sábado, 13 abril 2024

Contemplan multar con $20 a quienes tiren basura en lugares no autorizados

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Los diputados de Nuevas Ideas pretenden reformar la Ley de Medio Ambiente para multar a las personas que arrojen una cantidad de basura menor a dos libras.

La Comisión de Medio Ambiente presentó una pieza de correspondencia para reformar el artículo 98 de la Ley de Medio Ambiente con el objetivo de imponer multas de $20.00 a las personas que lancen menos de dos libras en sitios no autorizados.

Los legisladores manifestaron que esta iniciativa complementará el dictamen ya aprobado por la misma Comisión de Medio Ambiente, que trata sobre la modificación a los artículos 255, 256 y 257 del Código Penal.

“Estamos presentando una pieza complementaria al dictamen que emitimos hoy, con el que buscamos reformar el Código Penal para sancionar con multas económicas o trabajo comunitario a las personas que lancen basura en lugares indebidos”, dijo la diputada Norma Lobo.

Los dos proyectos de reformas han sido propuestas por el diputado Rodrigo Ayala, quien aseguró que el propósito es prevenir los estragos ocasionados en las ciudades, calles, aceras y espacios públicos.

“Más que emitir un castigo a las personas, nosotros lo que queremos es educar y establecer una cultura de limpieza. Queremos concientizar a la población sobre la consecuencia de sus actos, porque cuando arrojan basura en lugares indebidos surgen muchos problemas de salud y también daños a nuestro medio ambiente”, expresó el funcionario.

Según lo anunciado en la Comisión, el Ministerio de Medio Ambiente será la institución encargada de tramitar los procesos administrativos sancionatorios y los agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) los que impongan la multa.

Sin embargo, será este miércoles, en la sesión plenaria número 79, que los legisladores discutirán las reformas para aprobar o no las multas. 

El pleno legislativo anunció que, en lo referido al delito de contaminación ambiental, personas que arrojen más de dos libras de residuos o desechos sólidos serán sancionados con pena de uno a tres años de prisión.

Asimismo, los sujetos que lancen en el suelo, en la atmósfera, en aguas terrestres, superficiales o marítimas vertidos de cualquier naturaleza serán sancionados con penas de prisión de cuatro a ocho años.

Y el delito de contaminación agravada será sancionado con penas de seis a diez años de cárcel, mientras que el delito de contaminación ambiental culposa será castigado con uno a tres años de prisión.

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Verónica González
Verónica González
Periodista salvadoreña y reportera de ContraPunto.
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