La Asamblea Legislativa desaforó con 71 votos, al parlamentario disidente de la fracción de ARENA, Arturo Magaña Azmitia, para que enfrente en los tribunales ordinarios un juicio por protagonizar el accidente en el que murió el joven Francisco Moya.
La comisión especial de antejuicio concluyó que Magaña Azmitia pudo haber cometido el delito de homicidio culposo.
En la comisión de antejuicio participaron Milton Garay y Damián Alegría, del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN); Mauricio Vargas, Edgard Batarsé y Marcela Villatoro, de ARENA; Sonia López y Mario Tenorio, de Gran Alianza por la Unidad (GANA).
En la madrugada del 29 de agosto Magaña conducía en aparente estado de ebriedad sobre la 79 Avenida Sur, en la colonia Escalón, cuando chocó contra una camioneta y, debido al impacto, su vehículo se detuvo contra un MUPI publicitario.
En el accidente resultaron dos personas lesionadas. En un primer momento se manejó la hipótesis que el diputado había irrespetado la señal de alto del semáforo.
Después del percance se viralizó en redes sociales una serie de videos en los que puede verse a Magaña con la camisa ensangrentada y tratando de auxiliar a uno de los dos lesionados que resultaron en este percance vial, específicamente al fallecido Moya.
El 1 de septiembre Magaña publicó en sus cuentas de redes sociales que no había manejado ebrio y que se declaraba inocente del hecho. En ese momento ya se manejaba que podía ser acusado de homicidio culposo y conducción temeraria. por conducir supuestamente ebrio.
La conducción temeraria, sin embargo, no fue comprobada porque la Policía Nacional Civil (PNC) no le realizó la prueba de alcohotest.
Más bien permitió que Magaña huyera del lugar del accidente y pudiera irse a refugiar a un hospital en Ahuachapán, lugar de donde es originario.
El 9 de septiembre la Fiscalía General presentó la petición de antejuicio contra Magaña. En el documento los fiscales señalaron que Blanca Rosa Mármol Mejía, juez Primera de Paz de Ahuachapán, se negó a permitir la extracción de fluidos para realizar el examen toxicológico al diputado.
También criticaron los procedimientos de la PNC que no recolectó las evidencias que quedaron en la escena del accidente de tránsito.
Recordaron que los artículos 180 y 422 del Código Procesal Penal fueron incumplidos tanto por la jueza ahuachapaneca como por los policías de tránsito que llegaron a la escena.
La jueza y los policías, según los fiscales, debieron colaborar para recolectar la información con la que debe estar sustentada la petición de antejuicio.
En esos días la Fiscalía también confirmó que Magaña y la familia del fallecido habían acordado retirar la denuncia.
La conciliación, sin embargo, solo tiene efecto hasta después que la autoriza el juez asignado al caso.
El 7 de octubre Magaña dijo que no había más videos del accidente.
Aseguró, asimismo, que quiere ser desaforado lo más rápido posible para enfrentar los tribunales ordinarios