Con 74 votos, la Asamblea Legislativa aprobó la madrugada de este jueves un pliego de enmiendas a la Ley de Ahorro para Pensiones, en una maratónica jornada de sesión plenaria que tuvo como antesala los acuerdos de una Comisión Ad Hoc que analizó las propuestas, eligiendo la "propuesta integradora" planteada por los partidos ARENA, PCN, GANA y PDC, y consensuando algunos puntos de la misma, se sumó el FMLN.
En el acuerdo, la Comisión Ad Hoc explicó que las enmiendas a la Ley de Pensiones están “orientadas a armonizar la legislación vigente con la evolución del Sistema Previsional, con el propósito de maximizar los derechos de los afiliados y sus beneficiarios para mejorar la cobertura de longevidad a los trabajadores, garantizando pensiones vitalicias y estables”.
Las reformas son las siguientes:
1 La devolución de las cotizaciones “a quienes hayan aportado” a una Cuenta de Garantía Solidaria, y ajustadas por la variación de Precios al Consumidor”.
2 La Cuenta de Garantía Solidaria es un fondo creado con el 5 % de las aportaciones de trabajadores y empleadores, que será destinado a los empleados tras su jubilación.
3 La disminución en el cobro de comisiones por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP´s) de 2.20 % a 1.9 % del Ingreso Base de Cotización.
4 La eliminación de comisiones por cuentas inactivas y de las cobradas por Pensiones Mínimas, así como la reducción de éstas por renta programada, de 1.5 % al 1 %.
5 En el Decreto, se establece un “limité a la Garantía del Estado con la Cuenta de Garantía Solidaria, únicamente para pensiones mínimas de afiliados”.
6 Trabajadores que hayan recibido la devolución de saldo de su Cuenta Individual de Ahorro para Pensiones, “puedan cotizar voluntariamente al Régimen de Enfermedad, Maternidad y Riesgos Profesionales” del Seguro Social.
7 El ingreso base de cotización de los trabajadores pasará del 13% al 15%, poniendo el empleado 7.25 %, y el empleador el 7.75 %
8 Un 1.9 % del Ingreso Base de Cotización será destinado al pago del contrato del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y a la cancelación de una comisión a las AFP´s, “por la administración de las cuentas individuales de ahorro para pensiones”, según el Decreto.
9 Otro 2 % del Ingreso Base de Cotización será utilizado como “aporte para los beneficios de longevidad del afiliado, el cual se destinará a la Cuenta de Garantía Solidaria”, según señala el documento.
10 Los afiliados que hayan aportado a la Cuenta de Garantía Solidaria, recibirán seguro por longevidad, por vejez, invalidez y sobrevivencia, pensiones de sobrevivencia o devolución de aportes.
11 Los trabajadores que accedan a pensiones por vejez, “trasladarán su cuenta individual de ahorro para pensiones, al Fondo Especial de Retiro, a la fecha en que inicie el goce del beneficio”.
“Los afiliados que cumplan la edad legal para acceder a beneficios por vejez y registren tiempos de cotización comprendidos entre un mínimo de 10 años cotizados y un máximo de 20 años, podrán acceder a gozar de un Beneficio Económico Temporal y a una devolución de aportes realizado a la Cuenta de Garantía Solidaria”, se añade en el documento.
12 La pensión mensual por invalidez total, “se determinará como un porcentaje del salario básico regulador en función del tiempo de servicio cotizado, otorgándose el 35 % del mismo por los primeros 10 años cotizados e incrementándose en 1 % por cada año de cotizaciones adicionales, hasta un techo de 55 % del salario básico regulador”.
No obstante, se detalla en el Decreto que esas disposiciones serán cumplidas “siempre que la pensión resultante no supere” un monto de $ 2000.00.
Las reformas además, evitarán el impago en el gobierno estaba próximo a caer en octubre. El presidente Salvador Sánchez Cerén sancionó la reforma a tempranas horas de este jueves y será publicada hoy mismo en el diario oficial.