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lunes, 13 julio 2026

Medidas extraordinarias en centros penales serán permanentes

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Reformas a Ley Penitenciaria permiten el corte permanente de las telecomunicaciones, ordena internamiento especial a peligrosos criminales, y regula sus visitas

Con 71 votos, diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron que varias de las medidas extraordinarias de seguridad en centros penitenciarios, pasen a ser de carácter permanente por medio de reformas a la Ley Penitenciaria que buscarán mantener el orden y estabilidad de los centros penitenciarios del paí­s.

Una de las justificaciones de los parlamentarios es evitar que se vulnere la seguridad ciudadana mediante atentados a bienes jurí­dicos como la vida y el patrimonio, por órdenes giradas desde los centros penales. Además consideraron la necesidad de la creación de centros de máxima seguridad; así­ como un régimen de esta naturaleza para el control y seguridad de los privados de libertad que, por su nivel de alta peligrosidad o inadaptación extrema deban guardar detención en este tipo de sistema. 

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Entre las medidas que se vuelven permanentes están: regular las audiencias virtuales, restringir las comunicaciones en los centros penitenciarios, el traslado de reos, normar los centros de seguridad y máxima seguridad, así­ como definir cuál será el procedimiento de las visitas y quiénes deben estar internos en los centros de máxima seguridad.

En cuanto al corte de las telecomunicaciones en centros penales, será el ministro de Justicia y Seguridad, previa opinión técnica del superintendente general de Electricidad y Telecomunicaciones, dispondrá de todas las medidas necesarias e indispensables para asegurar el corte de tráfico de telecomunicaciones desde y hacia los centros penitenciarios, granjas penitenciarias, centros intermedios y centro de detención menor, centros temporales de reclusión.

Sobre las audiencias por videoconferencias, la reforma establece, entre otras cosas, que el juez o tribunal competente, podrá llevar a cabo la diligencia sin los privados de libertad, siempre que esté presente su defensor y se garantice el ejercicio de defensa material.

Otras de las de las reformas que por su nivel de peligrosidad, internos implicados en narcotráfico, homicidios, crimen organizado, violación, feminicidios, secuestros, extorsión o agrupaciones ilí­citas, sean trasladados a un régimen de máxima seguridad e internamiento especial, en el que se le regularán las visitas.

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Para la emisión del dictamen se escucharon y consideraron en el contenido del respectivo decreto las opiniones de las autoridades del Ministerio de Justicia y Seguridad, de la Fiscalí­a General de la República, de la Procuradurí­a para la Defensa de los Derechos Humanos, así­ como de jueces especializados.

Las medidas extraordinarias se aprobaron en abril de 2016 para regular y controlar las actividades y órdenes de delitos que se emití­an desde las cárceles. Su implementación ha generado crí­ticas y señalamientos de organismos internacionales de derechos humanos que afirman que dichas medidas violentan los derechos de los reos.

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Redacción ContraPunto
Redacción ContraPunto
Nota de la Redacción de Diario Digital ContraPunto

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