martes, 16 abril 2024

Los eslabones ocultos en la pandemia de COVID-19

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Los datos estadísticos son contundentes: 54 municipios no presentan ningún caso de Covid 19 (20.6%), otros 157 presentan menos de 20 casos (60%) y solamente 51 municipios (19.4%) tienen registrados entre 21 y 992 casos, por lo que es imperativo dar un golpe de timón a las estrategias impulsadas hasta la fecha

Antes de introducirnos al tema esencial de lo planteado, tenemos que apreciar que el viernes fue el día, desde que tuvo lugar el primer caso de COVID-19 en marzo pasado, que ha habido mayor numero de contagiados (210) y de fallecidos (10), o que nos indica un posible mayor ascenso de la curva de contagios en el actual momento.

Mientras apreciamos el alejamiento del Polvo del Sahara y revisamos al filo de las dos de la madrugada los datos oficiales de la pandemia de Covid 19 en El Salvador, ha sido inevitable reflexionar que es rotundamente obligatorio que como país entendamos de una vez por todas que ninguna epidemia se resuelve desde los escritorios o en los hospitales, sino en los territorios y en las comunidades.

Es lamentable que, a pesar de tener a la vista los datos contundentes que nos indican la focalización del coronavirus de forma determinante en 11 municipios del país, se siga insistiendo en la aplicación de cuarentenas generalizadas y restricciones de derechos a la totalidad de la población salvadoreña para combatir la pandemia.

Los datos estadísticos son contundentes: 54 municipios no presentan ningún caso de Covid 19 (20.6%), otros 157 presentan menos de 20 casos (60%) y solamente 51 municipios (19.4%) tienen registrados entre 21 y 992 casos, por lo que es imperativo dar un golpe de timón a las estrategias impulsadas hasta la fecha, sugiriéndoles las siguientes medidas:

  1. El Ministerio de Salud como ente rector debe proceder a perfeccionar la estratificación de los municipios afectados por Covid 19, trasladando toda la información de casos confirmados, sospechosos y contactos hacia los diferentes municipios.
  2. Con base en el Código de salud, el MINSAL debe remitir los lineamientos para la Vigilancia epidemiológica municipal, de forma tal que los establecimientos locales puedan diseñar su Mapa de riesgos y su Sala Situacional, planificar las acciones de supervisión de casos, brindar tratamiento a casos con síntomas leves a moderados y determinar las referencias los casos complicados hacia hospitales departamentales.
  3. Por tratarse de un evento epidémico que causa los estragos propios de un desastre, debe aplicarse la Ley de protección civil, prevención y mitigación de desastres, fundamentalmente en la activación de las Comisiones Departamentales, Municipales y Comunales de Protección Civil, quienes conjuntamente con el MINSAL y el apoyo de la Policía Nacional Civil y/o la Fuerza Armada, podrán determinar y ejecutar la realización de cercos sanitarios en comunidades, cantones, colonias o caseríos específicos, con la finalidad evitar la expansión del virus.
  • Para darle respaldo a las medidas sanitarias antes señaladas, debe utilizarse lo determinado en el Código Municipal, que en sus arts. 2, 4 numeral 5 y 31 numeral 6, establece que “El Municipio constituye la Unidad Política Administrativa primaria dentro de la organización estatal, establecida en un territorio determinado…. con autonomía para darse su propio gobierno, el cual como parte instrumental del Municipio está encargado de la rectoría y gerencia del bien común local, en coordinación con las políticas y actuaciones nacionales…”. “Compete a los Municipios: 5. La promoción y desarrollo de programas de salud, como saneamiento ambiental, prevención y combate de enfermedades” y “Art. 31.- Son obligaciones del Concejo: 6. Contribuir a la preservación de la salud

Finalmente, en caso de requerirse, el Gobierno de la República puede solicitar a la Asamblea Legislativa de la emisión de un Decreto de Estado de Emergencia que le permita la búsqueda de recursos para trasladar a los diferentes municipios, tal como estaba establecido en el Decreto 661 que fue vetado por el Presidente de la República, pero que, al ser ratificado por el parlamento (26 de junio), abre la puerta para ser sancionado por el ejecutivo y tener plena vigencia.

Sería lamentable que se siguiera desestimando el llamado de múltiples sectores de la sociedad para promover la unidad del país y la búsqueda de estrategias exitosas para combatir el virus, pues de lo contrario, estaría prevaleciendo la epidemia de la violencia observada en redes sociales, la inseguridad jurídica y los reproches de culpabilidad.

El 26 de junio ha sido el día en que oficialmente se registraron más casos confirmados (210) y mayor número de fallecidos (10), los que sumados al subregistro admitido por las autoridades, nos podría llevar a un callejón sin salida, del que únicamente podemos sobrevivir descentralizando las responsabilidades hacia los niveles locales e identificando los eslabones ocultos arriba descritos.

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Link de información completa de los datos al 26 de junio 2020:

https://drive.google.com/file/d/1DsnUgJnzvPmTCkuXs6k-t6c7EriRWHVM/view?usp=sharing

Fuentes: 

Sitio Web Gobierno de El Salvador

Sitio Web Coronavirus Johns Hopkins University

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Ortopeda y epidemiólogo
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