Era claro, la Sala lo argumentaba con total claridad y la ciudadanía lo demandaba a grito y llantos, enfrentar y derrotar a las pandillas terroristas y recuperar los territorios liberando a sus pobladores del terror y la desesperanza en que vivían. Usando la fuerza del Estado y sin negocios con criminales.

 A veces se ignora por falta de información o investigación, y a veces con malicia o dolo que las pandillas en El Salvador, amparadas en turbias negociaciones con los gobiernos de ARENA y FMLN, eran agrupaciones terroristas las que han sido definidas en su actuar por el Tribunal Constitucional español, en su sentencia de 16-XII-1987 –ref. 199-1987– “lo característico de la actividad terrorista resulta ser el propósito, o en todo caso, el efecto, de difundir una situación de alarma o de inseguridad social, como consecuencia del carácter sistemático, reiterado, y muy frecuentemente indiscriminado, de esta actividad delictiva. De ahí que no queda excluir la posibilidad de que determinados grupos u organizaciones criminales, sin objetivo político alguno, por el carácter sistemático y reiterado de su actividad, por la amplitud de los ámbitos de población afectados, puedan crear una situación de alarma y, en consecuencia, una situación de emergencia en la seguridad pública”.

La Sala de lo Constitucional de El Salvador, señala que: “la agrupación criminal terrorista es un delito que atenta contra la seguridad del Estado y contra los derechos fundamentales de la población. Por lo tanto, se justifica que sea objeto de sanción penal no solo la consumación de hechos concretos constitutivos de terrorismo, sino también la simple pertenencia a esas organizaciones.”

En el relato antes citado de J. García, este presenta una narrativa para nada apegada a la realidad, por ello, le cuento una de miles de experiencias de la población, año 2013, traída a la mente porque hace uso días celebrábamos la vida de un joven, entonces de 16 años, estudiante, que vivía con su madre en un municipio rural a 40 kilómetros de San Salvador, viene a la capital ante el llamado de su padre quién le entregará su regalo de cumpleaños, aquel muchacho se levanta temprano aborda un bus hacia la terminal del sur y de allí una ruta urbana hacia el Norponiente, el padre le entrega unos dólares para que se compre ropa y zapatos, aquel muchacho, feliz con el gesto de su padre con quién no vivía, aborda un bus urbano directo al mayor Centro Comercial del país, busca un almacén se compra los presentes y sale hacia su casa, donde le espera su madre, va feliz con su bolsa de ropa y unas zapatillas deportivas; se baja en la zona de la catedral en pleno centro de la capital y es sorprendido por dos “bichos” uno de 12 años y otro de 14 años, lo intimidan con un arma de fuego y lo introducen en uno de los muchos espacios que habían entre puestos de vendedores informales, le arrebatan lo comprado y le gritan que se despoje de sus pertenencias y se las entregue, lo golpean, puñetazo a la cabeza y patadas a las piernas, entre el miedo y la angustia por su vida no entrega las cosas, el más pequeño de los bichos le vocifera improperios y con el arma sobre su cara le dice que lo va a matar, el otro bicho, le dice al del arma que se calme, que ya le han quitado las cosas que los mandaron a traer, que no tienen orden de matarlo, que solo le peguen y se vayan, el de la pistola (esos niños de los que hablas) le dice que la orden la da él, que es él el que manda, que hay que matar a ese hdp y que luego le digan al jefe que se puso necio, la pistola no se dispara el muchacho grita y los bichos corren” esta no es una escena de película, si vienes, visitamos al muchacho, hoy con esposa e hijo, y te llevo a que conozcas otras historias de los que han sobrevivido para contarlo.

Los bichos “tus niños” a los que hoy se aplica la Ley, no son boy scouts o pobres niños inocentes, son máquinas de muerte. Eran parte activa de la estructura criminal, cobraban rentas, chantajeaban, reclutaban, traficaban drogas, daban palizas a muchachos honrados, secuestraban, asesinaban.

Los delincuentes capturados estaban en la lista de pandilleros perfilados que las autoridades tenían recabados en años de trabajo, pero que no los capturaban por que gozaban del privilegio de las puertas giratorias de la justicia cooptada, entraban y fácil salían; por eso las reformas a las leyes penales y procesal penal. Por eso los cambios en las judicaturas. Por eso un Estado actuando como lo establece el Art 86 de la Constitución de El Salvador. Colaborando como una sola Organización Jurídica actuando en pro del bien común en guerra contra el terrorismo de las pandillas.

Por esa actuación cohesionada, integrada y legitimada por el respaldo de la población es que se ha derrotado a las pandillas.

Valga señalar que, del total de capturados en el marco del Régimen de Excepción, en vigencia desde marzo 2022 y prorrogado mes a mes desde entonces, conforme el Art 29 de la Constitución, 95 por ciento están detenidos con procesos formales de detención conforme a la Ley y ante instancia judicial; del resto unos están en libertad bajo medidas sustitutivas a la detención provisional y otros con carta de libertad plena.

Tu relato, por honestidad con la verdad, por respeto a este pueblo que ha sufrido la embestida terrorista de las pandillas y por ética profesional debería cuando menos de ser basada en testimonios, no inventos. Mentir le hace daño a tu profesión y pone en entredicho el medio que te publica.

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Francisco Martínez
Francisco Martínez
Columnista y analista de ContraPunto. Consultor en temas sociolaborales, exdirigente sindical y exmilitante insurgente. Con experiencia en capacitación y organización popular, formación en finanzas corporativas y gestión de recursos humanos.

El contenido de este artículo no refleja necesariamente la postura de ContraPunto. Es la opinión exclusiva de su autor.

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