La penalización de la interrupción voluntaria del embarazo desde el punto de vista de los Derechos Humanos D.H. es ilegitima por que atenta contra los derechos fundamentales de las mujeres, el artículo primero de la Declaración Universal de Derechos Humanos dice: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”
Generalmente, y aun cuando esta Declaración no sea vinculante, a partir de la sistematización de los D.H. en 1948, la mayoría de Estados occidentales toma el ideario de dicha declaración para fundamentar sus Constituciones; la nuestra no es excepción, lo ilustramos con enunciados de los siguientes artículos: el art. 3 inc 1ro. “Todas las personas son iguales ante la ley.”; art. 4 inc. 1ro.”Toda persona es libre en la Republica.”; art.10 inc. 1ro. “La ley o puede autorizar ningún acto o contrato que implique la pérdida o el irreparable sacrificio de la libertad o dignidad de la persona.”; art. 11 inc.1ro. “Ninguna persona puede ser privada del derecho a la vida, a la libertad, …” estos y otros artículos de nuestra Constitución vigente hacen eco de la universalidad de los D.H.
Pero en el caso de a las mujeres, lamentablemente no son pensadas, ni vistas o tratadas como iguales ni se les respeta su libertad de tomar sus propias determinaciones en cosas evidentemente personales que involucra su cuerpo y su proyecto de vida.
Cuando en 1999, los legisladores de entonces acatando un mandato fundamentalista, introdujeron en el artículo primero del la Constitución el agregado en que se reconocía como persona humana al no nacido, era como decir tácitamente, se desconoce como persona humana a la mujer ya nacida que por circunstancias ajenas a su voluntad se le imponga un embarazo.
Se descalificaba la calidad humana de las mujeres existentes a quienes se les ignoran sus intrínsecos derechos humanos por otorgárselos algo inexistente sin autonomía vital y/o viabilidad independiente.
La despenalización de la interrupción voluntaria de embarazos no deseados sería un acto de justicia para las mujeres de la Republica, quienes haciendo uso de sus derechos serian las que tendrían que decidir sobre algo tan personal que las afecta en su vida, en su libertad, en sus proyecciones, y en todo lo que está relacionado con su sexualidad y su reproducción.
El punto es, que se les debe respetar el inalienable derecho de libertad a las mujeres, para que puedan decidir si quieren o no tener descendencia, e independientemente de cuál sea su decisión respetársela.
La no penalización de la interrupción de embarazos no deseados no implica, necesariamente, que todas las mujeres estén obligadas a hacerlo, si respetamos su libertad seria su personal decisión informada o de los padres en el caso de niñas violadas, de asumir la responsabilidad de someter a estas niñas a la tortura de un embarazo cuando su cuerpo y su psiquis no está preparado para una maternidad impuesta.
Las diputadas y diputados de la Asamblea Legislativa, están obligados a emitir leyes para cumplimiento en toda la Republica, no se trata de mayorías o minorías, y respetando que somos un Estado Laico los creyentes de cualquier religión pueden, como todas las personas, opinar sobre algo sumamente importante, pero no pueden ni deben utilizar sus creencias para manipular las decisiones del ente colegiado que debe buscar el bien común a través de las leyes públicas.
Si las iglesias de cualquier denominación quisieran ayudar en la transformación social, sería oportuno que comprendieran que el mantenimiento del patriarcado y de la misoginia que les caracteriza, no abona en nada al respeto de los Derechos Humanos de las mujeres y por el contrario incentivan el poder que tienen los hombres de someter a las niñas y a las mujeres, y en muchos casos violarlas, violentarlas hasta el extremo de llegar al feminicidio.
Si todas las personas somos iguales en derechos, respetémonos y no queramos imponer nuestra forma de pensar por medio de leyes que transgreden los Derechos Humanos de las mujeres.