Voto en el exterior será remoto por internet y electrónico presencial

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Ambas modalidades del voto de la diáspora salvadoreña se contempla en el dictamen favorable de la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero.

Los diputados que conforman la Comisión de Reformas Electorales brindaron detalles sobre el dictamen favorable de la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero; normativa que busca garantizar la participación de la diáspora en los próximos comicios electorales de 2024, en los que se elegirán al Presidente y Vicepresidente de la República; y a los diputados de la Asamblea Legislativa.

Por su parte, el parlamentario de Nuevas Ideas, Raúl Chamagua, aseguró que “con este dictamen favorable, estamos fortaleciendo la democracia, ya que en el país juega un papel fundamental, y es necesario involucrar a todos los salvadoreños. Esta iniciativa nació para darle voz a la diáspora”.

De acuerdo, con los parlamentarios de la referida comisión, el mecanismo para ello, según lo acordado en la normativa, es a través de un sistema de voto remoto por internet y voto electrónico presencial, esto para implementar el ejercicio libre, igualitario, transparente, personal y secreto del voto de los salvadoreños fuera del territorio nacional.

En cuanto a la votación remota por internet esta será continua y tendrá una duración de 30 días calendario, iniciando un mes antes del día establecido por el Tribunal Supremo Electoral (TSE)  para la elección en el territorio nacional y terminará el mismo día de la elección en el país.

Mientras que el sufragio electrónico presencial iniciará a las 7:00 de la mañana y finalizará a las 5:00 de la tarde del día que determine el TSE, según el calendario electoral y como ocurre en el territorio nacional.

Ante las dos modalidades la diputada de Nuevas Ideas, Rebeca Santos, dijo “estas modalidades han sido estudiadas con nuestra diáspora. Ya no necesitamos un padrón, por eso estamos trabajando de manera eficiente para que puedan votar”.

De acuerdo a lo establecido en el artículo tres de la normativa, para que los residentes en el exterior puedan participar deberán acreditar su nacionalidad por medio de su Documento Único de Identidad (DUI) o con su pasaporte, sea emitido dentro o fuera del territorio nacional y estén o no vigentes.

Por otro lado, los que deseen postularse a cargos de elección popular podrán inscribirse sin más requisitos que los establecidos en la Constitución de la República, Código Electoral, Ley de Partidos Políticos y los reglamentos aplicables.

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Nota de la Redacción de Diario Digital ContraPunto
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