La diputada disidente de ARENA, Milena Mayorga, fue notificada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) que su candidatura estaría violentando una sentencia de la Sala de lo Constitucional que declaró que solo pueden postularse como no partidarios quienes no sean diputados electos en virtud de la afiliación o postulación de un partido político.
De acuerdo a las normativas electorales, la política estaría inhabilitada para postularse independiente en el próximo periodo, y tendría que esperar hasta los comicios de 2024
Por lo tanto, el instituto colegiado le devolvió los libros con los cuales pretendía recolectar firmas para inscribir su candidatura no partidaria a la Asamblea Legislativa para el periodo 2021-2024.
“Hoy me notificó el TSE que recoja mis libros que el pacto de corruptos no me deja que me inscriba como candidata independiente. Sé que son los costos de la pelea contra la corrupción», lamentó la legisladora en su cuenta de Twitter.
Agregó que seguirá «haciendo lo justo y lo correcto», así como señaló que “no necesita ser diputada para denunciar la corrupción e incidir en lo cambios estructurales que necesita el país”.
Sin embargo, señaló que espera que la Sala de lo Constitucional resuelva a su favor una demanda para dejarla inscribirse al proceso del próximo año.
“Mi candidatura queda en manos de la Sala y la resolución del Amparo interpuesto. Y sobre todo lo que Dios en su perfecta voluntad tenga dispuesto para mí en estos próximos años”, añadió.
Pero la solicitud de Mayorga hecha a la Corte Suprema de Justicia sería jurídicamente improbable, ya que la Sala prohibió en 2014 el transfuguismo a los funcionarios que obtengan cargos de elección popular mediante un partido político.
La resolución de la Sala de lo Constitucional reza: “Aclárase que los actos de transfuguismo de los diputados de la Asamblea Legislativa y cualquier otro tipo de fraude al elector en el ámbito parlamentario quedaron prohibidos a partir de la emisión de la sentencia 66-2013, por lo que cualquier conducta calificable como tal, realizada a partir de esa fecha, impide la inscripción de candidaturas para las elecciones legislativas de 2018 y las subsiguientes”
Otra sentencia de la misma Sala en 2017 añade: “Para no incurrir en transfuguismo no podrán abandonar voluntariamente el partido político que los postuló para el cargo en el periodo correspondiente, ni declararse independientes bajo el argumento de hacer uso de la garantía establecida en el artículo 125 de la Constitución o de ejercitar el derecho de asociarse a un partido político”.