La Asamblea Legislativa aprobó con 65 votos a favor el dictamen favorable nº 7 de la Comisión de Defensa que contiene reformas a la “Ley Especial para Regular los Beneficios y Prestaciones Sociales de los Veteranos Militares de la Fuerza Armada y Excombatientes del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional que participaron en el conflicto armado interno de El Salvador del primero de enero de 1980 al dieciséis de enero de 1992”.
El propósito de las enmiendas es disolver a más tardar el 30 de junio de 2023, el Fondo de Protección de Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado (FOPROLYD), entidad con 30 años de existencia, para fusionarlo con el Instituto Administrador de los Beneficios y Prestaciones Sociales de los Veteranos Militares de la Fuerza Armada y Excombatientes del FMLN (INABVE), institución creada en 2019.
De esta manera, quedó derogado el Decreto Legislativo n° 416, mediante el cual se emitió la Ley de Beneficio para la Protección de los Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado, así como sus reformas.
El presidente del INABVE, Juan Alberto Ortiz Hernández, afirmó en dicha Comisión que ambas instituciones “tenían las mismas funciones”, y ocasiona “doble gasto de recursos” al Estado, por lo que es conveniente unificarlas.
Además, las modificaciones a la Ley establecen que los bienes inmuebles y muebles, tangibles e intangibles del FOPROLYD tendrán que ser transferidos al INABVE. Sin embargo, no hay garantía jurídica de que los empleados que laboran en dicha institución que desaparecerá puedan mantener sus trabajos.
“El INABVE no tendrá obligación de dar continuidad a los contratos de trabajo derivados de las relaciones laborales entre el Fondo y el personal que actualmente presta sus servicios en dicha institución”, reza el artículo 28.
Al respecto, el Sindicato de Trabajadores del FOPROLYD se refirió al citado artículo, a través de un comunicado, alegando que “esta normativa estaría dejando a un aproximado de 240 personas sin empleo, pues no garantiza la continuidad o estabilidad laboral de la planta de trabajadores, por lo que pedimos la reforma al artículo 28”. No obstante, la petición no fue tomada en cuenta por los diputados.
Beneficios
Con relación a los beneficios, los parlamentarios afirmaron que con estas enmiendas se estarán garantizando “prestaciones sociales justas”, tanto para los veteranos y excombatientes, como para los lisiados y discapacitados por la guerra.
De acuerdo con la normativa, los beneficiarios directos que se encuentren inscritos en el registro del FOPROLYD, tendrán derecho a acceder a:
- Los servicios de salud que brinde el INABVE, así como recibir atención médica preferencial en la Red Nacional de Servicios de Salud Pública en sus distintos niveles de atención.
- Los programas de educación formal que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología ofrezca; así como becas para educación superior, incluyendo la educación a distancia o en línea para adultos.
- Los proyectos productivos, a través de la entrega de beneficios y/o incentivos económicos, maquinaria, equipo, insumos y otros encaminados a la obtención de empleo.
- Los proyectos de transferencia o adquisición de tierras y vivienda, que en la actualidad sean propiedad del Estado.
- Los programas de gobierno que faciliten la obtención de créditos preferenciales, concedidos a un tipo de interés y plazo que aseguren su estabilidad económica-social.
De los mencionados beneficios también gozarán los veteranos de la Fuerza Armada y excombatientes del FMLN, según las reformas.