Recordando la palabra “topetero”

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Hace algunos años un conocido de nuestra familia tuvo la genial ocurrencia de comprar un tambo de gas a un vecino que, desesperado por tomar la dosis etí­lica diaria y no habiendo encontrado nada más de valor en su casa, propuso la venta del dichoso tambo en unos cuantos colones, los suficientes para comprar una botellita del gallito feliz.

Por supuesto que cuando tuvo el dinero hizo mutis y desapareció de escena. La sorpresa vino casi de inmediato cuando se presentó la hermana del discí­pulo de Baco, reclamando la pertenencia del tambo de gas (tení­a un puesto de pupusas en el mercado) y acompañada de una “mancuerna” de policí­as cuyas miradas hací­an suponer los peores castigos para el presunto culpable del robo.

Por más que nuestro conocido trató de explicar lo sucedido, no hubo tales: se lo llevaron hacia la comandancia, ante la mirada sorprendida de propios y extraños. Todo el dí­a se lo pasó entre interrogatorios y amenazas hasta que por fin logró su libertad no sin lamentar el saldo de todo: la devolución del tambo, la pérdida del dinero entregado a cambio, unos colones de compensación para la quejosa que argumentó haber perdido su dí­a de trabajo por andar en averiguaciones y que exigió a cambio de retirar la denuncia, una significativa multa porque el delito se habí­a comprobado y el mote que por primera vez escuché en mi vida: “topetero“. La RAE establece que el término es de uso en El Salvador y Honduras y significa: Persona que compra mercancí­as robadas.

Ahora que consulto el Código Penal me doy cuenta del nombre que designa tal hecho: se conoce como RECEPTACIÓN, y para traer a la memoria en qué consiste lo escribo a continuación:

RECEPTACIÓN

Art. 214.-A.-

El que sin cerciorarse previamente de su procedencia legitima, adquiera, reciba u oculte dinero o cosas que sean producto de cualquier delito o falta en el que no haya tenido participación, será sancionado con prisión de seis meses a dos años. Se debe presumir por el sujeto activo que las cosas son de ilí­cita procedencia cuando hubiere notoria desproporción entre el precio de la adquisición y su valor real; cuando las mismas son exhibidas, entregadas o vendidas de manera clandestina; o cuando hubiere cualquier elemento de juicio suficiente para suponer que conocí­a su ilí­cita procedencia. Lo dispuesto en este artí­culo se aplicará también al que, en las condiciones previstas en el inciso primero de este artí­culo, de cualquier manera intervenga para que se adquieran, reciban u oculten el dinero o cosas procedentes de cualquier delito o falta. Si el culpable ejecutare habitualmente los hechos que se sancionan en el presente artí­culo, la pena será de uno a cinco años de prisión y de veinte a doscientos dí­as multa.

Mi anécdota inicial y la mención del artí­culo tienen un objetivo: señalar que, si bien aún no hay apertura de un proceso judicial (o se encuentra en su etapa inicial) sobre el caso de la red de tráfico y venta de armas, la presunción del cometimiento de un delito es evidente, especí­ficamente en el caso de los funcionarios del estado a quienes se les señala el haber comprado armas al principal sospechoso de liderar tal red, un ex ministro de defensa que fungió como tal en la administración Funes, y que valiéndose de un decreto transitorio que permití­a inscribir las armas que se encontraran en situación irregular, mismas que provení­an del  tiempo de la guerra, pudieran legalizarse.

Estoy de acuerdo con que la Fiscalí­a tiene una gran responsabilidad y debe demostrar su compromiso por llevar la investigación del caso hasta donde sea necesario para que, de ser comprobado el delito, se juzgue al responsable de haber sustraí­do dicho armamento, así­ como de los demás señalamientos. Sin embargo, no puede ignorarse el papel de quienes adquirieron dichas armas y hasta este momento no nos hemos enterado de si ya se abrió alguna investigación para cada una de las personas que han sido señaladas, entre quienes se encuentran altos funcionarios del estado.

No es posible que un funcionario peque de candor e ignorancia y compre a ciegas un objeto. O peor que ahora descubierto el lí­o, simplemente devuelva las armas y todo quede en la impunidad. Es un bien del estado que ha sido sustraí­do y legalizado de manera fraudulenta para ser comercializado después.

Esperemos que las instancias que correspondan investiguen y sancionen a todo el que tenga participación en este hecho.

La ley debe aplicarse por igual. Es la única manera de que funcione el llamado estado de derecho.

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Mercedes Seeligman
Mercedes Seeligman
Columnista Contrapunto
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