viernes, 13 diciembre 2024

MARN pide a Fiscalí­a que investigue a pescadores abusivos

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La lista de embarcaciones que han sido sorprendidas realizando pesca en zonas restringidas fue dada a conocer por el MARN

La ministra de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Lina Pohl, pidió a la Fiscalí­a General de la República (FGR) que abra una investigación contra los responsables de diez embarcaciones industriales que habrí­an realizado labores de pesca de arrastre en las tres millas náuticas que restringe la ley.

Pohl presentó este martes avisos y la trayectoria de navegación registrada por el Sistema de Monitoreo Satelital de Posicionamiento Global (GPS) instalado recientemente en cada una de ellas. Fue de esa manera que se logró identificar la transgresión de las embarcaciones.

Los barcos denunciados son los siguientes: “Amanecer”, “Cesar Junior”, “Estrella de mar”, “Gracias a Dios”, Jiquilisco II”, “La Gaviota”, “Proteo”, “San Agustí­n”, “San Chamba” y “San Gabriel”.

El MARN y MAG/CENDEPESCA instalaron los equipos de monitoreo en 46 barcos industriales con el propósito de mantener una vigilancia constante y evitar que estos realicen labores pesqueras fuera de las millas establecidas, ya que esta solo es permitida para embarcaciones artesanales.

El equipo utilizado incluye un radiocomunicador que tiene alcance en toda la costa salvadoreña y registra el posicionamiento de naves y la cronometrí­a de estas. Además, en cada barco se colocó una antena, un receptor de señal de GPS y una radio base que no interfiere con el funcionamiento de radares u otros equipos de navales.

A través de este dispositivo de GPS también se permite situar y darle seguimiento a la prohibición de arrastres en las zonas de reserva acuática, los cuales son parte importante para los ecosistemas de costas marinas como la Barra de Santiago, Palmera, Corcondillo, Desembocadura del Rio Lempa entre otras.

La ministra recordó a los propietarios y arrendatarios de naves que el uso de este equipo es obligatorio y que suspenderlos podrí­a considerarse como una infracción legal de acuerdo a los artí­culos 22 inciso a y b, establecidos en las reformas a la Ley de Ordenación y Promoción de Pesca y Acuicultura y que según el artí­culo 260 del Código Penal se considera como delitos ambientales.

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Michelle Hernández
Michelle Hernández
Reportera de Diario digital ContraPunto. Cubriendo agenda social.
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