domingo, 8 diciembre 2024

Juramentan tribunal sancionador de la Defensorí­a

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La acción ha sido realizada según lo establecido en la Ley de Protección al Consumidor

El mandatario Salvador Sánchez Cerén juramentó este martes a cuatro abogados como miembros del Tribunal Sancionador de la Defensorí­a del Consumidor (DC), esto según lo establecido en el artí­culo 80 de la Ley de Protección al Consumidor (LPC).

Los abogados juramentados son Claudia Marina Góchez Castillo, como presidenta del Tribunal Sancionador; y como primer y segundo vocal a Mario Antonio Escobar Castaneda y Oscar Gilberto Canjura Zelaya. Como vocal suplente fue nombrada Sara Elizabeth Ventura Cortez.

“Escobar Castaneda, es licenciado en Ciencias Jurí­dicas por la Universidad de El Salvador y abogado y notario de la República. Canjura Zelaya, abogado y notario, posee una maestrí­a en Derecho de Empresa. En los últimos 10 años se ha desempeñado en diversos cargos en la Sala de lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia. Ventura Cortez, es licenciada en Ciencias Jurí­dicas por la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA) y ostenta una maestrí­a en Derecho Administrativo por la Universidad de Zaragoza, España”, cita el comunicado de la DC.

Los miembros del Tribunal rindieron protesta ante el Presidente de la República, previamente a la toma de posesión de sus cargos, y declarado solemnemente que ejercerán sus funciones con toda imparcialidad y respeto al orden jurí­dico, esto según la (LPC).

El Tribunal Sancionador tendrá la obligación de instruir los procedimientos sancionatorios en materia de protección del consumidor e imponer las sanciones o resolver lo que corresponda en los casos denunciados por los consumidores.

De igual forma, según el artí­culo 83 de la LPC podrá “ordenar al infractor, en los casos de afectación a intereses individuales, colectivos o difusos, la reposición de la situación alterada por la infracción, a su estado original. Entre las medidas para lograr la reposición de la situación alterada podrán ordenarse, la sustitución del bien; la devolución de lo cobrado indebidamente o la rebaja del precio”.

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